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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (31/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 31 de octubre de 2003 TÍTULO III Proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital Artículo 10º .- Proceso de elección El proceso de elección de los representantes de la so- ciedad civil para conformar el Consejo de Coordinación Lo-cal Distrital constituye un mecanismo democrático quepermitirá la participación de la sociedad civil en la gestiónmunicipal dentro de los alcances establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades, la presente Ordenanza y normas conexas. El Consejo de Coordinación Local estaráconformado por el Alcalde, Siete Regidores y Tres repre-sentantes de la Sociedad Civil. La Oficina Nacional de Procesos Electorales prestará asistencia técnica al presente proceso de elecciones. CAPÍTULO I Del Comité Electoral Artículo 11º .- Conformación El Comité Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conducción y desarrollo para que el proceso de elec-ción de representantes de la sociedad civil ante el Consejode Coordinación Local Distrital se realice de manera de-mocrática y transparente. El Comité Electoral está integrado, de la siguiente ma- nera: a) El Secretario General b) El Juez de Paz de mayor antigüedad del distrito.c) El Gobernador del Distrito El Comité Electoral elige entre sus miembros a quien se desempeñará como Presidente, Secretario y Vocal. ElComité Electoral es autónomo en el ejercicio de sus atribu-ciones y sus decisiones son definitivas e inimpugnables. Artículo 12º .- Atribuciones y obligaciones El Comité Electoral tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proce- so electoral y actuar como miembros de mesa el día de laelección. b) Preparar los diseños y formatos de cédulas y demás documentos que se requieran para el proceso electoral. c) Resolver la inscripción y retiro de los candidatos, las impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que seproduzcan durante el proceso electoral. d) Realizar el conteo de la votación en forma pública. e) Redactar y suscribir el Acta Electoral del proceso electoral. f) Proclamar a los candidatos elegidos, otorgar creden- ciales y juramentar a los candidatos elegidos. g) Comunicar al Alcalde los resultados del proceso elec- toral. Artículo 13º .- Contenido del Acta Electoral En el Acta Electoral se consignará el nombre de la elec- ción, el lugar, la fecha y la hora de inicio y término de laselecciones, y, contendrá cuando menos la siguiente infor-mación: a) Acta de Instalación en la cual se indicará: la hora de la instalación del Comité Electoral; el número de re-presentantes de las organizaciones de la sociedad civila elegir como miembros del Consejo de CoordinaciónLocal Distrital; la Lista de delegados-electores asisten-tes en primera y segunda citación, de ser el caso; los nombres de los delegados-electores que forman la(s) lista(s) de candidatos. b) Acta de Sufragio en la cual se indicará: el número de delegados-electores que sufragaron en cada ronda de vo-tación, de ser éste el caso; la hora de término de la vota-ción. c) Acta de Escrutinio en la cual se indicará: el número de votos alcanzado por cada uno de los candidatos, encada ronda, de ser éste el caso; la cantidad de votos nulosy en blanco en cada ronda, de ser éste el caso.d) El nombre de los candidatos que fueron elegidos como representantes de las organizaciones de la socie-dad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. e) Las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en las elecciones. Asimismo, el Comité Electoral hará constar en esta Acta Electoral, el acta de instalación, la de sufragio, las etapas,observaciones, de ser el caso u otros actos o hechos quese hubiesen producido durante las elecciones. CAPÍTULO II De la convocatoria Artículo 14º.- Convocatoria El Alcalde, bajo responsabilidad, mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de representantes de la so- ciedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. En la convocatoria se establecerá el lugar, la fecha y la horade la realización de las elecciones. En ningún caso, el lugarde las elecciones puede llevarse a cabo fuera del distrito. La convocatoria será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en carteles, en lugares visibles de la Municipa- lidad. Además se notificará a las organizaciones de la so- ciedad civil en el domicilio que figura en el Registro de Or-ganizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad. Artículo 15º .- Plazos de la convocatoriaLa convocatoria se realizará noventa días antes del ven- cimiento del mandato de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. La elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital debe reali-zarse a más tardar treinta días antes del término del man-dato de los representantes en ejercicio. CAPÍTULO III Del Padrón Electoral Artículo 16º.- Participación en las elecciones Las organizaciones de nivel distrital (o provincial, se- gún sea el caso) con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidadpueden participar en el proceso electoral a que se refierela presente Ordenanza. Artículo 17º.- Padrón ElectoralLa unidad administrativa responsable del Registro pu- blicará el padrón electoral en el medio de mayor circula- ción del distrito o la provincia y en carteles en la Municipa-lidad, dentro de los diez días calendario posteriores a laemisión de la convocatoria a elecciones. Pueden presentarse tachas debidamente sustentadas ante la unidad administrativa responsable, dentro de los cinco días posteriores a la publicación. Ésta resolverá la impugnación luego de escuchar a las partes, dentro de loscinco días posteriores a la presentación de la misma. Laresolución no es materia de impugnación. La resoluciones emitidas serán publicadas y difundidas con los mismos mecanismos establecidos en el presente artículo. El padrón definitivo será publicado y difundido den- tro de los dos días siguientes a la resolución de las tachasque hayan sido interpuestas. CAPÍTULO IV Del Proceso Electoral Artículo 18º.- CandidatosEn las elecciones a que se refiere la presente Orde- nanza son candidatos elegibles los delegados-electores. Artículo 19º.- Características del votoEl voto es secreto y obligatorio. Los delegados-electo- res que no concurran a la votación imposibilitan la partici- pación de la organización social que representan en la elec-ción a realizarse. Los nombres de los delegados-electoresasistentes y que son candidatos se consignarán expresa-mente en el acta electoral respectiva. Artículo 20º.- Lista de candidatos El Comité Electoral procederá a verificar la relación de los delegados-electores presentes, señalará el número to-tal de representantes a ser electos. Las listas de candida-tos serán cerradas .