Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2006 (07/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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del Comite de Etica, Transparencia y Anticorrupcion de dicha MORDAZA Registral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 06173

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador interponer denuncia penal contra presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 145-2006-PRES.
MORDAZA, 30 de marzo del 2006. VISTOS; fecha 29 de Regional Nº GRL/SGRAJ y, el Acuerdo de Directorio de Gerentes de marzo del 2006, la Resolucion Ejecutiva 052-2006-PRES, el Informe Nº 190-2006del que forman parte como antecedentes;

CONSIDERANDO; El articulo 78º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que, la defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional se ejerce judicialmente por un Procurador Publico Regional; Que, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del estado a nivel de Gobierno Regional, para que el Procurador inicie cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con autorizacion otorgada por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 094-2003PRES se aprobo el Reglamento de Directorio Regional de Gerentes del Gobierno Regional de Lima; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 052-2006PRES de Vistos, se encargo al Dr. MORDAZA MORDAZA Maurtua Bendrell, la labor de Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con las facultades y atribuciones que senala el D. Ley Nº 17537 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 002-2000-JUS, el articulo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y, el Decreto Supremo Nº 0022003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional; Que, de la revision del Acta de Directorio de Gerentes Regionales de Vistos, se tiene que la Empresa JC COGE E.I.R.L., representada por su Gerente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paucarhuanca, participo en el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 005-2005-GRL-CEP referido al "Servicio de Alquiler de Maquinaria Pesada", adjudicandose la Buena Pro; para la suscripcion del contrato se le requirio la documentacion respectiva. Revisada esta documentacion se observo que la Carta Fianza Nº 831967 de fecha 8.11.2005 por el importe de S/. 19,528.46 nuevos soles no fue expedida por el Banco de Credito del Peru; la supuesta Garantia fue presentada por la Empresa JC COGE E.I.R.L. con el fin de cumplir con los requisitos legales previstos en el articulo 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004PCM y poder suscribir el Contrato Nº 405-2005-GRL; esto quedo demostrado con la Carta de fecha 17 de febrero del 2006 suscrita por los funcionarios responsables del citado Banco. Mas aun, del tenor de la Carta de fecha 19 de marzo del 2006 suscrita por MORDAZA

MORDAZA MORDAZA Paucarhuanca Gerente de la Empresa JC COGE E.I.R.L., quien senala que "se encuentra tramitando la Garantia de Fiel Cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Contrato Nº 405-2005GRL de fecha 8 de noviembre del 2005 razon por la cual en el transcurso de la semana estaremos remitiendo a su despacho la respectiva garantia", se evidencia la comision del ilicito penal de falsificacion de documentos en agravio del Gobierno Regional de Lima. Recayendo la responsabilidad penal en el representante de la empresa de conformidad al articulo 27º del Codigo Penal; Los hechos descritos precedentemente, encuadran en el MORDAZA penal del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previsto y sancionado por el Articulo 427º del Codigo Penal; acto ilicito que corresponde ser denunciado e investigado por el Ministerio Publico y procesado ante los organos jurisdiccionales pertinentes para efectos de imponer las penas correspondientes al autor y a los que resulten responsables; para tal efecto, mediante Acta de Sesion de Directorio MORDAZA referida, donde consta el acuerdo de Gerentes Regionales, se ha aprobado autorizar al Procurador Publico Regional a dar inicio a las acciones legales pertinentes en salvaguarda de los intereses y derechos del Gobierno Regional de Lima; Asimismo mediante Resolucion Gerencial General Regional Nº 082-2006-GGR de fecha 29 de los corrientes se ha dispuesto Resolver el Contrato de Servicio de Alquiler de Maquinaria Pesada, suscrito entre el Gobierno Regional de MORDAZA con la Empresa JC COGE E.I.R.L. por la causal de incumplimiento injustificado acordandose tambien en el Acta de Directorio de Gerentes Regionales autorizar al Procurador Publico Regional el inicio a las acciones civiles a que MORDAZA lugar; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de las Gerencias Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territor ial, de Infraestructura, de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente, de Desarrollo Economico y de Desarrollo Social, con la visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica y con la intervencion de la Subgerencia Regional de Administracion del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Maurtua Bendrell, a interponer denuncia penal ante el Ministerio Publico, contra WALTHER MORDAZA MORDAZA PAUCARHUANCA y contra los que resulten responsables, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en agravio del Gobierno Regional de MORDAZA, ilicito tipificado en el articulo 427º del Codigo Penal. Articulo Segundo.- En salvaguarda de los intereses y derechos del Gobierno Regional de MORDAZA, se dispone tambien Autorizar al Procurador Publico Regional a interponer las acciones civiles a que hubiere lugar, como consecuencia del ilicito perpetrado en su agravio. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Ejecutiva Regional y sus antecedentes a la Procuraduria Publica Regional, para el cumplimiento de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 06252

Designan funcionario responsable de brindar informacion requerida por ciudadanos en aplicacion de la Ley Nº 27806 y su Reglamento
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 162-2006-PRES
MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2006

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