Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2006 (15/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

328182

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006

concejo, sin afectar la participacion del resto de candidatos. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02099-11 RESOLUCION Nº 1585-2006-JNE Exp. Nº 1365-2006 MORDAZA, 11 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 11 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Condorcahuana MORDAZA personero legal titular del partido politico "Union por el Peru" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del Callao, contra la Resolucion Nº 0056-2006-JEE/CALLAO de fecha 2 de setiembre de 2006, expedida por el referido MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial del Callao resolvio denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, por el partido politico "Union por el Peru", de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, debido a que: 1) El Plan de Gobierno no se encuentra suscrito por el personero legal; y, 2) El ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor, se encuentra afiliado al partido politico "Peru Posible", de acuerdo al reporte del Registro de Organizaciones Politicas, no habiendo presentado su carta de renuncia en el plazo establecido por la ley, ni la autorizacion respectiva de dicho partido; Que, el recurrente sostiene en su escrito de apelacion 1) Que el Plan de Gobierno se encuentra debidamente suscrito por el personero legal; 2) Que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumplio con presentar el documento que acredita la autorizacion oportunamente con la solicitud de inscripcion, que al momento de ser presentada el MORDAZA Electoral Especial no levanto observacion respecto de la falta de dicho documento; y, 3) Que ante la posibilidad de que la respectiva autorizacion se MORDAZA traspapelado por la aglomeracion de publico al interior y fuera de las instalaciones del MORDAZA Electoral Especial del Callao, adjunta al escrito de apelacion, la solicitud y la Resolucion Nº 014-2006-SG-PPVENTANILLA-CALLAO de fecha 13 de junio de 2006, expedida por el Secretario Distrital del partido politico "Peru Posible", que autoriza al militante MORDAZA MORDAZA MORDAZA para postular por otro partido politico; Que, se corrobora de autos la firma del personero legal registrada en el Plan de Gobierno, teniendose por cumplido dicho requisito; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 18º, tercer parrafo, de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, el candidato que continue afiliado a un partido politico, debera contar con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que pertenece no presente candidatos en la respectiva circunscripcion, debiendo adjuntarse esta a la solicitud de inscripcion; por tanto, no existiendo fisicamente la autorizacion referida por el recurrente, en los documentos anexos a la solicitud de inscripcion, y siendo que la autorizacion concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA debio ser presentada junto a la solicitud de

inscripcion, y no con posterioridad como se ha hecho, deviene extemporanea; Que, de la diversidad de situaciones concretas que ha venido conociendo este Tribunal, se ha revelado que la rigurosidad del MORDAZA de calificacion de las listas de candidatos a cargos regionales para su admision a tramite, podria producir una afectacion al derecho fundamental de participacion politica de los demas candidatos comprendidos en una lista por el solo hecho de la descalificacion de uno o mas de ellos; por lo que, en este supuesto, el criterio a establecerse debe ser el que permita la participacion de los demas integrantes de la lista, debiendose admitir a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que, en la etapa de calificacion se MORDAZA determinado que no cumplen con los requisitos exigidos para postular en elecciones regionales, de acuerdo a la ley de la materia; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Union por el Peru" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del Callao; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 0056-2006-JEE/CALLAO emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del partido politico "Union por el Peru" para el Concejo Distrital de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, para las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02099-15 RESOLUCION Nº 1587-2006-JNE Exp. Nº 1367-2006-APEL MORDAZA, 11 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 11 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal nacional del par tido politico "Por la Democracia SocialCompromiso Peru" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del Callao, contra la Resolucion Nº 0079-2006JEE/CALLAO de fecha 3 de setiembre de 2006, expedida por el referido MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial del Callao resolvio denegar la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao, del partido politico "Por la Democracia Social- Compromiso Peru", en el MORDAZA de Elecciones Municipales del presente ano, debido a que la candidata a regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Acuna se encuentra afiliada al partido politico "Accion Popular" y no cumple con adjuntar la renuncia o el documento que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.