Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2006 (07/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2006

Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2006 del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, aprobado por Resolucion Directoral Nº DE-009-2006 del 13 de enero de 2006 y modificado mediante Resolucion Directoral Nº DE-067-2006 del 21 de marzo de 2006, ha programado la adquisicion de bienes y/o productos que no admiten sustitutos; Que, mediante Informe Nº ULeI-295-2006, la Unidad de Logistica e Infraestructura precisa que el costo del Servicio de Mantenimiento del Software INTEGRIX, asciende a la suma S/. 22,875.00 (Veinte Dos Mil Ochocientos Setenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº OPP-126-2006, la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Evaluacion de Gestion, precisa que existe la correspondiente disponibilidad presupuestal para atender las adquisiciones solicitadas, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, la Unidad de Contabilidad mediante Informe Nº UC-080-2006, presenta el Informe Tecnico que contiene la justificacion de la necesidad del Servicio de Mantenimiento del Sistema INTEGRIX 2000; siendo la Empresa ECOSERVICE S.R.L. la que ha elaborado dicho Sistema, por lo tanto, es la titular del privilegio de la invencion y que dicha necesidad no puede ser satisfecha por otros, sino solamente por el titular del privilegio; Que el Sistema INTEGRIX viene siendo utilizado por la Entidad desde MORDAZA de 1998, funcionando correctamente, emitiendo resultados que se constituyen en una valiosa herramienta de verificacion y confrontacion con los resultados que emite el Sistema Integrado de Administracion Financiera (SIAF), siendo de suma importancia para la Unidad de Contabilidad y de Tesoreria; Que, el Sistema INTEGRIX, utiliza codificaciones internas solo para la Institucion donde se permite conocer el movimiento de gastos a nivel detallado de cada unidad organica, permite conocer el movimiento en detalle de las operaciones realizadas mediante reportes que no son emitidos a traves del SIAF, permite clasificar los compromisos de gastos segun codificacion de compromisos; de igual forma el Sistema INTEGRIX esta disenado para relacionar todas las fases correspondientes a un mismo expediente a traves del registro de cuentas; Que, la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Memorandum Nº OAJ-DOA-168-2006, manifiesta que, conforme al Informe Tecnico que justifica la necesidad de la exoneracion para la contratacion, senala que existe la imposibilidad de hecho de proceder a convocar al MORDAZA de seleccion correspondiente, debido a que la Empresa ECOSERVICE SRL es la unica Empresa que puede brindar el servicio requerido por el IMARPE, por ello de convocarse a un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, esta seria la unica empresa que se presentaria formulando oferta, lo que irrogaria un gasto innecesario para la Entidad; Que, la Oficina de Asesoria Juridica, opina que es procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion conforme lo senalado en el Inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, senala en el Inciso c) que procede la exoneracion, cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 148º Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas; asi mismo indica que la exoneracion sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Con la visacion de las Oficinas de Asesoria Juridica, de Administracion y de Presupuesto, Planificacion y Evaluacion de Gestion; En uso de las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto MORDAZA del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2001-PE;

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion de la prestacion del "Servicios de Mantenimiento del Sistema INTEGRIX-2006 para la Unidad de Contabilidad", siendo el unico proveedor la empresa ECOSERVICE S.R.L porque sus servicios no admiten sustitutos. Articulo 2º.- Autorizar el MORDAZA de Exoneracion Nº EXO-004-2006 para adquirir los servicios mencionados en el articulo precedente, por el valor referencial de S/. 22,875.00 (Veinte y Dos Mil Ochocientos Setenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), por el periodo de marzo a diciembre del 2006. Articulo 3º.- Designar como organo encargado de realizar la contratacion exonerada a la Unidad de Logistica e Infraestructura. Articulo 4º.- El gasto que demande la adquisicion del Sistema INTEGRIX, se efectuara con la Fuente de Financiamientos: Recursos Ordinarios. Articulo 5.- Disponer que la Unidad de Logistica e Infraestructura a traves del Area de Programacion publique en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado "SEACE" del CONSUCODE y en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA de la presente resolucion se remitira a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision. Registrese y comuniquese. MORDAZA CANOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo IMARPE 06204

SUNARP
Designan integrante de Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de la MORDAZA Registral Nº XII - MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 103-2006-SUNARP/SN
San MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 170-2006-SUNARP-GR del 23 de marzo de 2006, mediante el cual la Gerencia Registral informa sobre la designacion del integrante del Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA, propuesto por la Jefatura de dicha MORDAZA Registral; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 134-2006/Z.R.NºXII-JEF de 21 de febrero de 2006, el Jefe de la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA, propone a esta Superintendencia la persona que integrara el Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion; Que, de acuerdo al literal c) del articulo 25º del Codigo de Etica de la SUNARP, modificado mediante Resolucion Nº 010-2006-SUNARP/SN, cada Organo Desconcentrado contara con un Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion, el mismo que estara integrado por una persona de reconocida solvencia moral, designada por el Superintendente Nacional a propuesta del Jefe Zonal respectivo; y, De conformidad al literal w) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS, y el Codigo de Etica de la SUNARP, aprobado por Resolucion Nº 287-2002-SUNARP/SN y modificado por Resolucion Nº 010-2006-SUNARP/ SN; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA, como integrante

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