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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de diciembre de 2008 385228 mecanismo obligatorio de Participación Ciudadana, en consideración a las zonas de alta sensibilidad social y de biodiversidad. Artículo 41º.- Acceso Público a los Estudios Ambientales El Titular del Proyecto presentará ejemplares impresos y digitalizados del Estudio Ambiental y Resúmenes Ejecutivos en la cantidad y en el orden que se señalan a continuación: a) Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE): Dos (02) ejemplares impresos originales y digitalizados del Estudio Ambiental y cinco (05) Resúmenes Ejecutivos. b) Dirección Regional de Energía y Minas (DREM): Cinco (05) ejemplares impresos originales y digitalizados del Estudio Ambiental y diez (10) Resúmenes Ejecutivos. c) Municipalidad Provincial y Distrital del Área de Infl uencia del Proyecto: Cinco (05) ejemplares impresos originales y digitalizados del Estudio Ambiental y diez (10) Resúmenes Ejecutivos. d) Comunidades Nativas y/o Campesinas ubicadas en el Área de Infl uencia Directa del Proyecto: Un (01) ejemplar impreso original y digitalizado del Estudio Ambiental y veinte (20) Resúmenes Ejecutivos, para cada comunidad. Artículo 42°.- Del Resumen Ejecutivo Es el documento que resume y forma parte de los Estudios Ambientales. Deberá ser redactado en un lenguaje claro y sencillo; y, de ser necesario en el idioma o dialecto de mayor relevancia del Área de Infl uencia del Proyecto. El documento deberá permitir a los interesados tener una idea clara del Proyecto en lo relativo a ubicación, descripción de las actividades a desarrollar; sobre el tipo de recurso a explorar, explotar, transformar, transportar y comercializar. Del mismo modo, permitirá a los interesados conocer cuestiones referidas a infraestructura, tiempo de ejecución del Proyecto, área del Proyecto, requerimiento de mano de obra, características de la zona donde se desarrollará éste y de los posibles impactos, tanto directos como indirectos; y, además de las medidas previstas para mitigar o eliminar dichos impactos, entre otros aspectos. SUB CAPÍTULO I TALLERES INFORMATIVOS Artículo 43°.- De los Talleres Informativos 43.1 La organización de los Talleres Informativos estará a cargo del Titular del Proyecto en coordinación con la DGAAE. 43.2 El contenido y desarrollo de los Talleres Informativos será el siguiente: a) Para el Estudio de Impacto Ambiental:i) Antes de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, el(los) Taller(es) Informativo(s) se realizará(n) en el Área de Infl uencia del Proyecto. La DGAAE informará a la población el objeto del evento; y, la Autoridad Regional expondrá acerca de sus derechos y deberes, normatividad ambiental y de Participación Ciudadana. El Titular del Proyecto explicará a las autoridades y población en general los componentes del Proyecto y Términos de Referencia del Estudio Ambiental. Asimismo, presentará a la Consultora que elaborará dicho estudio. La Consultora a su vez señalará quienes conforman su equipo de trabajo e informará su programa de actividades para la elaboración del estudio, la cual estará debidamente acreditada en el Registro de Empresas Autorizadas para la realización de Estudios de Impacto Ambiental. Para el caso de Lotes en cuyas áreas se estén desarrollando Actividades de Hidrocarburos así como para el caso de ampliación de refi nerías y ductos que no impliquen nuevas áreas, el Titular no está obligado a realizar este primer Taller. Sin perjuicio de lo antes señalado, el Titular del Proyecto está facultado para realizar por sí mismo Talleres Informativos adicionales, los cuales tendrán la fi nalidad de recoger las observaciones y opiniones de la población involucrada a efectos de tomarlos en cuenta en el desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental. ii) Durante la Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, el Titular del Proyecto realizará el(los) Taller(es) Informativo(s) con el objeto de informar acerca de la Línea Base Ambiental, recogiendo las observaciones y opiniones de la población involucrada a efectos de tomarlos en cuenta en el desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental. iii) Luego de presentado el Estudio de Impacto Ambiental al Ministerio de Energía y Minas y previa Opinión Favorable del Resumen Ejecutivo del EIA por la DGAAE, el Titular del Proyecto y la Consultora, con presencia del Estado a través de la DGAAE y/o la Autoridad Regional, realizará el(los) Taller(es) Informativo(s) con el objeto de difundir la Línea Base Ambiental, el Análisis e Identifi cación de Impactos, el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Abandono, recogiendo las observaciones y opiniones de la población involucrada. b) Para el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado - EIAsd: Antes de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, el Titular del Proyecto está facultado para realizar por sí mismo Talleres Informativos, los cuales tendrán la fi nalidad de recoger las observaciones y opiniones de la población involucrada a efectos de tomarlos en cuenta en el desarrollo del EIAsd. Luego de presentado el EIAsd al Ministerio de Energía y Minas y previa Opinión Favorable del Resumen Ejecutivo del EIAsd por la DGAAE, se realizará el Taller Informativo con el objeto de difundir la Línea Base Ambiental, el Análisis e Identifi cación de Impactos, el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Abandono, en presencia del Estado a través de la DGAAE y/o la Autoridad Regional. Artículo 44°.- Convocatoria a los Talleres Informativos 44.1 El Titular del Proyecto solicitará a la DGAAE, que se efectúe la convocatoria del (los) Taller(es) Informativo(s), acompañando a su solicitud la(s) carta(s) de autorización para el uso del local donde se desarrollará(n) el(los) Taller(es). 44.2 Los documentos antes mencionados deben ser presentados por el Titular del Proyecto ante la DGAAE, con un mínimo de veintiún (21) días calendario antes de la fecha programada para la realización de los Talleres Informativos. 44.3 El Titular del Proyecto en coordinación con la DGAAE, hará de conocimiento público la convocatoria a los Talleres Informativos a través de Ofi cios de Invitación emitidos por dicha dependencia. 44.4 Para el caso de los Talleres durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, el Titular del Proyecto realizará directamente la convocatoria, a través de Ofi cios de Invitación. 44.5 Los Ofi cios de Invitación de la DGAAE o del Titular del Proyecto, según sea el caso, deberán ser remitidos como mínimo quince (15) días calendario antes de la realización de(los) Taller(es) Informativo(s) 44.6 La correcta distribución de los Ofi cios de Invitación para la convocatoria y ejecución del Taller Informativo, correrá por cuenta y responsabilidad del Titular del Proyecto. Los cargos de recepción de los Ofi cios de Invitación remitidos a los grupos de interés, deberán ser entregados a la DGAAE con un mínimo de siete (07) días calendario antes de la realización del Taller Informativo, bajo apercibimiento de cancelarse el evento. 44.7 Todos los gastos de la convocatoria y realización de los Talleres Informativos, correrán por cuenta del Titular del Proyecto. Artículo 45°.- Cancelación de los Talleres Los Talleres Informativos podrán cancelarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor, debiendo fi jarse nueva fecha para la aplicación de este mecanismo. Califi can como caso fortuito o fuerza mayor los siguientes: Desastres o catástrofe en el área de infl uencia ocasionado por un agente exógeno. Las condiciones climatológicas o naturales adversas que imposibiliten llegar a la zona de influencia en la fecha prevista. Hechos de fuerza como huelgas declaradas ilegales por la autoridad de trabajo. huelgas de terceros Descargado desde www.elperuano.com.pe