NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 30
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de setiembre de 2005 En cualquiera de los casos anteriormente mencionados, a solicitud de los interesados puede considerarseinformación de ingresos correspondientes a doce (12)meses anteriores a la fecha de corte operativo determinadopor el FMV. III. Discapacidad a. Original, copia legalizada o autenticada por fedatario institucional del FMV del certificado con discapacidadsensorial, física o mental permanente de los integrantesdel Grupo Familiar.. Dicho certificado es emitido por el Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior o ESSALUD. b. Original, copia legalizada o autenticada por fedatario institucional del FMV de la Resolución Ejecutiva delConsejo Nacional para la integración de la Persona conDiscapacidad (CONADIS) que acredite que la discapacidad sensorial, física o mental es permanente de alguno de los integrantes del Grupo Familiar. c. Original, copia legalizada o autenticada por fedatario institucional del FMV de la Resolución Directoral deESSALUD o Ministerio de Salud (MINSA) donde se declarela discapacidad sensorial, física o mental permanente de alguno de los integrantes del Grupo Familiar. IV. EstudiosOriginal, copia legalizada o autenticada por fedatario institucional del FMV de la constancia de matrícula o estudios escolares o superiores expedida por los centros educativos o superiores correspondientes, para aquelloshijos mayores de 18 años que sean parte del GrupoFamiliar. Se entiende por constancia de estudios, el documento expedido por la autoridad competente, del centro educativo, universidad o centro de educación superior, que acredite que el miembro dependiente del GrupoFamiliar se encuentra cursando estudios escolares osuperiores de carreras debidamente autorizadas por elMinisterio de Educación. Para este efecto: a. Los estudios escolares comprenden tanto educación inicial, primaria o secundaria en institucionesdebidamente reconocidas y autorizadas por el Ministeriode Educación. b. Los estudios superiores comprenden la educación de nivel pregrado profesional o técnica impartida a quienes han concluido la secundaria. Son las impartidas en las universidades, escuelas de oficiales y escuelas superioresde las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y demásentidades reconocidas por el Ministerio de Educación.Asimismo, aquellos realizados en los institutos superiores(pedagógicos o tecnológicos) que cuenten con autorización vigente del Ministerio de Educación. En el momento de la verificación, los certificados o documentación requerida deben estar vigentes y si notiene vigencia, estos deben tener una antigüedad máximade treinta (30) días contados desde la fecha de corte operativo determinado por el FMV. V. Propiedad de predios, o ausencia de la misma, según corresponda a. Para Adquisición de Vivienda Nueva Original, copia legalizada o fedateada por funcionario del FMV, del certificado negativo de propiedad, expedidopor Registros Públicos, de cada uno de los miembros delGrupo Familiar. El certificado deberá tener una antigüedad máxima de noventa (90) días anteriores a la fecha de corte operativo determinado por el FMV. b. Para Construcción en Sitio PropioSi el predio está a nombre de la Organización, se solicita original, copia legalizada o fedateada por funcionario del FMV, del certificado negativo de propiedadde cada uno de los miembros del Grupo Familiar, expedidopor el Sistema Nacional de Registros Públicos.Si la propiedad del predio ha sido independizada a favor de uno o más de los miembros del Grupo Familiar,éste(os) deberá(n) presentar el original, copia legalizadao fedateada por funcionario del FMV, del certificadopositivo de propiedad, expedido por Registros Públicos,que acredite que únicamente es (son) propietario(s) del terreno con el cual está(n) postulando. Los integrantes restantes del Grupo Familiar deben presentar el original,copia legalizada o fedateada por funcionario del FMV delcertificado negativo de propiedad, expedido por RegistrosPúblicos. Los certificados negativo o positivo deberán tener una antigüedad máxima de noventa (90) días anteriores a la fecha de corte operativo determinado por el FMV. c. Para Mejoramiento de ViviendaOriginal, copia legalizada o fedateada por funcionario del FMV del certificado positivo de propiedad, expedido por Registros Públicos, de la vivienda, del terreno o delos aires independizados sobre los cuales se edifica lavivienda a ser mejorada. El certificado deberá tener una antigüedad máxima de noventa (90) días anteriores a la fecha de corte operativo determinado por el FMV. Los demás miembros del Grupo Familiar deben presentar el original, copia legalizada o fedateada porfuncionario del FMV del certificado negativo de propiedad,expedido por Registros Públicos. 15329 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G56/G49/G49 /G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G4C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G61/G6E/G63/G61/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 071-2005 Lima, 2 de septiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectosfundamentales relacionados con la finalidad y funcionesdel Banco Central; Que, el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) ha invitado a este BancoCentral a participar en la VII Reunión de Asesores Legalesde Banca Central, a llevarse a cabo en la ciudad deBuenos Aires, Argentina, del 21 al 23 de septiembre de2005; Que, dicha reunión tiene como propósito discutir e intercambiar experiencias sobre los aspectos jurídicos delas operaciones de la Banca Central, siendo convenientela participación del Banco Central de Reserva del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 18 de agosto de 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la participación de los señores Manuel Monteagudo Valdez, Jefe de la Oficina Legal y Julio Flores Espinoza, Jefe del Área Judicial de lamencionada Oficina, a la ciudad de Buenos Aires,Argentina, del 20 al 23 de septiembre y al pago de losgastos, a fin de participar en el certamen que se señalaen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje, por ambos funcionarios, será como sigue: