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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (21/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 274972 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de agosto de 2004 culo 135º del presente Reglamento, así como el registro de las inspecciones semanales y mensuales de los equipos involucrados. Artículo 139º.- Pruebas del BOP Los BOP deben probarse a su presión de trabajo cuan- do sean instalados y por lo menos una vez cada dos se- manas. Se deben realizar pruebas adicionales de funcio- namiento cuando se va a perforar una formación que se presuma que tenga alta presión, después de efectuada la cementación y cuando se lleve a cabo una Prueba de For- mación, quedando registrados los resultados en el informe a que se refiere el literal a) del artículo 135º de este Regla- mento. La presión de trabajo se deberá mantener por lo menos durante treinta (30) segundos en los BOP de com- puerta y cuarenta y cinco (45) segundos en los anulares. Artículo 140º.- Entrenamiento Debe existir un programa de entrenamiento para el Per- sonal que incluya simulacros semanales en el control de reventones. Todos los simulacros, incluyendo los previstos en el artículo 129º, deben quedar registrados en el informe diario del Perforador a que se refiere el literal a) del artículo 135º, al igual que cualquier actividad relacionada con el programa de seguridad. Artículo 141º.- Reparaciones del BOP El BOP debe ser totalmente revisado y reparado en ta- ller o factoría según las recomendaciones del fabricante. Asimismo, se debe disponer de la documentación que cer- tifique este requisito. Artículo 142º.- Válvula de cuadrante (Kelly valve) Cuando se atraviesen zonas donde se presuma la pre- sencia de ácido sulfhídrico, se dispondrá de detectores de H2S y SO2 cerca del Pozo y del equipo de emergencia res- piratoria en las cantidades y diversidad adecuada. Una válvula de cuadrante (“Kelly valve») debe estar permanen- temente al alcance de la cuadrilla. Artículo 143º.- Dispositivos de Seguridad Los dispositivos de seguridad siempre deben estar ope- rativos. Artículo 144º.- Almacenamiento de Materiales para el Lodo Los productos químicos, materiales para el Lodo y ce- mento deben estar almacenados en lugares cercanos al Pozo y protegidos contra su deterioro por elementos de la naturaleza. Artículo 145º.- Disposición de suficientes aditivos Debe disponerse de suficientes aditivos para poder re- emplazar el sesenta por ciento (60%) del Lodo del siste- ma, así como para aumentar su peso en treinta por ciento (30%) como mínimo durante la perforación. Artículo 146º.- Inspección de elevadores Los elevadores deben inspeccionarse visualmente an- tes de cada carrera y ser calibrados cada semestre. Artículo 147º.- Normas de Seguridad en la perfora- ción Deberá cumplirse con las normas de seguridad tanto para la perforación en tierra, ríos, lagos, como en costafue- ra; consistente en lo siguiente: a) Mantener un número adecuado de letreros, carteles o avisos de seguridad colocados en lugares visibles del equipo de acuerdo con los riesgos existentes. b) Contar con un cable y sistema de bajada de emer- gencia ubicado entre la repisa del castillo de Perforación o Servicio de Pozos anclado en el terraplén o plataforma del Pozo, de modo tal que permita el libre acceso y salida de helicópteros. c) Contar con equipo y protección contra incendios. d) Deberá instalarse un pararrayos ubicado en la co- rona de castillo, conectado a tierra por conductores eléc- tricos, independiente de la estructura, en los lugares don- de se puedan presentar descargas eléctricas atmosféri- cas. e) Deberá disponerse de barandas removibles en to- dos los pasillos y plataformas del equipo de perforación de manera que no dificulten las Operaciones.f) Disponer del balizaje exigido por la DICAPI. g) Disponer de una luz de peligro de color rojo o luz destellante, ubicada en la corona del castillo. h) Disponer de equipo de primeros auxilios y de eva- cuación. i) Disponer el uso alternativo de los equipos de protec- ción contra descargas atmosféricas. Artículo 148º.- Especificaciones API Con relación al equipo de perforación y a la actividad de perforación, se deben emplear las prácticas recomen- dadas por el API (última edición), o cualquier otro instituto de prestigio internacional, normalmente empleadas en la industria petrolera, indicándose sin que tenga carácter li- mitativo las siguientes: SPEC 1B Especificaciones para fajas tipo V para campos petroleros. SPEC 5D Especificaciones para la tubería de perforar. SPEC 7 Especificaciones para elementos de perforación rotatoria. RP 7A1 Prácticas recomendadas para prue- bas de comportamiento a la fricción de los componentes de perforación rota- toria. SPEC 7B-11C Especificaciones y prácticas recomen- dadas para instalación, mantenimiento y operación de motores reciprocantes de combustión interna. SPEC 7C-11F Especificaciones para la instalación, mantenimiento y operación de moto- res de combustión interna. SPEC 7F Especificaciones para transmisión por cadena y ruedas dentadas. SPEC 7G Prácticas recomendadas para el dise- ño de sartas y límites de operación. SPEC 9A Especificaciones para cables de ace- ro. RP 9B Prácticas recomendadas para cuida- do y uso de cables de acero. SPEC 13A Especificaciones de materiales para fluidos de perforación. RP 13B1 Prácticas recomendadas para probar fluidos de perforación a base de agua y aceite. RP 13B2 Prácticas recomendadas para probar fluidos de perforación a base de acei- te. RP 13E Prácticas recomendadas para el uso de mallas y Zaranda. RP 13G Prácticas recomendadas para el for- mato de informe de fluidos de perfo- ración. RP 13I Prácticas recomendadas para prue- bas de laboratorio de fluidos de perfo- ración. RP 13J Prácticas recomendadas para prue- bas de salmueras. RP 13K Prácticas recomendadas para análisis químico de Baritina. SPEC 16C Especificaciones para sistemas para matar los Pozos y Estranguladores. SPEC 16D Especificaciones para sistemas de control en la perforación de Pozos. RP 49 Prácticas recomendadas para seguri- dad en la perforación de Pozos con H2S. RP 53 Prácticas recomendadas para el uso de sistemas BOP. RP 54 Prácticas recomendadas de seguridad industrial en la perforación de Pozos. Cuando se usen equipos no considerados en las nor- mas API, se deberá seguir estrictamente las indicaciones de uso, mantenimiento y operación del fabricante.