NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328602El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006 Artículo 11º.- INFRACCIÓN SUBSANABLE No será aplicable la multa si en el termino de 3 días útiles de notificado el infractor de alguna de las disposiciones de esta Ordenanza, procede a subsanar las infracciones constatadas. TÍTULO V RETIRO DE LA PROPAGANDA POLÍTICA ELECTORAL Artículo 12º.- Desde la culminación de los procesos electorales, las Organizaciones Políticas, tendrán un plazo máximo de 60 días para retirar su propagandaelectoral, pudiendo disponerse el mismo por personal de la Municipalidad, en caso el partido político no lo haga dentro del plazo establecido, previo pago de la sanción ymulta correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Las Organizaciones Políticas, Partidos Políticos, Movimientos y Listas Independientes o Alianzas Electorales de nivel Provincial o Distrital deberánadecuarse y regularizar las autorizaciones para desarrollar propaganda electoral conforme a la presente Ordenanza, en un plazo improrrogable de 30 díascalendario, contados a partir de la publicación de la misma. Vencido dicho plazo, la Municipalidad procederá al retiro de la propaganda electoral en cualquiera de susmodalidades, por cuenta y costo del infractor. Segunda.- Incorpórese al “Cuadro Único de Infracciones y Sanciones” de ésta Municipalidad, las infraccionescontenidas en el Artículo 10º de la presente Ordenanza. Por tanto, la promulgo en Santa María del Mar, a los ocho días del mes de agosto del dos mil seis. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 02250-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G32/G33/G32/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 ORDENANZA Nº 234 Villa María del Triunfo, 3 de setiembre del 2006 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 3.setiembre.2006, bajo la presidencia del señor AlcaldeDr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sr. Carlos PalominoMaldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos, Dr. Donato Izarra Palomino, Dr. Elías Vara Franco, Sr. Wilfredo Bazán Ramírez y Sr.Carlos Mejía Escajadillo; se trató sobre prórroga de Ordenanza Nº 232 - Beneficios Tributarios; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 232 de fecha 11.agosto.2006 se establece los Beneficios Tributarios "Deuda Cero" en el distrito de Villa María del Triunfo, hasta el 2.setiembre.2006; Que, atendiendo el pedido del vecindario, el Pleno del Concejo considera necesario prorrogar por tiempo prudencial dicha concesión;De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Art. 60º delDecreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal; con el voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, se ha emitidola siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO TRIBUTARIO "DEUDA CERO" Artículo Primero.- PRORROGAR los alcances de la Ordenanza Nº 232 de fecha 11.agosto.2006 que regula beneficios en materia tributaria y no tributaria, hasta el 30.setiembre.2006. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Gerencia deDesarrollo Urbano, Oficina de Informática, Subgerencia de Imagen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 02247-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73 /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G67/G75/G61/G20/G2D/G52/G65/G79/G6E/G6F/G73/G6F ORDENANZA Nº 008-2006-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 29 de abril del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carmen de la Legua- Reynoso, en sesión celebrada el 29 de abril del 2006, mediante Acuerdo de Concejo Nº 031-2006-MDCLR, aprobó la ORDENANZA QUE OTORGA RÉGIMEN DEINCENTIVOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozande autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 las ordenanzas municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructuranormativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicosy las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, es atribución del concejo municipal mediante ordenanza modificar y suprimir sus contribuciones arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la leyconforme a las normas III y IV del Título Preliminar del