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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de junio de 2008 375102 Artículo 5º.- Notifi cación de infracciones El OSINFOR bajo responsabilidad de su titular, deberá notifi car al Ministerio del Ambiente, cualquier infracción que en el ejercicio de sus funciones detecte en relación a la conservación de los recursos naturales o de la biodiversidad o de daño actual o potencial al Patrimonio Forestal o al ambiente, conforme a lo dispuesto en su Reglamento. CAPÍTULO III Estructura Básica de OSINFOR Artículo 6º.- Del Presidente Ejecutivo 6.1 El OSINFOR, estará dirigido por un Presidente Ejecutivo, designado por concurso público, por un periodo de cuatro años. Para ser Presidente Ejecutivo de OSINFOR se requiere como mínimo: a) Ser profesional con no menos de diez años de ejercicio en el sector forestal, b) Contar con reconocida solvencia e idoneidad profesional. c) Tener no menos de cinco años de experiencia en cargo directivo en el sector público o privado o cinco años de experiencia en materias relacionadas a la gestión de recursos forestales y de fauna silvestre o tener postgrado académico, a nivel de maestría como mínimo, en materias relacionadas con el sector forestal y de fauna silvestre y/o gestión pública. 6.2 Incompatibilidades para ser designado Presidente Ejecutivo No puede ser Presidente Ejecutivo de OSINFOR: a) Los titulares de más del 1% (uno por ciento) de acciones o participaciones de empresas vinculadas a las actividades materia de competencia del OSINFOR. b) Los directores, representantes legales o apoderados, empleados, asesores o consultores de las empresas o entidades a que se refi ere el literal a) del presente numeral, que se encuentren en ejercicio o que hayan ocupado tal cargo o representación con una anterioridad de 2 años. c) Los que hayan sido sancionados con destitución en el marco de un proceso administrativo o por delito doloso; d) Los inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República. e) Los directores, gerentes y representantes de personas jurídicas declaradas judicialmente en quiebra y las personas naturales declaradas insolventes; y, f) Las demás personas que tengan incompatibilidades legales para asumir cargos directivos en entidades del Estado. Artículo 7°.- Estructura administrativa básica El OSINFOR tiene la siguiente estructura administrativa básica: 7.1. Secretario General, máxima autoridad administrativa, 7.2. Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre.7.3. Direcciones de línea: 7.3.1 Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre. 7.3.2 Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre. 7.4. Ofi cinas desconcentradas a nivel nacional Artículo 8.- Del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre El Tribunal estará conformado por 3 (tres) miembros designados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.Los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre son elegidos mediante concurso público y le son aplicables los requisitos especifi cados en el Reglamento de la presente Ley. Los miembros del Tribunal no podrán ejercer el cargo de Presidente Ejecutivo de la entidad. CAPÍTULO IV Infracciones, Sanciones y Causales de Caducidad Artículo 9º.- De las Infracciones y Sanciones. Las infracciones y sanciones administrativas a que están sujetos los titulares de los derechos de aprovechamiento, se establecen en la legislación forestal y de fauna silvestre aplicable sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar. Artículo 10º.- De las Causales de Caducidad Las causales de caducidad de los derechos de aprovechamiento otorgados mediante títulos habilitantes se establecen en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento y se aplican sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar. Consentida la resolución que declara la caducidad, OSINFOR la pondrá en conocimiento de la autoridad que en representación del Estado se constituya como concedente o habilitante de los títulos respectivos, a fi n de que, dentro del plazo de 10 días calendarios de notifi cada, bajo responsabilidad, proceda al cumplimiento y ejecución de dicha resolución. Artículo 11º.- De las instancias del procedimiento administrativo En la imposición de sanciones y declaración de caducidad, las Direcciones de linea del OSINFOR actuarán como primera instancia. Corresponde al Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre de OSINFOR resolver en segunda y última instancia administrativa, los recursos de apelación y nulidades interpuestas contra las resoluciones emitidas por aquellas. Lo resuelto por el Tribunal es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia administrativa. CAPÍTULO V Capacidad de Ejecución Coactiva y Recursos Artículo 12º.- De la Facultad Coactiva Facúltese a OSINFOR a exigir coactivamente el cumplimiento de sus resoluciones, el pago de multas y acreencias o la ejecución de una obligación de hacer o no hacer, conforme a la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva. Artículo 13º.- De los Recursos Constituyen recursos del OSINFOR: a. Los que se asignen en la Ley Anual del Presupuesto b. Los provenientes de donaciones y/o convenios celebrados con instituciones nacionales y extranjeras, así como con organismos internacionales. c. El 50% de la retribución económica por los derechos de aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre. El 50% restante del monto recaudado, se distribuirá entre los Gobiernos Regionales respectivos quienes destinarán parte del mismo a los Comités de Gestión de Bosques, constituidos dentro del ámbito de su competencia. La distribución señalada en el presente literal, se efectuará sobre el monto resultante, luego de la aplicación de los porcentajes de distribución establecidos en la Ley del Canon aprobada por Ley Nº 27506. d. El 100% de las multas impuestas en el ejercicio de sus funciones. e. Otros que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales. Artículo 14º.- Transferencia automática de la retribución económica La transferencia de los ingresos por retribución económica por el aprovechamiento de los recursos Descargado desde www.elperuano.com.pe