Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (07/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 316334 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2006 Que, asimismo se establecieron una serie de incentivos por pronto pago de los arbitrios municipalespara el ejercicio 2006 entre los cuales se determina quelos contribuyentes que cumplan con el pago de los arbitrios municipales de manera completa por todo el ejercicio 2006, recibirán un descuento del 12% del montototal al momento de efectuar la cancelación. Loscontribuyentes que cancelen sólo un semestre (I ó II)recibirán el 6% de descuento. Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 004-2006- MJM de fecha 28 de febrero del 2006 se prorrogó el plazo de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipalescorrespondientes a los meses de enero y febrero delpresente ejercicio fiscal hasta el 15 de marzo del 2006. Que, el artículo sexto de la Ordenanza Nº 190-MJM establece otorgar facultades al Alcalde para dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación de laOrdenanza mencionada. Que, es necesario otorgar las mejores facilidades a los contribuyentes, a efecto que cumplan con susobligaciones tributarias. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero. Prorrogar el plazo de vencimiento de los Arbitrios Municipales, correspondientes al ejerciciofiscal 2006; al contado y/o primera cuota hasta el 31 demarzo del 2006. Artículo Segundo. Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Informática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, y a laGerencia de Comunicaciones la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06212 Prorrogan plazo de vencimiento de pago del Impuesto Predial para el ejerciciofiscal 2006 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2006-MJM Jesús María, 15 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2006-MJM se estableció el Programa Predial para el ejercicio gravable 2006. Asimismo, se estableció la modalidad depago al contado hasta el 28 de febrero, y en formafraccionada hasta en cuatro cuotas, venciendo la primeracuota el 28 de febrero; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2006-MJM de fecha 28 de febrero del presente ejercicio fiscal, se estableció la prórroga de pago hasta el 15 de marzo del2006; Que, se han recibido innumerables pedidos de contribuyentes solicitando la ampliación de los plazosestablecidos en el citado Decreto; Que, es obligación de la Municipalidad otorgar mayores facilidades a los contribuyentes; a fin de quecumplan con sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vencimiento de pago de Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2006; alcontado y/o primera cuota hasta el 31 de marzo del 2006.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Gerencia dePlaneamiento y Presupuesto y a la Unidad de Informáticael cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia de Comunicaciones la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 06213 MUNICIPALIDAD DE LINCE Establecen marco normativo para incentivar mayor recaudación con el pago puntual de arbitrios ORDENANZA Nº 154-MDL Lince, 24 de marzo del 2006 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 007-2006-CAL-CEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía yAdministración; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 74º y 194º, reconoce a los gobiernos locales autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia y les otorga potestad tributaria; para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, el Concejo de Lince, ejerce su función normativa, entre otros dispositivos, a través de sus Ordenanzasque tienen rango de Ley, de conformidad con elestablecido el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú. Que, el párrafo 2) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobadopor Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece el 5 %(cinco por ciento) del rendimiento del Impuesto, se destineexclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimiento del Catastro distrital, así como a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar sugestión y mejorar la recaudación. Que, el 2.5 % de los ingresos por concepto de Impuesto Predial generados en el presente ejercicio,financiarán el programa de incentivos denominado "PAGO PUNTUAL". Que, la Administración necesita establecer políticas y estrategias tributarias que incentiven el cumplimiento puntual yoportuno de las obligaciones tributarias sustanciales y formalesdel contribuyente, a fin de proveerse de los recursos necesariospara asegurar el financiamiento de las obras y los servicios públicos a favor de la comunidad. Que, dentro de las estrategias existentes es factible y posible crear mecanismos que faciliten y alienten elcumplimiento de las obligaciones de los vecinos,otorgándoles incentivos al cumplimiento de los mismos,mediante modalidades entre otras las de sorteos. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los artículos 39º y40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972y la Norma IV del Texto Único Ordenado del CódigoTributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Mayoría, se aprobó la: ORDENANZA ESTABLECEN MARCO NORMATIVO PARA INCENTIVAR MAYOR RECAUDACIÓN CON EL PAGO PUNTUAL DE TRIBUTOS Artículo 1º.- Establecer en la jurisdicción de Lince, el Programa de incentivos por el pago puntual deobligaciones tributarias, destinado a estimular el pagopuntual y oportuno a través se sorteos de premios entre los Contribuyentes durante el Ejercicio 2006. Artículo 2º.- La presente Ordenanza es de alcance a todos los contribuyentes del Impuesto Predial y Arbitriosdel distrito de Lince.