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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de diciembre de 2008 385232 Artículo 61°.- Medidas para la implementación del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana El Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana está orientado a que la población involucrada con sus Autoridades Comunales y entidades representativas, participen en el seguimiento de las Actividades de Hidrocarburos. Para tal efecto, el Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana deberá contar un Reglamento Interno elaborado por el Titular del Proyecto en coordinación con la población involucrada, a fi n de que las actividades de monitoreo y vigilancia se realicen de forma organizada. Los representantes del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana, previa coordinación, acompañarán en calidad de observadores a la empresa y las autoridades encargadas de la supervisión de la calidad ambiental y de la fi scalización de las actividades de hidrocarburos, así como en el proceso de seguimiento de las acciones del proyecto y de los monitoreos que realicen sobre el cumplimiento de las normas ambientales y los compromisos asumidos en el Estudio Ambiental Artículo 62°.- Rol complementario del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana El Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana cumple un rol complementario al ejercicio de las funciones de supervisión, fi scalización y sanción que está a cargo del OSINERGMIN. Artículo 63°.- Información generada por el Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana Los documentos o reportes generados por el Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana deben ser remitidos al OSINERGMIN, a la DGAAE y a la OGGS, trimestralmente, para que procedan en el marco de sus competencias. El OSINERGMIN debe informar de manera trimestral a la población involucrada sobre los resultados de la evaluación realizada a los documentos o reportes recibidos en el marco del Programa de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana, a través del Ofi cio correspondiente. Asimismo, OSINERGMIN remitirá un Informe Anual durante el primer trimestre de cada año, dando cuenta de las acciones realizadas durante el año anterior como consecuencia de dichos reportes. En caso de tratarse de denuncias, la autoridad competente actuará conforme a ley. ANEXO I Evento Presencial: Antes de la Suscripción: ( ) Posterior a la Suscripción: ( ) Fecha: Lote:Titular (*) Lugar: Observaciones: Opiniones: (*) Sólo para el caso de eventos presenciales posterior a la suscripción. 290262-1 JUSTICIA Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diversos Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 197-2008-JUS Lima, 15 de diciembre de 2008Vista las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO:Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, para otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 004- 2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena, la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, -Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena- y los incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LURIGANCHO 1. BARBOZA ORE, WILFREDO o MORRINSON DE LA RIVA, JORGE o BARBOZA ORE, WILFRED,conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 04 de mayo de 2011. 2. SALAS NAVARRO, WILLIAN o SALAS NAVARRO, WILLIAM, conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 19 de enero de 2009. 3. ESCALANTE ROCA, JUSTINO JAVIER, conmutarle de 12 años a 08 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de julio de 2012. 4. FARFAN ESPINOZA, OSCAR, conmutarle de 15 años a 10 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de enero de 2010. 5. BONAR RAMOS, PERCY PETER, conmutarle de 03 años a 02 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de enero de 2009. 6. ESCARCENA SUPO, MARIO ROBERTO, conmutarle de 03 años a 02 años 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de enero de 2009. 7. EVARISTO MARIANO, ZOILO VIRGINIO, conmutarle de 09 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 24 de mayo de 2009. 8. ESTEBAN CRUZ, LUIS, conmutarle de 07 años a 06 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 02 de marzo de 2010. 9. LOAYZA AGUERO, JUAN o LOAYZA AGÜERO, JUAN , conmutarle de 06 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de febrero de 2009. 10. LEON PECEROS, ROLAND ROBERT, conmutarle de 05 años a 03 años 01 mes de pena privativa de libertad; la que vencerá el 04 de enero de 2009. 11. RUEDA BACA, ALEX o RUEDAS BACA, ALEX o RUEDAS CALDAS, JUAN CARLOS o YACTAYO ROJAS, JUAN CARLOS, conmutarle de 04 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 31 de agosto de 2009. 12. LUCERO BERNAL, CESAR ANTONIO, conmutarle de 06 años a 04 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 02 de febrero de 2009. 13. GAGO CHAVEZ, LUIS ALEJANDRO, conmutarle de 06 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 02 de enero de 2009. 14. MULLISACA QUISPE, RICHARD o MULISSACA QUISPE, RICHARD, conmutarle de 10 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 19 de abril de 2011. 15. MARADIEGUE ABRIGO, OSCAR o ABRIGO RODRIGUEZ, OSCAR, conmutarle de 06 años a 04 años Descargado desde www.elperuano.com.pe