Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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PROYECTO

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

calificacion de fuerza mayor o de exoneracion del pago de compensaciones por interrupciones programadas por reforzamientos o ampliaciones de instalaciones existentes en los sistemas de transmision, e impondra las sanciones respectivas de acuerdo a lo establecido en la escala de multas vigente. Ademas en los casos en que la conducta se adecue a los supuestos previstos en el Titulo XIX Delitos contra la Fe Publica del Codigo Penal, esta sera comunicada al Ministerio Publico para que inicie la accion penal correspondiente. VI. TITULO MORDAZA DISPOSICION FINAL Primera.- Las disposiciones de la presente Directiva se aplicaran a todas las solicitudes de calificacion de

fuerza mayor y de exoneracion de compensaciones por reforzamiento o expansion de instalaciones existentes de los sistemas de transmision presentadas a partir del dia siguiente de la fecha de su publicacion, aplicandose los criterios establecidos en sus Titulos II y IV a los procedimientos que se encuentren en tramite. Segunda.- En el caso de solicitudes de exoneracion del pago de compensaciones declaradas como fundadas, si el Concesionario realizara los trabajos en forma diferente a lo aprobado (tanto en tiempo como en caracteristicas de los equipos y materiales instalados), OSINERG aplicara las sanciones que correspondan segun la legislacion vigente. Tercera.- Derogase la Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 010-2004-OS/CD de fecha 26 de enero de 2004, mediante la cual se aprobo la "Directiva para la Evaluacion de las Solicitudes de Calificacion de Fuerza Mayor para Instalaciones de Transmision y Distribucion".

ANEXO 01 DOCUMENTACION MINIMA PROBATORIA - CALIFICACION DE SOLICITUD DE FUERZA MAYOR
DOCUMENTO Acto Impacto de Vandalico Vehiculo contra instalacion electrica X X X X X X X X Afectacion Afectacion Fenomeno Accidente de de Naturales que instalaciones instalaciones involucran por trabajos por accion lesion o programados no intencional muerte de terceros. (b) X X X X X X X X X X X X X X X Hurto de Averia conductores provocada y/o por poda o equipos MORDAZA de electricos arboles X X X X X X X X Solicitud de Autoridad Otros

MORDAZA del Cargo de MORDAZA de la Notificacion a OSINERG dentro de las 48 horas Informe Tecnico del hecho causante de la variacion (a) Informe detallando las medidas de prevencion adoptadas Documentacion tecnica indicando que la instalacion afectada cumple con las distancias minimas de seguridad establecidas en las normas respectivas Parte Policial en base a una inspeccion o constatacion por parte de los efectivos policiales de la MORDAZA, de los hecho ocurridos y de las instalaciones afectadas (c) MORDAZA del aviso a los usuarios afectados, con la indicacion del medio y la fecha en la cual se emitio. Registro fotografico que muestre las instalaciones afectadas. El cual debera ser a MORDAZA, con la fecha y hora inscritas, mostrando ademas elementos que MORDAZA reconocible el lugar. Informe de la entidad responsable: SENAMHI, Instituto Geofisico del Peru, o Defensa Civil (d). Informe de Investigacion del Accidente realizado por la empresa concesionaria o quien MORDAZA designe

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(a) Contenido Minimo del informe Tecnico: 1. Fecha y hora de Inicio de la variacion. 2. El distrito y provincia al cual pertenecen los sectores afectados. 3. El Motivo de la Variacion. 4. Croquis de ubicacion geografica de la MORDAZA afectada, con indicacion de la ubicacion de la falla. 5. Fecha y hora de la reposicion total del suministro de energia electrica. 6. Sustento tecnico en el que se justifique el lapso de tiempo empleado para la reposicion total del servicio electrico. 7. Los equipos e instalaciones afectadas, (con detalle de los danos ocasionados). 8. Maniobras efectuadas en caso de la ejecucion de reposiciones parciales del servicio electrico. 9. Esquema electrico unifilar (o de operacion) con indicacion de la actuacion del sistema de proteccion y la ubicacion del desperfecto. 10. La actuacion del sistema de proteccion, MORDAZA de MORDAZA registrada. 11. El Codigo de identificacion de la interrupcion utilizado en los reporte enviados a la Unidad de Calidad de los Servicios Electricos del OSINERG. 12. El Codigo de identificacion del alimentador afectado. El Informe Tecnico sera considerado como declaracion jurada y debera ser firmado y visado por un ingeniero colegiado, que se encuentre habil para el ejercicio de la profesion. (b) OSINERG designara a un supervisor para la investigacion del accidente. (c) El parte policial debe ser resultado de la inspeccion a las instalaciones afectadas y no de una trascripcion de los hechos por parte de un representante del concesionario o de un tercero no identificado. Solo para el caso de localidades alejadas se aceptara, en forma alternativa, como medio probatorio, la documentacion emitida por la correspondiente autoridad de la MORDAZA (d) Informe debera indicar en forma expresa que las Condiciones Atmosfericas presentadas fueron de intensidad superior a lo Normal.

EXPOSICION DE MOTIVOS DIRECTIVA PARA LA EVALUACION DE SOLICITUDES DE CALIFICACION DE FUERZA MAYOR Y EXONERACION DE COMPENSACIONES POR REFORZAMIENTO O EXPANSION DE INSTALACIONES EXISTENTES EN LOS SISTEMAS DE TRANSMISION De acuerdo con lo establecido en el articulo 169º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, corresponde a OSINERG la calificacion de fuerza mayor de las causas que originen la variacion transitoria de las condiciones del suministro indicada en el articulo 87º de la citada Ley. Por lo cual, mediante Resolucion OSINERG Nº 010-2004-OS/CD de fecha 26 de enero de 2004, se aprobo la Directiva para la Evaluacion de las Solicitudes de Calificacion de Fuerza Mayor para Instalaciones de Transmision y Distribucion.

Mediante Decreto Supremo Nº 026-2006 de fecha 21 de MORDAZA de 2006, se modifico el articulo 3.1 y la Tercera Disposicion Final de la MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos, en lo referido a la MORDAZA de la solicitud de Fuerza Mayor, incluyendo ademas la figura de la exoneracion de compensaciones para las variaciones de en las condiciones del suministro provocadas por la ejecucion de trabajos de reforzamiento o ampliacion de instalaciones existentes de la red de transmision. En ese sentido, se observa la necesidad de contar con una nueva Directiva que recoja las modificaciones al procedimiento de Fuerza Mayor, y que establezca los requisitos y criterios basicos para la evaluacion de solicitudes de exoneracion de compensaciones por reforzamiento o expansion de instalaciones existentes en los sistemas de transmision. 02298-1

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