Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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b.2 Calidad de Suministro (ST2, ST3 y ST4) Que, si bien esta suspendida la aplicacion de la NTCSE para el ST4, el diseno de las redes realizado por el OSINERG para los ST2, ST3 y ST4 tiene por finalidad garantizar las condiciones de suministro establecidas en la LCE y su Reglamento. Los modelos utilizados para los mencionados sectores tipicos cumplen los indices de calidad de suministro establecidos en la NTCSE, lo que se logra mediante los esquemas de proteccion disenados, los que resultan adecuados; b.3 Calidad de Producto: Desbalance de cargas (ST2) Que, en los modelos de calculo de red han sido considerados las caidas de tension y las perdidas tecnicas producidos por el desbalance de los sistemas trifasicos por efecto de cargas monofasicas. Los modelos utilizados para el dimensionamiento de la red han verificado en todos los casos el cumplimiento de las caidas de tension, segun lo establecido por la MORDAZA NTCSE; c) Estandar de calidad del suministro: Costos de Inversion, Operacion y Mantenimiento Anual (ST2 y ST3). Que, los costos solicitados de equipos de medicion para el cumplimiento de la NTCSE estan contemplados dentro del punto Equipos, Sistemas y Software que contiene los costos de inversion de los sistemas de soporte de la empresa distribuidora, en el item "Equipos de Almacenes, Medicion y Control"; Que, para el cumplimiento de lo establecido en la NTCSE se ha considerado en la empresa modelo en ambos sectores las siguientes cantidades de equipos de medicion y registro y sus costos asociados; Que, por lo mencionado, si se ha considerado el equipamiento necesario para el cumplimiento de la NTCSE, a efectos del monitoreo de los parametros de calidad; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse fundado en la parte correspondiente al reconocimiento de equipos de proteccion y seccionamiento con su equipamiento auxiliar para proteccion de fallas a tierra, acordes con las caracteristicas del ST2, e infundado en lo demas que contiene; 2.4.6 VNR no electrico (ST2 y ST4) 2.4.6.1 Sustento del Petitorio Que, LAS EMPRESAS senalan que, en la fijacion del VNR empresa, mediante la Resolucion Nº 180-2005-OS/ CD el OSINERG reconocio determinados VNR no electricos a las empresas distribuidoras, aplicando para tales efectos distintos modulos. Anaden que, no obstante ello, utilizando solo un metodo de porcentajes en la Resolucion Nº 181-2005-OS/CD se reconoce VNR mucho menores tanto para Electrocentro como para Electronoroeste; Que, mencionan LAS EMPRESAS que, el OSINERG no sustenta Ias razones para utilizar en este caso una metodologia distinta a la que ha utilizado previamente. En tal sentido, indican que, debe afirmarse que no hay razon para aplicar dos metodologias distintas para la determinacion de la misma variable. Afirman que, a fin de realizar la valorizacion del VNR no electrico conforme a la metodologia utilizada en la fijacion del VNR empresa, tendria que considerarse: (i) para el ST2 (sistema electrico modelo que atiende 59630 clientes) los modulos S-7, B8C y B8D; y para el ST4 (sistema electrico modelo que atiende 25299 clientes) los modulos B5A, B5C y B5D cuyos impresos se adjuntan en el Anexo Nº 13VNR; 2.4.6.2 Analisis Que, los estudios de costos del VAD se efectuan en base al diseno de una empresa modelo eficiente. La determinacion del VNR no electrico responde a las necesidades de un funcionamiento eficiente. Su valor no tiene porque representar un porcentaje determinado del total de VNR, ni tampoco corresponder con los valores del VNR no electrico de la empresa real;

Que, el VNR no electrico considerado en los estudios del VAD se refiere a las instalaciones necesarias para operar eficientemente el sistema electrico modelo; Que, el estudio del VNR no electrico que mencionan LAS EMPRESAS, se refiere a las instalaciones de la empresa real que han sido adaptadas a traves de modulos estandares acordes con el procedimiento establecidos en la Guia de Elaboracion del VNR, y cuyos resultados son empleados para verificar la rentabilidad de las tarifas obtenidas en el estudio del VAD, pero no para determinar los costos del VAD y por lo tanto no son comparables con el VNR optimizado de la empresa modelo; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; 2.4.7 Costos derivados del cumplimiento de normas sobre distancias minimas (ST2) 2.4.7.1 Sustento del Petitorio Que, LAS EMPRESAS senalan que, en aplicacion del articulo 76º de la LCE, la adaptacion de las redes existentes debe realizarse cumpliendo las disposiciones del CNE, el Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electrico, Resolucion Nº 0112004-OS/CD, entre otras. Indican que, de acuerdo con dichas normas, se deben respetar las distancias minimas entre instalaciones electricas e inmuebles u otros, de modo que se garantice la integridad y seguridad de la poblacion; Que, menciona que, no obstante lo anterior, el OSINERG solo ha considerado 18 kilometros de conductor preensamblado y 12 kilometros de red subterranea en Media Tension, mientras que en Baja Tension no considera doble posteria en vias de extension mayor a 12 metros, lo que impide a las empresas distribuidoras cumplir las normas sobre distancias minimas MORDAZA senaladas; Que, en lo referido a la Media Tension, indican que utilizando un criterio de reparticion por porcentajes, el OSINERG ha considerado las redes aereas convencionales con conductor desnudo, las redes autoportantes y las redes subterraneas aplicando factores denominados FMT1 y FMT2 (pagina 40 del Informe del Supervisor VAD). Sin embargo, afirman que, el regulador no ha presentado el significado y alcances de dichos factores. De la revision de los archivos del Sistema GIS de LAS EMPRESAS, sobre catastro y MORDAZA de vias, se obtienen los siguientes resultados: Subterraneo = 17.2 km (vias menores a 8 metros), Autosoportado = 115.35 km (vias de 8 a 12 metros). Adjuntan el Anexo Nº 14VNR: ST2 con el sustento de tales resultados; Que, en consecuencia, LAS EMPRESAS solicitan que, el OSINERG debe reconocer los gastos necesarios para el cumplimiento de las distancias minimas de seguridad establecidas en la normativa sobre la materia, agregando los metrados correspondientes de redes y postes con una proporcion adecuada de redes aereas con conductor desnudo y aislado; 2.4.7.2 Analisis Que, los armados aereos de red convencional considerados fueron definidos en base al estudio de "Costos Estandar de Inversion de las Instalaciones Electricas de Distribucion Electrica Ano 2000" del OSINERG, utilizado en la Fijacion del VNR de las Instalaciones de Distribucion Electrica; Que, las zonas con problemas de distancias minimas se han determinado mediante un estudio particular y para estas se han utilizado, a) cables subterraneos para MORDAZA de mayor densidad y, b) conductor preensamblado (o autoportante) para las restantes zonas en el caso de ser necesarias por las dimensiones reducidas de veredas; Que, en este sentido, en todo sistema electrico hay partes urbanas y no urbanas y esto se puede observar al analizar los resultados obtenidos de los mapas de densidades (tipo A, B, C, D y E) realizados en ambos sectores con los sistemas georeferenciados suministrados por LAS EMPRESAS. En la MORDAZA de alta densidad "A" se ha utilizado el 100 % de red de media subterranea y para las zonas B, C y D se adoptado una proporcion de red autoportante de acuerdo con los

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