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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 nio de 2003, respecto del Proceso Selección - Adjudicación de Menor Cuantía Nº AMC-0017-2003-SUNAT-2K0000; CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de junio de 2003, la SUNAT convocó a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº AMC-0017-2003- SUNAT-2K0000, para la contratación de los servicios de una Entidad especializada en capacitación y desarrollo or-ganizacional para el dictado de los cursos talleres denomi- nados: "Negociación y manejo de Conflictos", "Gerencia del Cambio" y "Presentaciones de Alto Impacto", dirigidoal personal de SUNAT - Intendencia Regional La Libertad; Que, al citado proceso de selección, con fecha 4 de junio de 2003, se presentó como único postor de los tres (3) ítems,la empresa ADECCO CONSULTING S.A., adjuntando para dichos efectos, entre otros, la Declaración Jurada de no estar impedida de participar en el proceso de selección ni de con-tratar con el Estado, conforme al Artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Comité Especial Permanente luego de evalua- da su propuesta técnica y económica, con fecha 5 de junio de 2003, otorgó la buena pro de los tres (3) ítems a la em-presa ADECCO CONSULTING S.A.; Que, se ha advertido que la empresa ADECCO CON- SULTING S.A., de acuerdo a la Resolución Nº 4822003TC-S2 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, se encontraba inhabilitada para contratar con el Es- tado por el período comprendido del 31 de mayo de 2003 al30 de junio de 2003; Que, conforme informa la mencionada empresa, la Resolu- ción Nº 4822003TC-S2 del Tribunal de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, les fue notificada el 3 de junio de 2003; Que, el inciso e) del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran impedidosde ser postores o contratistas, las personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilita- ción temporal o permanente para contratar con Entidades; Que, el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que despuésde celebrados los contratos sólo es posible declarar la nu- lidad por efecto del Artículo 9º de la Ley, debiéndose publi- car dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano dentrode los cinco (5) días siguientes a su expedición; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General, establece que la declaración denulidad tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto; Que, es de aplicación a la presente resolución lo dispuesto por el Artículo 169º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, así como lo previsto por los Artículos 18º y 20º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General - Ley Nº 27444; De conformidad con lo establecido en los Artículos 78º y 79º del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM 1; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar NULO el Proceso Selección - Adjudicación de Menor Cuantía Nº AMC-0017-2003-SU- NAT-2K0000, debiendo retrotraerse a la etapa de convoca- toria. Artículo 2º.- Disponer se publique la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA TAKUMA HIRATA Intendente Nacional (e)Intendencia Nacional de Administración 1Intendencia Nacional de Administración, sito en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1456, Cercado de Lima. 19972/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 334-2003-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 28 de octubre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 087-2003-G.R.C./GA/OL-SyT de fecha 11 de setiembre del 2003, emitido por la Unidad de Servicios Generales, el Informe Nº 175-2003-REGIÓN CALLAO/GA- OL de fecha 11 de setiembre del 2003, emitido por la Ofici-na de Logística, Informe Nº 047-2003-GRC/OL-UPS de fecha 25 de agosto del 2003, emitido por la Unidad de Pro- cesos de Selección, Informe N° 121-2002-GOB. REGIO-NAL CALLAO/KRFA de fecha 1 de setiembre del 2003, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 127-2003-GOB. REGIONAL CALLAO/KRFA de fecha 15de setiembre del 2003, emitido por la Gerencia de Aseso- ría Jurídica, Informe Nº 179-2003-REGIÓN CALLAO/GA- OL de fecha 18 de setiembre del 2003, emitido por la Ofici-na de Logística y el Informe Nº 136- 2003-GOB. REGIO- NAL CALLAO/KRFA de fecha 2 de octubre del 2003, emiti- do por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante aviso publicado el día 16 de julio del 2003, se convocó a la Licitación Pública Nacional Nº 004-2003-RE- GIÓN CALLAO para contratar el “Suministro de Combustiblepara la flota vehicular del Gobierno Regional del Callao” con un valor referencial de S/. 569,297.78 (QUINIENTOS SESEN- TINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTISIETE CON 78/100NUEVOS SOLES) con precios al mes de mayo del 2003 y con un plazo de prestación de doce (12) meses; Que, realizado el acto público correspondiente con fe- cha 15 de agosto del 2003, el Comité Especial designado mediante Resolución de Presidencia Regional N° 184-2003- REGIÓN CALLAO-PR declaró desierto el proceso de se-lección al haberse presentado un único postor; Que, mediante Informe N° 047-2003-GRC/OL-UPS de vistos, la Unidad de Procesos de Selección alude que ha-biendo culminado el Contrato N° 048-2002-CTAR CALLAO/ CE y ejecutado la ampliación contractual aprobada por Re- solución Ejecutiva Regional N° 187-2003-REGIÓN CALLAO-PR se hace necesario gestionar la exoneración por Situa- ción de Urgencia, en tanto dure la segunda convocatoria del proceso de selección para no interrumpir el abastecimientode combustible a la flota vehicular de la institución; Que, mediante el Informe N° 087-2003-G.R.C./GA/OL- SyT expedido por la Unidad de Servicios Generales y Trans-portes y las correspondientes Especificaciones Técnicas se estima la necesidad de adquisición de 8,303.898 galo- nes de combustible para el efecto antes mencionado, porun plazo aproximado de 60 días calendario lo cual involu- cra un costo aproximado de S/. 88,557.87 (OCHENTIO- CHO MIL QUINIENTOS CINCUENTISIETE CON 87/100NUEVOS SOLES) incluido IGV; Que, el suministro de combustible para la Flota Vehicular del Gobierno Regional del Callao constituye una prestaciónbásica para el cumplimiento de los servicios y operaciones productivas que la Entidad desarrolla en el ámbito de la Pro- vincia Constitucional del Callao, los cuales no pueden quedardesatendidos, por lo que resulta necesaria la contratación co- rrespondiente en tanto demore el otorgamiento de la buena pro como consecuencia de la nueva convocatoria para la Lici- tación Pública Nacional N° 004-2003-REGIÓN CALLAO; Que, el artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, establece la posibilidad de exonerarse