NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (08/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 37
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de setiembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Benjamina Beatriz Valverde Mallqui, como Fiscal Adjunta ProvincialProvisional del Distrito Judicial de Ica, en el Despachode la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del DistritoJudicial de Ica, Gerencia Central de Personal, Gerenciade Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15437 S B S /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61 /G6F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G62/G6A/G65/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G22/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G73/G61/G73/G2C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G4F/G74/G72/G6F/G73/G20/G43/G6F/G73/G74/G6F/G73/G22/G20/G28/G52/G45/G54/G41/G53/G41/G53/G29 CIRCULAR Nº B- 2149 -2005 Lima, 6 de setiembre de 2005 CIRCULAR Nº B- 2149 - 2005 F- 0489 - 2005 CM- 0336 - 2005 CR- 0205 - 2005 EDPYME- 0120 - 2005 Ref.: Normas para el Registro de Tasas de Interés, Comisiones y Otros Costos - RETASAS . Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 delartículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, con elpropósito de promover la transparencia de la informaciónen el sistema financiero, esta Superintendencia haresuelto emitir la presente Circular que establecedisposiciones respecto a la operatividad e información objeto del software “Registro de Tasas, Comisiones y Otros Costos” (RETASAS): 1. AlcanceLa presente norma es de aplicación a las empresas señaladas en el literal A del artículo 16º de la Ley General, en adelante empresas. 2. Finalidad del Software RETASASEl Software RETASAS, disponible a través del “Portal del Supervisado”, tiene como objetivo el registro de información de las tasas de interés, comisiones y otroscostos, presentada en forma comparable, de los productosque brinden las empresas; la misma que será ofrecida alpúblico a través de la página web de la Superintendenciade Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 3. Registro de la informaciónLas empresas deberán registrar la información sobre los costos asociados a las operaciones activas y pasivas que ofrecen, de acuerdo al detalle de los cuadros de información del Software RETASAS, cuya relación sepresenta en el Anexo 1 de la presente Circular. Dicha relación podrá ser actualizada por esta Superintendenciamediante Oficio Múltiple. La información que se encuentre registrada en el RETASAS deberá ser consistente con la informada porlas empresas en sus tarifarios, en el Reporte Nº 16, o la que difundan a través de sus oficinas en carteles, cartulinas o folletos, de medios electrónicos, de estadosde cuenta y de cualquier otro medio de difusión. Por lotanto, de producirse algún cambio en el tarifario que afectela información registrada en el RETASAS, la empresadeberá actualizar dicha información el mismo día que se produzca el cambio. La obligación de reportar mediante el RETASAS sustituirá la remisión, por medios impresos y a través deSUCAVE, de la información sobre los costos asociados aoperaciones activas – Reporte Nº 16, normada porCircular Nº B-2119-2003, F-0458-2003, CM-0305-2003, CR-0174-2003 y EDPYME-0099-2003, a partir de la fecha en que esta Superintendencia establezca la normativacorrespondiente. 4. Responsables de la información Las empresas deberán comunicar mediante Oficio dirigido a esta Superintendencia cada vez que ocurraalgún cambio en la designación del funcionarioresponsable del RETASAS, debiendo a su vez enviarcopia de dicha comunicación a la siguiente direcciónelectrónica: tasas@sbs.gob.pe. Dicha comunicación deberá realizarse dentro de los tres (3) días hábiles de producido el cambio. 5. VigenciaLa presente Circular entrará en vigencia el día 12 de setiembre de 2005. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Anexo 1 Software RETASAS Cuadros de Información a Reportar Nombre del cuadro Aplicabilidad Bancos, Tarjeta de crédito con mayor número de clientes en ca da empresa Financieras Costos asociados al préstamo vehicular a dos y tres años Todas Costos asociados a un préstamo hipotecario por US$ 40 000 a 15 años Todas Costos asociados a un préstamo hipotecario por US$ 80 000 a 15 años Todas Costos asociados al préstamo hipotecario MiVivienda Todas Costos Asociados a Préstamos Personales en Nuevos Soles Todas Costos Asociados a Préstamos Personales en Dólares Americanos Todas Costos Asociados a Préstamos en Nuevos Soles a Personas con Todas Ingreso Familiar menor a S/. 800 Costos Asociados a Préstamos en Dólares Americanos a Personas Todascon Ingreso Familiar menor a S/. 800 Costos Asociados al Crédito a Microempresas para Capital de Todas Trabajo en Nuevos Soles Costos Asociados al Crédito a Microempresas para Capital de Todas Trabajo en Dólares Americanos Costos Asociados al Crédito a Microempresas para Activo Fijo Todasen Nuevos Soles Costos Asociados al Crédito a Microempresas para Activo Fijo en TodasDólares Americanos Cuenta de ahorro en soles para personas naturales que sí cobra Bancos, mantenimiento Financieras Cuenta de ahorro en soles para personas naturales que no cobra Bancos, mantenimiento Financieras Cuenta de ahorro en dólares para personas naturales que sí Bancos, cobra mantenimiento Financieras