Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2006 (21/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano jueves 21 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328591

CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "A" mediante el Informe Nº 1382006-DEB "A"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la apertura de la oficina especial permanente ubicada en la avenida Proceres de la Independencia Mz. K1 Lt. 33, 34 y 35, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02283-1

De conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion - Ley Nº 27806, sus modificatorias por Ley Nº 27927, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003PCM y la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RATIFICAR al Brigadier Mayor CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Imagen Institucional del CGBVP como responsable de brindar la informacion que demanden las personas en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806. Articulo 2º.- El personal y demas funcionarios del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, deberan bajo responsabilidad, facilitar la documentacion y/o informacion que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, dentro de los plazos establecidos en las normas sobre la materia. Articulo 3º.- DESIGNAR al MORDAZA Brigadier CBP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Informatica del CGBVP como responsable de la elaboracion y contenido de la informacion ofrecida via el MORDAZA de Internet del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 02299-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
Ratifican y designan funcionarios responsables de entregar informacion y de actualizar el MORDAZA de Internet
(Se publica la resolucion de la referencia a solicitud del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru mediante Oficio Nº 152-2006-CGBVP/DIGA, recibido el 20 de setiembre de 2006) RESOLUCION JEFATURAL Nº 373-2005-CGBVP San MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 322-2004 CGBVP de fecha 4 de junio de 2004, se designo al responsable de entregar la informacion que demanden las personas, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 372-2005 CGBVP se dejo sin efecto la designacion del responsable de la elaboracion y actualizacion del Por tal de Transparencia del CGBVP; Que, debido a los nuevos nombramientos realizados en el Comando Nacional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, resulta necesario ratificar al responsable de entregar la informacion y designar al MORDAZA responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del CGBVP; Que, en tal sentido y de conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, su modificatoria - Ley Nº 27927, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Reglamento aprobado por mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM resulta necesario designar al MORDAZA responsable de entregar la informacion y al MORDAZA responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del CGBVP;

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a capilla y MORDAZA ubicadas en la Plaza Principal de la Comunidad Campesina de Pircca
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1472/INC MORDAZA, 12 de setiembre de 2006 Visto el Oficio Nº 499-DRC-INC-C-2006 de la Direccion Regional de Cultura Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 079-2006-INC/DPHCRSDR-LGCH la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada por la Direccion Regional de Cultura MORDAZA solicitando la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la "Capilla de la Comunidad Campesina de Pircca", ubicada en la Plaza Principal de la Comunidad Campesina de MORDAZA, distrito de Paccarectambo, provincia de Paruro, departamento de Cusco. La Capilla se encuentra en regular estado de

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