Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2008 (16/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2008

Hidrocarburos proyectadas o en ejecucion; promover el dialogo y la construccion de consensos; y, conocer y canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones o aportes respecto de las actividades para la toma de decisiones de la autoridad competente en los procedimientos administrativos a su cargo. Articulo 7°.- De las etapas del MORDAZA de participacion ciudadana El MORDAZA de participacion ciudadana para las actividades de hidrocarburos tiene las siguientes etapas: 7.1 Participacion Ciudadana en la negociacion o concurso y suscripcion de los contratos de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos. 7.2 Participacion Ciudadana durante la elaboracion y evaluacion de los Estudios Ambientales. 7.3 Participacion Ciudadana posterior a la aprobacion de los Estudios Ambientales Articulo 8º.- De la aprobacion del MORDAZA de Participacion Ciudadana. 8.1 Para la etapa de participacion ciudadana en la negociacion o concurso y suscripcion de los contratos de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, no se requerira de la aprobacion de ningun instrumento de gestion. 8.2 Para la etapa de participacion ciudadana durante la elaboracion y evaluacion de los Estudios Ambientales se requerira la elaboracion de un Plan de Participacion Ciudadana MORDAZA del inicio de la elaboracion del Estudio Ambiental correspondiente. Este Plan de Participacion Ciudadana debera contar con la aprobacion de la DGAAE. 8.3 Para la etapa de participacion ciudadana posterior a la aprobacion de los Estudios Ambientales, se requerira la ejecucion del Plan de Participacion Ciudadana que forma parte de los mismos. El Plan de Participacion Ciudadana forma parte del Plan de Relaciones Comunitarias que a su vez esta contenido en el Plan de Manejo Ambiental del Estudio Ambiental aprobado. Articulo 9º.- De la convocatoria La convocatoria para los Eventos Presenciales, Talleres y Audiencias, debe efectuarse considerando los siguientes lineamientos: La convocatoria debe efectuarse a traves de los mecanismos idoneos en cada caso, que permitan la mayor difusion posible. 9.1 En la convocatoria se debera indicar con claridad y precision la fecha, lugar y hora de realizacion del mecanismo de participacion ciudadana correspondiente. La fecha sera seleccionada evitando la coincidencia con los feriados y actividades culturales de la zona. 9.2 La convocatoria debera dirigirse a la poblacion involucrada. Asimismo, se cursaran invitaciones a autoridades regionales, locales, comunales y entidades representativas. 9.3 La convocatoria debera realizarse en idioma espanol y en el idioma preponderante de las poblaciones involucradas. Articulo 10º.- Seleccion del lugar 10.1 Los mecanismos a utilizarse en el MORDAZA de participacion ciudadana para las Actividades de Hidrocarburos deben realizarse en el area de influencia del proyecto, preferentemente, en su area de influencia directa. 10.2 El lugar debera ser de facil acceso para los pobladores, considerando que por su tamano, infraestructura, accesibilidad y seguridad, resulte apropiado para albergar de manera MORDAZA y comoda a los participantes. Articulo 11º.- Uso de idiomas o lenguas locales Sera obligatorio el uso de idiomas, lenguas, dialectos u otros que MORDAZA de uso comun y mayoritario en la MORDAZA donde se ejecuten los mecanismos de participacion ciudadana. Se debe promover la participacion de profesionales pedagogos, comunicadores y de ciencias sociales, asi como la utilizacion de medios de comunicacion

didacticos como maquetas, dibujos, dinamicas, fotos, representaciones teatrales u otros que faciliten el entendimiento de los participantes. TITULO III MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA CAPITULO I

MECANISMO PARA LAS ETAPAS DE NEGOCIACION O CONCURSO Y POSTERIOR SUSCRIPCION DE LOS CONTRATOS DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS

Articulo 12º.- Evento Presencial Conforme a lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Supremo Nº 012-2008-EM, en la MORDAZA Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 015-2006-EM y la Resolucion Legislativa Nº 26253, PERUPETRO S.A. debe realizar Eventos Presenciales con el objetivo de entregar informacion oportuna y temprana a la poblacion sobre el MORDAZA de suscripcion de los contratos de exploracion y explotacion de hidrocarburos. PERUPETRO S.A. realizara las acciones necesarias con la finalidad de planificar estos eventos y, en particular, precisar el lugar y la fecha de su realizacion. En caso necesario se podra efectuar mas de un evento dependiendo de la ubicacion de las principales poblaciones que se encuentran dentro del area de influencia del Lote. CAPITULO II MECANISMOS OBLIGATORIOS Y COMPLEMENTARIOS PARA LA ELABORACION Y EVALUACION DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES Articulo 13º.- Mecanismos de Participacion Ciudadana Obligatorios Son aquellos que deben ejecutarse obligatoriamente durante los procesos de elaboracion y evaluacion de los Estudios Ambientales. Buscan lograr un mayor involucramiento de la poblacion en los Estudios Ambientales, asi como establecer un espacio de dialogo directo entre la poblacion y la autoridad, a fin de que esta reciba los mayores aportes para decidir acerca del Estudio Ambiental sometido a consideracion. Comprenden los siguientes:

13.1 Taller Informativo: Este mecanismo esta orientado a brindar informacion y establecer un dialogo sobre los Estudios Ambientales asi como los Instrumentos de Gestion Ambiental entre el Estado, el Titular del Proyecto y la poblacion involucrada, sobre el Proyecto de Inversion o Actividades de Hidrocarburos, sus posibles impactos y las medidas de prevencion, control, mitigacion u otras a adoptarse. Asimismo, a traves de los Talleres Informativos se busca conocer las percepciones locales, brindar informacion objetiva y de primera fuente respecto del proyecto de inversion e identificar medidas especificas para manejar la relacion con la poblacion local, evitando la generacion de impactos sociales, culturales y economicos, particularmente en comunidades nativas y campesinas. La informacion obtenida de los talleres podra ser utilizada por la DGAAE, para mejorar las medidas de mitigacion y control ambiental, el Plan de Relaciones Comunitarias, entre otros aspectos que seran establecidos en los Estudios Ambientales o Instrumentos de Gestion Ambiental. 13.2 Audiencia Publica: Acto publico dirigido por un representante de la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas (DGAAE), en el cual se presenta el Estudio Ambiental, registrandose las observaciones y sugerencias de los participantes, con la finalidad de incluirlas en la evaluacion del Estudio Ambiental, considerandolas en el Informe de observaciones que elabore la DGAAE. Articulo 14º.- Mecanismos de Participacion Ciudadana Complementarios Estos mecanismos de participacion ciudadana permiten al Titular del Proyecto asi como a quien realice las Actividades de Hidrocarburos, profundizar la participacion ciudadana en su proyecto. Se seleccionan evaluando la magnitud, envergadura y complejidad del proyecto, su area de influencia y la sensibilidad ambiental y social del area.

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