NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 49
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 21 de setiembre de 2006 328591REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "A" mediante el Informe Nº 138- 2006-DEB "A"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la oficina especial permanente ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Mz. K1 Lt. 33, 34 y 35, distrito de San Juan de Lurigancho, provinciay departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas 02283-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74 (Se publica la resolución de la referencia a solicitud del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perúmediante Oficio Nº 152-2006-CGBVP/DIGA, recibido el 20 de setiembre de 2006) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 373-2005-CGBVP San Isidro, 27 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 322-2004 CGBVP de fecha 4 de junio de 2004, se designó al responsable de entregar la información que demanden las personas, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 27806 -Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 372-2005 CGBVP se dejó sin efecto la designación del responsablede la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del CGBVP; Que, debido a los nuevos nombramientos realizados en el Comando Nacional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, resulta necesario ratificar al responsable de entregar la información y designar alnuevo responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del CGBVP; Que, en tal sentido y de conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su modificatoria - Ley Nº 27927, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobadomediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Reglamento aprobado por mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM resulta necesario designar al nuevoresponsable de entregar la información y al nuevo responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del CGBVP;De conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información - Ley Nº 27806, susmodificatorias por Ley Nº 27927, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003- PCM y la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR al Brigadier Mayor CBP CARLOS PEREZ CORDOVA, Jefe de la Oficina de Imagen Institucional del CGBVP como responsable debrindar la información que demanden las personas en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806. Artículo 2º.- El personal y demás funcionarios del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, deberán bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o información que les sea solicitada comoconsecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazos establecidos en las normas sobre la materia. Artículo 3º.- DESIGNAR al Teniente Brigadier CBP HUMBERTO GARCIA ISLA Director de Informática del CGBVP como responsable de la elaboración y contenidode la información ofrecida vía el Portal de Internet del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CÓRDOVA GÓMEZ Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 02299-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G61/G70/G69/G6C/G6C/G61/G20/G79/G20/G74/G6F/G72/G72/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G61/G6D/G70/G65/G73/G69/G6E/G61/G64/G65/G20/G50/G69/G72/G63/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1472/INC Lima, 12 de setiembre de 2006 Visto el Oficio Nº 499-DRC-INC-C-2006 de la Dirección Regional de Cultura Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Culturalde la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas quepor su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 079-2006-INC/DPHCR- SDR-LGCH la Subdirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluó la documentación presentada por la Dirección Regional deCultura Cusco solicitando la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación de la “Capilla de la Comunidad Campesina de Pircca”, ubicada en la Plaza Principal dela Comunidad Campesina de Pirca, distrito de Paccarectambo, provincia de Paruro, departamento de Cusco. La Capilla se encuentra en regular estado de