Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2003 (31/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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cios por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia los servicios de seguridad y vigilancia integral de las sedes de la SUNAT ubicadas en los departamentos de MORDAZA, Tumbes y MORDAZA, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia integral para las sedes de la SUNAT ubicadas en los departamentos de MORDAZA, Tumbes y MORDAZA, hasta que se adjudique el servicio a traves de un Concurso Publico o hasta alcanzar el monto adjudicado, lo que ocurra primero. Articulo 3º.- El valor referencial para la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia integral de las sedes de la SUNAT ubicadas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes, asciende a S/. 835,200.00 (Ochocientos treinta y cinco mil doscientos y 00/100 nuevos soles). Por su parte, el valor referencial tratandose de las sedes de la SUNAT ubicadas en el departamento de MORDAZA, asciende a S/. 366,000.00 (Trescientos sesenta y seis mil y 00/100 nuevos soles). Dichos importes seran financiados con recursos propios de la institucion. Articulo 4º.- Autorizar a la Intendencia Nacional de Administracion a realizar la contratacion respectiva mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo considerar lo dispuesto en el Acuerdo Nº 016/013 publicado el 11 de octubre de 2003 y fe de erratas publicada el 19 de octubre de 2003. Articulo 5º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19970

Que el Informe Tecnico Legal Nº 0003-2003-2O0100, de la Oficina de Administracion y Almacen de la Intendencia Regional Ica, indica que se requiere prorrogar, por el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2003 y el 1 de noviembre de 2004, el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la seccion La Angostura, Carretera Panamericana Sur Km. 300.1, comprension del distrito, provincia y departamento de Ica, donde actualmente funciona el Almacen de Bienes Comisados y Embargados de dicha Intendencia; en virtud a que el referido inmueble cuenta con la distribucion e infraestructura apropiada para el almacenamiento de mercancias, asi como con la seguridad y el mantenimiento que requieren dichos bienes; y que de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente la emision de una Resolucion de Superintendencia que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga de dicho contrato de arrendamiento; Que mediante Carta de fecha 11 de agosto de 2003, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietario del referido inmueble manifiesta su conformidad en prorrogar el contrato de arrendamiento por un periodo adicional de doce (12) meses, manteniendo invariable el monto de la renta mensual; Que lo expuesto en dicho Informe justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la seccion La Angostura, Carretera Panamericana Sur Km. 300.1, comprension del distrito, provincia y departamento de Ica, con un area de 3,327.00 m2, por el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2003 y el 1 de noviembre de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Ica a suscribir el Contrato respectivo con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de S/. 3,590.00 (Tres mil quinientos noventa y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos, la misma que sera financiada con recursos propios. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19971

Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de Ica mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 201-2003/SUNAT MORDAZA, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicho Texto Legal; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece el procedimiento a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion;

Declaran nulo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº AMC-00172003-SUNAT-2K0000, para contratar servicios de capacitacion y lo retrotraen a la etapa de convocatoria
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 384-2003/SUNAT MORDAZA, 26 de agosto de 2003 VISTO: El Informe de la Oficina de Administracion y Almacen de la Intendencia Regional La MORDAZA, de fecha 13 de ju-

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