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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (07/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 316332 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2006 VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 154- 2006-PRES; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política,económica y administrativa en asuntos de sucompetencia, teniendo como finalidad esencial fomentarel desarrollo integral sostenible; Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidadpromover la transparencia de los aptos del Estado yregular el derecho fundamental del acceso a lainformación consagrado en el numeral 5 del artículo 2ºde la Constitución Política del Perú; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 154- 2006-PRES de Vistos, se dejó sin efecto la designacióncomo responsable de brindar información requerida porlos ciudadanos en aplicación de la Ley Nº 27806 y suReglamento, al abogado Martín Orlando Soto Ramos; Que, es atribución del Presidente Regional dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos; Que, corresponde dar continuidad a la responsabilidad de brindar la información requerida por los ciudadanos yotras entidades en aplicación de la Ley Nº 27806; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; En uso de las facultades contenidas, en los incisos a) y d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales y en aplicación de lo dispuesto porel Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha al abogado LUIS GUILLERMO FLORES VALDERAS, Subgerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, responsable de brindar informaciónrequerida por los ciudadanos en aplicación de la LeyNº 27806 y su Reglamento. Artículo Segundo.- Comunicar el contenido de la presente Resolución Ejecutiva Regional a la Oficina de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Lima y al interesado. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 06254 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamientode Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 101-2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por LaLey de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IVsobre Descentralización – Ley Nº 27680, la Ley de Bases dela Descentralización – Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, y demás normas Complementarias; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobreDescentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los GobiernosRegionales y Locales son competentes para aprobar suorganización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902,establece en el numeral 1, literal c), que son competenciasexclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado ylas Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso a) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada porla Ley Nº 27902, establece como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materiasde competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado loslineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP – de las entidades de la Administración Pública, que en el artículo 14º, numeral14.5, establece que en el caso de las DireccionesRegionales Sectoriales y demás entidades que mantienendependencia funcional y técnica con los Ministerios, elproyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que establece el respectivo Ministerio, debiendo el órgano encargado dedicho Ministerio emitir opinión previa; Que, el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Vivienda,Construcción y Saneamiento, ha sido formulado en concordancia con los dispositivos legales vigentes, asimismo se ha cumplido con el requisito previo de laopinión técnica favorable de la Oficina General dePlanificación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento; Que, mediante Informe Nº 022-2006/GRP-410300, de fecha 8 de marzo del 2006, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional Piura, a través de laSubgerencia Regional de Desarrollo Institucional,concluye y recomienda que es procedente la aprobacióndel Cuadro de Asignación de Personal –CAP- de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y que debe ser aprobado a nivel regionalmediante la Ordenanza Regional correspondiente; Que, mediante Informe Nº 076-2006/GRP-460000, de fecha 26 de enero del 2006, la Oficina Regional deAsesoría Jurídica del Gobierno Regional Piura, emite opinión legal respecto al proyecto del Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional deVivienda, Construcción y Saneamiento, señalando queen la elaboración del mismo se ha seguido el procedimientoestipulado en el D.S Nº 043-2004-PCM, por lo quecompete al Consejo Regional emitir Ordenanza Regional de aprobación del CAP de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Piura; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Extraordinaria Nº 03, de fecha 14 de marzo del2006, con dispensa del trámite de lectura y aprobacióndel Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO DE PIURA Artículo Primero.- Apruébese el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regionalde Vivienda, Construcción y Saneamiento de Piura, queconsta de trece (13) cargos asignados, de acuerdo a los formatos Nºs. 01 y 02 (05 folios) que forman parte de la presente Ordenanza Regional.