NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328500El Peruano miércoles 20 de setiembre de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F /G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G73/G74/G61/G74/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN Nº 1847-2006-JNE Lima, 15 de setiembre de 2006 Visto, el Memorando Nº 254-2006-GNAL/JNE, de la Gerencia de Normatividad y Asuntos Legales con el queremite el proyecto de Reglamento de sobre el uso depublicidad estatal en elecciones municipales y regionales,que incluye las recomendaciones técnicas de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 26486 - Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, establece que es función de este supremo organismo electoral, la administración de justicia en materia electoral y denunciara las personas, autoridades, funcionarios y servidorespúblicos que cometan infracciones previstas en la leyeselectorales; Que, el artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones,aprobado por Resolución Nº 134-2005-JNE, estableceque el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, proponeproyectos de leyes y de normativa en materia de sucompetencia; Que el artículo 192º Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, modificada por la Ley Nº 27369, estableceque a partir de la convocatoria a elecciones quedasuspendida la realización de publicidad estatal encualquier medio de comunicación público o privado, salvo el caso de impostergable necesidad o utilidad pública, dando cuenta semanalmente de los avisos publicados alJurado Nacional de Elecciones o al Jurado ElectoralEspecial, según corresponda; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión, establece que luego de publicada la convocatoria a comicios electorales generales,regionales y municipales, ninguna entidad estatal aexcepción de los organismos del sistema electoral,pueden contratar aviso publicitario alguno en los serviciosde radiodifusión, salvo autorización expresa del Jurado Nacional de Elecciones; Que, habiéndose convocado a elecciones regionales y municipales para el año 2006, es necesario establecerlas disposiciones para regular el uso de la publicidadestatal en los medios de comunicación dentro de las normas electorales vigentes a la fecha; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y en el Reglamento deOrganización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “REGLAMENTO SOBRE EL USO DE PUBLICIDAD ESTATAL ENELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES”; cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. S.S. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENAS VELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e)REGLAMENTO SOBRE EL USO DE PUBLICIDAD ESTATAL EN ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES TÍTULO I - GENERALIDADES CAPÍTULO 1 - CONCEPTOS GENERALES Artículo 1º.- Objetivo Establecer las disposiciones reglamentarias que las entidades del Estado, después de convocada lasElecciones Regionales y Municipales, deberán cumplir para contratar o reportar su inversión en publicidad estatal al Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación 2.1. Ámbito de aplicación espacial Todas las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, en los términos que establece la Constitución ylas Leyes, a excepción de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Jurado Nacional deElecciones. 2.2. Ámbito de aplicación temporal A partir de convocatoria de elecciones, hasta 15 días después de la proclamación de los resultados. 2.3. Vigencia A partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Aplicación A partir de la publicación del presente Reglamento. Artículo 4º.- Base Legal - Artículo 99º de la Constitución Política del Perú. - Artículos 192º y 362º de Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, modificada por la Ley Nº 27369. - Artículo 53º de la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión. - Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública. - Resolución Nº 036-2004-P/JNE, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del JNE,modificado por Resolución Nº 139-2004-P/JNE. - Artículo 5º de la Ley Nº 28874 - Ley que regula la Publicidad Estatal. Artículo 5º.- Definiciones Para el presente Reglamento se utilizarán las siguientes definiciones: 5.1. Publicidad Estatal Son todos los recursos públicos utilizados en propaganda a favor del Estado, tanto para el gobierno nacional, regional y local a través de escritos, imágenes(fotografía, video, dibujos u otra similar) y grabaciones que pueden ser difundidos, exhibidos o distribuidos a través de los siguientes medios: a) Letreros, carteles, paneles, pancartas y banderas. b) Anuncios luminosos.c) Altoparlantes. d) Boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes o panfletos. e) Camisetas u otra indumentaria. f) Calendario, pines, llaveros, lapicero u otros útiles. g) Diarios y revistas (periódicas o no).h) Televisión de señal abierta o cerrada. i) Radiodifusión. j) Internet.k) Otros Conexos.