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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (28/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de octubre de 2007 356191 en el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modifi catorias; CONSIDERANDO:Que, según el inciso e) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modifi catorias, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios que no admiten sustitutos; Que, el artículo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modifi catorias, señala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que existe un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; Que, conforme al Informe N° 307-2007-EF/43.50 emitido por la Ofi cina General de Administración, el Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler debería ser realizado por una empresa especializada, que tenga el respaldo técnico y la garantía del suministro de stock de repuestos originales por parte del fabricante, planos eléctricos y mecánicos, a fi n de evitar que los ascensores colapsen y exponer la seguridad de las personas que utilizan dichas instalaciones; Que, siendo necesario para el Ministerio de Economía y Finanzas contar con el Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler, se realizaron las indagaciones en el mercado con el objeto de verifi car y determinar que la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. es la única que puede prestar el mencionado servicio en los términos expuestos en el considerando precedente; Que, como resultado de dicha verificación se ha determinado que efectivamente la prestación del Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler sólo es posible obtenerlo de la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., quien tiene la representación en el país de la marca Schindler para brindar el servicio de distribución, instalación, mantenimiento y reparación de ascensores, realizando los trabajos con su propio personal especializado, con repuestos legítimos, y esquemas eléctricos y mecánicos, lo que queda plenamente acreditado con el Certificado de Exclusividad emitido por Schindler Elevator Ltd. de febrero de 2007; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, Ascensores Schindler del Perú S.A. es la única empresa que está en condiciones de garantizar al Ministerio de Economía y Finanzas un servicio de mantenimiento óptimo y efi ciente, asegurando la plena operatividad de los Ascensores marca Schindler; Que, con Resolución Directoral N° 014-2007-EF/43.01 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2007 en el cual se considera la contratación del Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler; Que, para tal efecto, la Ofi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración, mediante Memorando N° 1387-2007-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la contratación del mencionado servicio; Que, el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modifi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar el Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler como servicio que no admite sustituto, de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y modifi catorias. Artículo 2°.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del Servicio de Mantenimiento de los Ascensores marca Schindler, y autorizar su contratación con la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A. Artículo 3°.- La contratación a la que se refi eren los artículos precedentes se realizará con cargo al presupuesto del Pliego 009, Ministerio de Economía y Finanzas, por un plazo de doce (12) meses y hasta por el importe de S/. 36 658,60 (Treinta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho y 60/100 Nuevos Soles), incluyendo el Impuesto General a las Ventas. La realización de las acciones inmediatas correspondientes estará a cargo de un Comité Especial que seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y modificaciones . Articulo 4°.- La presente Resolución Ministerial y los Informes N°s. 307-2007-EF/43.50 y 2211-2007-EF/60.01 de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, serán remitidos a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer, que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración remita la información de la presente Resolución Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 125579-1 JUSTICIA Constituyen Comisión encargada de transmitir bienes, recursos y otros del Consejo Nacional Anticorrupción a la Oficina Nacional Anticorrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0417-2007-JUS Lima, 26 de octubre de 2007VISTO, el Memorando N° 160-2007-JUS/VM del Despacho Ministerial; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2007-PCM, publicado el 19 de octubre de 2007, se creó la Ofi cina Nacional Anticorrupción, con carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de prevenir, investigar, coordinar, vigilar y promover la ética pública y la lucha contra la corrupción a través de medidas