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PÆg. 304073 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 SALUD Rectifican la R.D. N” 779-2005- OGGRH/SA, mediante la cual se sancionó con suspensión a ex Jefe del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0841-2005-OGGRH/SA Lima, 11 de noviembre del 2005 CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 779-2005- OGGRH/SA, de fecha 12 de octubre de 2005, se oficializóla sanción disciplinaria de quince (15) días de suspensiónsin goce de remuneraciones a don Luis Fernando LlanosZavalaga, ex Jefe del Instituto Nacional de Salud; Que involuntariamente en el último párrafo de la indicada resolución se consideró como fundamentación legal al literall) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud, que trata respecto a la facultad de la Ministra de Saludpara emitir resoluciones ministeriales, invocación que nocompete a la materia resuelta, siendo pertinente proceder ala rectificación del citado párrafo; y, De conformidad con lo previsto en el literal i) del artículo 39º del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-SA y el numeral 201.1 del artículo 201º de la LeyNº 27444; SE RESUELVE:Artículo Único.- Rectificar el último párrafo de la Resolución Directoral Nº 779-2005-OGGRH/SA, quedandode la siguiente manera: "Estando a lo dispuesto por elDecreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 005-90-PCM", quedan subsistenteslos demás términos de la precitada resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ECHEGARAY PEÑA Director GeneralOficina General de Gestión de Recursos Humanos 19208 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Civila Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 795-2005- MTC/02 Lima, 7 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundopárrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, quedan prohibidospor el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable alos sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior yTurismo, así como la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encuyos casos los viajes serán autorizados a través deresolución del Titular del Pliego respectivo, la misma quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antesdel inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre AviaciónCivil y poder mantener la calificación de Categoría - Iotorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual devigilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones establecidasen el citado Convenio y en los estándares de la Organizaciónde Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GM Nº 557.05, del 20 de octubre de 2005, en el marco delProcedimiento Nº 13 de la sección correspondiente a laDirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnicaa Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad paraEstablecimiento o Actualización de Especificaciones deOperación), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Generalde Aeronáutica Civil, efectuar la inspección técnica de laestación de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de SaoPaulo, durante los días 14 al 17 de noviembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 27538 y 27539, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 2068-2005-MTC/12.04-SDA designandoal Inspector Luis Gustavo Satornicio Satornicio, pararealizar la inspección técnica de la estación de la empresaLan Perú S.A., en la ciudad de Sao Paulo, RepúblicaFederativa de Brasil, durante los días 14 al 17 denoviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar la inspección técnica a que se contrae laOrden de Inspección Nº 2068-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Gustavo Satornicio Satornicio, Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Sao Paulo, RepúblicaFederativa de Brasil, durante los días 14 al 17 denoviembre de 2005, para los fines a que se contrae laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 27538 y 27539, abonados a la Dirección