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PÆg. 309701 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 de energía, errores administrativos, etc.) y son generadas por agentes externos a la red, que pueden ser causadas por iniciativa del usuario o por acción/ omisión de la empresa. Dependen más del tipo de gestiónde la empresa, de aspectos gerenciales y de políticas internas de la empresa, que orienten de forma clara su relación con el mercado. En este sentido, el bajo nivel depérdidas no técnicas de Electrocentro no se debe a la conexión de una pequeña Central Hidroeléctrica en la cola de un alimentador de la subestación Parque Industrialde Huancayo, sino a la gestión comercial eficiente de la empresa; Que, por lo expuesto, se reitera que las pérdidas no técnicas reales del sistema eléctrico Huancayo a pesar de operar con redes convencionales, son menores que las pérdidas no técnicas estándares. Es decir, la empresareal ha superado exitosamente en las actuales condiciones de red, los niveles eficientes reconocidos como pérdidas no técnicas, por el cual no se puedeacoger el requerimiento de LAS EMPRESAS. Por lo señalado, el porcentaje fijado por el OSINERG constituye una señal razonable; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; 2.3 Costo de Operación y Mantenimiento (COyM) 2.3.1 Remuneraciones del personal2.3.1.1 Sustento del Petitorio Que, LAS EMPRESAS señalan que, el OSINERG para estimar el nivel remunerativo asignó al Gerente II la remuneración del Jefe de Unidad de Negocio deHuancayo; sin embargo Electrocentro (ST2) no cuenta dentro de su estructura orgánica con el cargo de Jefe de Unidad de Negocio Huancayo; Que, solicitan que, se considere al Jefe del Control de Operaciones y Mantenimiento de Distribución de Huancayo (ST2) como equivalente al nivel de Jefe deUnidad de Negocio Huancayo y modificar la unidad nominal base para definir las remuneraciones de la empresa modelo de S/.6 000 a S/.7 750 que correspondeal sueldo básico del cargo propuesto (se adjunta como Anexo 01.COyM: ST2, ST3 Fotocopias de las boletas de pago de remuneraciones). Indican que, estacorrección modifica el costo de operación y mantenimiento en media y baja tensión, el Cargo Fijo y la asignación de los costos indirectos; 2.3.1.2 Análisis Que, las remuneraciones adoptadas son las calculadas para la empresa modelo que no necesariamente responde a la empresa real. Debetenerse en cuenta que en la visita de campo realizada a la ciudad de Huancayo, la empresa distribuidora entregó los datos relevantes que se utilizaron para la elaboracióndel estudio de costos de operación y mantenimiento. En este sentido, conforme a dichos datos a diciembre de 2004, la información suministrada por LAS EMPRESAS,fue la que se tomó como base para la determinación de las escalas salariales; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; 2.3.2 Costos derivados del hurto de conductores y otros materiales 2.3.2.1 Sustento del PetitorioQue, LAS EMPRESAS señalan que, las redes de distribución eléctrica sufren continuamente el hurto deconductores y luminarias. Así, por ejemplo, entre los años 2001 y 2004 las empresas del Grupo Distriluz han sufrido el hurto de 590.7 km de conductor; Que, mencionan que, para garantizar la confiabilidad y continuidad del suministro las empresas concesionarias deben reponer los conductores y otro material robado,de modo que las redes sigan operando adecuadamente. Esta reposición genera un costo de naturaleza constante para las empresas, dado el nivel de incidencia de losrobos; Que, finalmente LAS EMPRESAS señalan que, además de los costos de reposición y los derivados decortocircuitos o interrupciones del suministro, las empresas deben cubrir distintos costos adicionales vinculados con tal actividad delictiva, entre los que pueden señalarse los siguientes: suministro, transporte y montajede la infraestructura afectada; maniobras para reestablecer el servicio; perjuicio para la imagen de la empresa frente al usuario por las interrupciones; lucrocesante por la pérdida del pago por la energía y potencia dejada de vender; mantenimientos de frecuencia fija; atención de reclamos; costos por denuncias, pruebas yreportes al OSINERG, etc; Que, por lo mencionado, solicitan se le reconozcan los costos como consecuencia del hurto de conductorescomo parte de los costos de operación y mantenimiento; 2.3.2.2 AnálisisQue, la gestión de custodia y salvaguarda de los activos de la empresa distribuidora, forma parte de laestrategia empresarial, en la cuál el OSINERG no tiene injerencia; Que, en este sentido, las empresas de distribución, dentro de sus actividades de contacto con la comunidad, deberían realizar esfuerzos para difundir que el robo de conductores es una actividad ilícita que va en perjuiciode los mismos usuarios. Esta difusión debería realizarse mediante notas de prensa, avisos en los medios de comunicación y como mensajes escritos en los recibosde facturación, de forma que se logre la concientización de los propios usuarios. Así también, de forma indirecta, a través de las distintas actividades relacionadas con elmantenimiento preventivo de las instalaciones de distribución, actividades comerciales (toma de lecturas, reparto de recibos) es posible realizar actividades devigilancia de las instalaciones de distribución; Que, el cumplimiento obligatorio de los programas de mantenimiento preventivo y la ejecución de actividadescomerciales de forma eficiente, ayudan a las empresas a que los usuarios tengan la percepción que las empresas concesionarias supervisan continuamentesus instalaciones y de esta forma se configuran mecanismos disuasivos para las acciones de robo de conductores; Que, asimismo, dado que en nuestro país se han dictado leyes que condenan los ilícitos mencionados por LAS EMPRESAS, no se pueden reconocer este tipo decostos ya que si ello ocurriera la empresa no tendría señales para perseguir se aplique la ley, resultándole igual que le roben ó no, pues habría transferido estoscostos al usuario; Que, además, no corresponde el resarcimiento por hurto de conductores, por cuanto la empresa, enaplicación de las leyes vigentes en el país, tiene expeditas otras vías (civil y judicial) para atacar el problema. Esto es parte del riesgo empresario, teniendo la empresa elderecho de realizar acciones de denuncia policial y reclamo judicial, para enfrentar estos ilícitos; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; 2.3.3 Costos del Comité Operativo de Gestión2.3.3.1 Sustento del Petitorio Que, LAS EMPRESAS señalan que, el Comité Corporativo de Gestión, su estructura orgánica y sus funciones se encuentran incorporados en el Manual deOrganización y Funciones aprobado por el Directorio de LAS EMPRESAS. Los costos involucrados en el funcionamiento del Comité son asumidos por las cuatroempresas del grupo en porcentajes correspondientes a su volumen de ventas; Que, mencionan que, el objetivo del Comité es optimizar la operación de las empresas y busca costos eficientes aprovechando los beneficios de las economías de escala que se manifiestan, por ejemplo, a través decompras consolidadas. Indican que, en efecto, desde la creación del Comité, la política de compras corporativas muestra importantes reducciones en los costos de losmateriales y equipos de distribución; Que, añaden que, según el OSINERG en los ST2, ST3 y ST4 la empresa modelo se diseñó sin considerareconomías de escala en la compra conjunta de materiales y equipos, asumiendo únicamente los precios de mercado, por lo cual las reducciones derivadas de las