Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

Que, el Articulo 144° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, senala que en los casos que no existan bienes o servicios que no admitan sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 20º de la Ley, en concordancia con los articulos 146º y 147º del Reglamento, establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o mas informes tecnico ­ legales previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de exoneracion, y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; agrega el citado articulo que deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, MORDAZA de dichas resoluciones y el informe que las sustenta dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 148º del Reglamento, las adquisiciones y contrataciones se realizaran en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad o el organo designado para el efecto, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Nº 288-2008-OPP-GG/ INC de fecha 09 de setiembre de 2008 la Oficina de Planificacion y Presupuesto da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestal para la contratacion del servicio precitado, ascendente a la suma de Treinta y seis mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 36,000.00), recursos que permiten atender el servicio requerido, segun se detalla en el mismo; Que, la Oficina de Asuntos Juridicos, mediante Informe Nº 720-2008-OAJ/INC de fecha 19 de setiembre de 2008, opina favorablemente por la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de Alquiler de Inmueble para la Direccion Regional de Cultura de Tumbes y MORDAZA del Proyecto Arqueologico MORDAZA de Vaca; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Gerente General y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, modificado por Decreto Supremo Nº 028-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR al Instituto Nacional de Cultura del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de Alquiler de Inmueble para la Direccion Regional de Cultura de Tumbes y MORDAZA del Proyecto Arqueologico MORDAZA de Vaca, por un valor referencial de Treinta y seis mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 36,000.00) incluidos los impuestos de ley, servicio que

no admite sustituto y es brindado por proveedor unico; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios realizar las acciones necesarias e inmediatas para proceder a realizar la contratacion del servicio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- La contratacion y/o adquisicion materia de la presente Resolucion se regula por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus normas complementarias. Articulo 4º.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la cadena de gasto 5.3.11.65 de la meta presupuestaria 17. Articulo 5º.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, la presente Resolucion, debidamente documentada. Articulo 6º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 263478-1

Rectifican la Resolucion Directoral Nacional Nº 002/INC, en lo referido a direccion del inmueble denominado MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1385/INC MORDAZA, 3 de octubre de 2008 Visto el Informe Nº 071-2008-DAB-SDR-DPHCR/INC de fecha 18 de setiembre de 2008, de la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunico que mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 002/INC de fecha 06 de enero de 2005 se declaro Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion al inmueble denominado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicado en Av. Larco Nº 311, 317, 321 esquina MORDAZA MORDAZA Nº 124, 126, 128, 130 distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; sin embargo y de acuerdo al antecedente registral del inmueble: Partida Electronica Nº 07081228 emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dicho inmueble tiene asignada la siguiente numeracion municipal Av. Larco Nº 311, 317, 321 esquina MORDAZA MORDAZA Nº 120, 122, 124, 126, 128, 130; Que, a merito de la partida electronica en mencion es necesario rectificar la numeracion correcta de dicho inmueble para inscribir ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la condicion de monumento del mismo; Que, el Articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion;

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