NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 21 de setiembre de 2006 328593REPUBLICADELPERU reglamento de Zonificación de la Zona Monumental de Chorrillos Histórico - Malecón Chorrillos, recomendandoal Patronato de Chorrillos Histórico coordinar con la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Chorrillos los aspectos técnicos legales pertinentes. Que, en la Conferencia General de UNESCO realizada en París el 19 de noviembre de 1998 se señaló que el bienestar de la población depende entre otros que suvida se desenvuelva dentro de un medio favorable y estimulante y que la preservación de los bienes culturales de los períodos pasados de su historia contribuyedirectamente a ellos. Las disposiciones preventivas y correctivas deberían tener por finalidad proteger o salvar los bienes culturales puestos en peligro por obras públicaso privadas que puedan deteriorarlos o destruirlos entre otros, por obras de expansión y renovación urbanística en los cuales se respeten monumentos registrados ymodifiquen estructuras menos importantes, destruyendo con ello las vinculaciones y el marco histórico, que rodea a los monumentos en los barrios históricos; Que, en la Conferencia General de UNESCO en su decimoséptima reunión de París el 16 de noviembre de 1972, señaló que dentro de las medidas de protecciónde carácter jurídico “se ampliarán con nuevas disposiciones destinadas a intensificar la conservación del patrimonio cultural o natural y a facilitar larevalorización de los elementos constitutivos. Para ello se impondrá la observancia de las medidas de protección a los propietarios privados y a las colectividadespúblicas”; Que mediante Informe Nº 132-2006-INC/DPHCR- SDCH se considera necesario realizar la revisión de losparámetros edificatorios, mejorar y complementar la propuesta respecto a alturas y retiros para las edificaciones nuevas o proyectos de ampliación enconcordancia con las características urbanas y medidas de protección adecuada de la Zona Monumental de Chorrillos; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 04 de fecha 1 desetiembre de 2006, cuyo tenor es como sigue: VISTOS:1. La carta de fecha 15 de julio de 2006, presentada por los vecinos de Chorrillos y nota periodística publicadaen el diario Perú 21 de fecha 9 de agosto de 2006. 2. Informe Nº 132-2006-INC/DPHCR-SDCH de la Arq. Irene Campos Herrera, Subdirectora de CentrosHistóricos. 3. La documentación presentada: planos de levantamiento actual de las calles, levantamientofotográfico de la Zona Monumental, planos de la propuesta de sectorización, propuesta de alturas de edificación. 4. La propuesta de reglamento de Zonificación-Zona Monumental y de Protección - Malecón de Chorrillos, aprobada mediante la RDN. Nº 451/INC de fecha 1 de julio de 2003. 5. La sustentación de los profesionales de la Subdirección de Centros Históricos. CONSIDERANDO: 1. Que, se debe conservar la traza urbana existente que aun mantiene el distrito de Chorrillos del sector denominado Alto Perú, dado que la configuración urbana del asentamiento originario fue de ocupación espontáneay continua que vinculó el período prehispánico con el actual, evidenciándose a la fecha el núcleo organizacional de la villa. 2. Que, este sector constituye el referente importante para la memoria colectiva de los habitantes del distrito donde se concentra la mayor cantidad de inmuebles devalor monumental, mantiene sus características arquitectónicas y urbanísticas respecto al perfil urbano, alturas, forma de ocupación, usos y densidad poblacional. 3. Que, la traza original de la villa ha sufrido modificaciones a partir de su crecimiento, generándose un trazo urbano regular ordenado que obedece alconcepto de calles de una misma sección característica de los criterios urbanísticos aplicados a partir de la época republicana. En este mismo lugar se identifica otro númeroimportante de edificaciones declaradas monumento y otras de valor monumental, lo cual contribuye al carácterde la zona monumental del distrito. 4. Que, entre las edificaciones republicanas existentes predominan aquellas que alcanzan una altura de un piso,siendo la altura promedio entre 4.50 m.(un piso) y 10.00m. (2 pisos); que se constituyen en referentes urbanosde la zona. Asimismo, existen un número considerablede edificaciones modernas de dos pisos que en sumayoría alcanzan una altura máxima de 6 m. yedificaciones en menor cantidad de 3 pisos cuya alturapromedio es de 9 m. las que guardan relación de escalacon las edificaciones monumentales republicanas de dospisos. 5. Que, en consecuencia en su conjunto esta zona está caracterizada por su homogeneidad en cuanto adensificación y altura, manteniendo su escala urbana. 6. Que, en el Malecón Almirante Grau próximo a la Zona Alto Perú, en aplicación de la propuesta dereglamento aprobado mediante la RDN. Nº 461/INC del1 de junio de 2003, se han construido edificios mayoresde 20m. de altura que distorsionan el perfil urbanomonumental y constituyen barreras visuales del MorroSolar y su relación con el mar, en consecuencia sepropone la reformulación de los parámetros de alturapara el malecón y parámetros específicos para la totalidadde la Zona Monumental de Chorrillos. 7. Que, se plantea sectorizar la Zona Monumental declarada mediante RDN. Nº 947/INC de fecha 1.10.2002en función a sus características históricas, importancia,valor y significado, en dos grandes sectores: Sector I ySector II. 8. Que, se propone establecer alturas máximas de edificación para los sectores de la Zona Monumental. SE ACORDÓ:1. Proponer dejar sin efecto el contenido de la Resolución Directoral Nacional Nº 461/INC del 1 de juliode 2003. 2. Aprobar los sectores I y II de la Zona Monumental de Chorrillos según detalle: Sector I.- lotes comprendidos entre el Malecón Juan Montarela, Malecón Grau cuadra 11, calle GerónimoBalarezo (antes calle Bolognesi), Av. José Olaya (antescalle del Tren), Camino al Morro Solar y Malecón Iglesias. Sector II.- lotes comprendidos entre el Malecón Grau, Av. Huaylas, Av. José Olaya (antes calle del Tren) y calleGerónimo Balarezo (antes calle Bolognesi),. 3. Aprobar los siguientes parámetros edificatorios para los sectores I y II: Sector I: Lotes con frente a calles, avenidas y Malecón Almirante Miguel Grau. Altura: 8.20 ml. Retiro: 0.00 ml. Sector II: Lotes con frente a calles y Av. José Olaya.Altura: 8.20 ml. Retiro: 0.00 ml. Sector II: Lotes con frente a Av. Huaylas y Malecón Almirante Miguel Grau Altura: 13.00 ml. Retiro: 0.00 ml. 4. Aprobar el Plano de Sectorización y Delimitación de la Zona Monumental de Chorrillos Nº ZM-01-2006/INC-DPHCR-SDCH. 5. Para las edificaciones nuevas colindantes con inmuebles declarados Monumentos o de valor monumental que se ubiquen fuera de la Zona Monumentalde Chorrillos se establecerán parámetros específicos. 6. Hacer de conocimiento a la Municipalidad de Chorrillos, al Instituto Metropolitano de Planificación y a