Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2006 (15/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02099-18

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 15 de setiembre de 2006

atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal alterno de la alianza electoral "Confianza Peru"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 92-2006JEE/LN de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de la alianza electoral para el Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02054-16 RESOLUCION Nº 1596-2006-JNE Expediente Nº 1376-2006 MORDAZA, 11 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 11 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Democratico Somos Peru", MORDAZA MORDAZA Dalguerre Banares, contra la Resolucion Nº 015 de fecha 30 de agosto de 2006, expedida el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento del MORDAZA, presentada por el partido politico "Partido Democratico Somos Peru" en el MORDAZA de Elecciones Municipales de 2006, debido a que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata al cargo de regidor del mencionado Concejo, se encuentra, conforme al reporte de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, afiliada al partido politico "Accion Popular"; Que, el recurrente indica en su escrito de apelacion que dicha candidata presento su carta de renuncia irrevocable al partido politico "Accion Popular" con fecha anterior al 20 de marzo, la cual fue admitida por dicho partido mediante Resolucion 035-2006-PPAP del 27 de febrero de 2006, adjuntando la misma al recurso de apelacion; Que, segun lo dispuesto por el articulo 18º, tercer parrafo, de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico inscrito; estableciendo la MORDAZA senalada, dos salvedades, la primera es que el candidato MORDAZA renunciado a su partido de origen con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripcion, y la MORDAZA es que el candidato que continue afiliado a un partido politico, cuente con autorizacion expresa de este para presentarse como candidato por otro partido, siempre que el partido al que

Declaran fundadas impugnaciones interpuestas contra resoluciones expedidas por los Jurados Electorales Especiales de MORDAZA Norte, Urubamba, MORDAZA, Maynas y Bongara
RESOLUCION Nº 1592-2006-JNE Exp. Nº 1372-2006 MORDAZA, 11 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 11 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Alterno de la alianza electoral "Confianza Peru", contra la Resolucion Nº 92-2006-JEE/LN de fecha 31 de agosto de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Nº 92-2006-JEE/LN, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a la alianza electoral "Confianza Peru"; en razon a que el Documento Nacional de Identidad del ciudadano, MORDAZA Salhuana MORDAZA, carece de validez por caducidad; y, por no haber cumplido con presentar la carta de renuncia o autorizacion expresa para postular por otra organizacion politica, la ciudadana MORDAZA Luz MORDAZA Monesterio, afiliada al partido politico "Fuerza Democratica"; Que, respecto al ciudadano MORDAZA Salhuana MORDAZA, si bien su Documento Nacional de Identidad se encuentra caduco, es preciso senalar que los derechos no se invalidan por la caducidad del DNI, toda vez que, no implica la suspension del goce del derecho de sufragio, siendo suficiente que el ciudadano se encuentre debidamente inscrito en la Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, condicion que cumple el citado candidato; desvirtuandose el impedimento; Que, en cuanto a la ciudadana MORDAZA Luz MORDAZA Monesterio, efectivamente es afiliada al partido politico "Fuerza Democratica"; sin embargo, debe advertirse que la alianza electoral "Confianza Peru" esta integrada por los partidos politicos "Fuerza Democratica" y "Peru Ahora", y el movimiento regional "Colectivo Ciudadano Confianza Peru", conforme a la Resolucion Nº 179-2006OROP/JNE de fecha 30 de agosto de 2006; en tal sentido, la citada ciudadana no se encuentra en la obligacion de presentar su MORDAZA de renuncia o permiso de su respectivo partido politico, considerando que dicha renuncia o permiso solo es requerida a aquellos candidatos que desearan inscribirse a otro partido politico, movimiento u organizaciones politicas, a fin de participar en el MORDAZA electoral, conforme lo senala el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus

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