Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2006 (07/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2006

de Coordinacion Local a los candidatos que hayan obtenido la mayoria simple de los votos." Articulo 29º.- Proclamacion Una vez concluido el escrutinio y redactada el Acta Electoral, el Comite Electoral en el mismo dia procedera a proclamar, entregar credenciales y tomar juramento de los representantes elegidos de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local. Articulo Segundo.- Modifiquese el MORDAZA Parrafo de la MORDAZA Disposicion Transitoria como: "La Eleccion se realizara no MORDAZA de (45) cuarenta y cinco, ni despues de (75) setenta y cinco dias de la convocatoria". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06180

y Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, durante los procesos electorales a realizarse en el ano 2006, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el articulo 20º inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva sobre Neutralidad y Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, durante los procesos electorales a realizarse en el ano 2006, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional la difusion de la presente Directiva para su debido cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia de la Municipalidad durante procesos electorales
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000099
San MORDAZA de Miraflores, 22 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto: El proyecto de la Directiva sobre Neutralidad y Transparencia de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, durante los procesos electorales a realizarse en el ano 2006; Informe Nº 241-2006-MDSJ-GM-OAJ de fecha 6.3.2006 de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Organica de Elecciones - Ley Nº 26859, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, se convoco a Elecciones Generales el 9 de MORDAZA del ano 2006 para la eleccion del Presidente de la Republica, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, asimismo, de conformidad con la Ley de Elecciones Municipales - Ley Nº 26864 y la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, corresponde se lleve a cabo en el ano 2006 el MORDAZA electoral para la eleccion de Alcaldes Provinciales y Distritales a nivel nacional; Que, el articulo 150º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los alcaldes y regidores, asi como los funcionarios y servidores de los gobiernos locales, tienen la obligacion de velar por el desarrollo de los procesos electorales sin interferencias ni presiones, a fin de permitir que los ciudadanos expresen sus preferencias electorales en forma autentica, espontanea y libre, dentro del MORDAZA constitucional y legal que regula la materia; Que, la neutralidad y transparencia son principios rectores que deben guiar la actuacion de la administracion publica, a efectos de promover y garantizar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos, asi como el derecho de participacion politica en condiciones de igualdad, conforme lo reconoce la Constitucion Politica del Peru; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar, en el MORDAZA de las disposiciones de la materia, la Directiva que establezca los lineamientos para la neutralidad y transparencia de los funcionarios, obreros, personal contratado y en general todos los servidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, durante los procesos electorales a realizarse en el ano 2006; Que, estando a lo expuesto, contando con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 241-2006-MDSJ-GM-OAJ, respecto del Proyecto de Directiva sobre Neutralidad

"DIRECTIVA SOBRE NEUTRALIDAD Y TRANSPARENCIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES, DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES A REALIZARSE EN EL ANO 2006"
I. GENERALIDADES 1.1. Objetivos Son objetivos de esta Directiva: a) Garantizar la absoluta neutralidad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores y sus respectivos empleados publicos, durante los Procesos Electorales del 2006. b) Asegurar que no se utilicen los recursos de la Municipalidad a favor o en contra de los Candidatos durante los Procesos Electorales del 2006. 1.2. Base Normativa: Los fundamentos de esta Directiva estan contenidos en las siguientes normas. a) Constitucion Politica del Peru. b) Codigo Penal. c) Ley Nº 26859 - Ley Organica de Elecciones. d) Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica. e) Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley del Codigo de Etica. f) Ley Nº 28175 - Ley MORDAZA del Empleo Publico. g) Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. h) Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la MORDAZA Administrativa. i) Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Fomento del Empleo. 1.3. Principios Rectores: Los Empleados de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, tienen la obligacion, durante los Procesos Electorales del 2006, de observar, contribuir y respetar los siguientes principios: a) Transparencia, para garantizar una actuacion publica diafana que no admite guardar reserva sino en aquellos casos dispuestos por la Ley. b) Imparcialidad y neutralidad, para asegurar que ningun empleado publico actue a favor o en contra de las Organizaciones Politicas o de los Candidatos que participan en los Procesos Electorales del 2006, utilizando para ello el poder derivado de su cargo. c) Equidad, para asegurar que quienes participen en un MORDAZA Electoral tengan las mismas oportunidades dentro del MORDAZA legal y frente a las garantias que debe dar el Estado a los ciudadanos para el ejercicio del derecho de participacion politica. 1.4. Ambito de Aplicacion: Esta Directiva es de cumplimiento obligatorio para:

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