Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

formado por la cuadra 1 de la MORDAZA MORDAZA declarada como Ambiente MORDAZA Monumental mediante Resolucion Ministerial Nº 1251-1985-ED del 27 de noviembre de 1985. Esta cuadra se compone de edificaciones de un solo nivel, entre las cuales destaca el inmueble que habito el Libertador MORDAZA MORDAZA (Calle MORDAZA Nº 163), declarado Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nacion mediante Ley Nº 10383 del 09 de febrero de 1946. Tambien se encuentra declarado Monumento el inmueble ubicado en la MORDAZA MORDAZA Nº 103, 119, 133, 137 esquina MORDAZA MORDAZA Nº 202, 220, 230, 240 declarado mediante Resolucion Jefatural Nº 009-1989-INC/J del 12 de enero de 1989; Dicha Comision acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare Ambiente MORDAZA Monumental a la Plaza de MORDAZA de Ica y las calles MORDAZA cuadra 1, MORDAZA cuadra 1, La MORDAZA cuadra 1 y Av. Municipalidad cuadra 1 que conforman dicho espacio MORDAZA, asi como la cuadra 2 de la MORDAZA La MORDAZA ubicados en la MORDAZA Monumental de Ica, distrito, provincia y departamento de Ica. Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", Ley Nº 27580, "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles", Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion. SE RESUELVE Articulo 1º.- DECLARAR Ambiente MORDAZA Monumental a la Plaza de MORDAZA de Ica y las calles MORDAZA cuadra 1, MORDAZA cuadra 1, La MORDAZA cuadra 1, y Av. Municipalidad cuadra 1, que conforman dicho espacio MORDAZA, asi como la cuadra 2 de la MORDAZA La MORDAZA, ubicados en la MORDAZA Monumental de Ica, distrito, provincia y departamento de Ica. Articulo 2º.- APROBAR el Plano Nº AUM-0012008-INC-DPHCR de Delimitacion de Ambiente MORDAZA Monumental de la Plaza de MORDAZA de Ica y el Jr. La MORDAZA cuadra 2 ubicados en el distrito, provincia y departamento de Ica, incorporando el Ambiente MORDAZA Monumental de la MORDAZA MORDAZA cuadra 1, declarado mediante Resolucion Ministerial Nº 1251-1985-ED del 27 de noviembre de 1985. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento de la Municipalidad Provincial de Ica, la condicion de Ambiente MORDAZA Monumental de la Plaza de MORDAZA de Ica y las calles MORDAZA cuadra 1, MORDAZA cuadra 1, La MORDAZA cuadra 1, y Av. Municipalidad cuadra 1, que conforman dicho espacio MORDAZA, asi como la cuadra 2 de la MORDAZA La MORDAZA, ubicados en la MORDAZA Monumental de Ica, distrito, provincia y departamento de Ica. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios de los inmuebles ubicados en las calles MORDAZA cuadra 1, MORDAZA cuadra 1, La MORDAZA cuadra 1, y Av. Municipalidad cuadra 1, que conforman el Ambiente MORDAZA Monumental de la Plaza de MORDAZA de Ica y de la cuadra 2 de la MORDAZA La MORDAZA, autoridades locales y regionales, someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en los Ambientes MORDAZA Monumentales a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 263478-3

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Declaran al Establecimiento Penitenciario de Tacna de la Oficina Regional Sur MORDAZA dentro de los alcances del D.S. Nº 15-94-JUS y su modificatoria D.S. Nº 002-99-JUS
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 611-2008-INPE/P MORDAZA, 13 de octubre de 2008

VISTO, el Oficio Nº 1521-2008-INPE/19 de fecha 27 de agosto de 2008, emitido por la Oficina Regional Sur MORDAZA, relativo a la resolucion de delimitacion del area territorial intangible correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Tacna e Informe Nº 270-2008-INPE/08 de fecha 06 de octubre de 2008, de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se declaro como MORDAZA Reservada las areas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se modifico el articulo MORDAZA del citado dispositivo legal, a fin de comprender un area territorial intangible paralela al limite del terreno donde se encuentran ubicados los Establecimientos Penitenciarios, en una extension de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibicion expresa de construir viviendas u otro MORDAZA de edificaciones dentro de ese perimetro; Que, como lo senalan los citados dispositivos legales, se debe declarar como MORDAZA Reservada los Establecimientos Penitenciarios que albergan a internos por delitos de terrorismo, traicion a la patria, trafico ilicito de drogas y otros delitos graves, a fin de evitar fugas masivas, mediante la modalidad de construccion de tuneles hacia zonas adyacentes; Que, el Establecimiento Penitenciario de Tacna, alberga internos de MORDAZA peligrosidad por los delitos considerados en los Decretos Supremos Nº 15-94JUS y Nº 002-99-JUS, por lo que corresponde emitir el acto administrativo que declare como MORDAZA Reservada dicho centro penitenciario, a efectos de que cuente con las condiciones de seguridad que garantice el normal desarrollo del regimen penitenciario. Asimismo, mediante Oficio Nº 1521-2008-INPE/19 de fecha 27 de agosto de 2008, la Oficina Regional Sur MORDAZA manifiesta que a fin de continuar con los tramites de saneamiento del citado inmueble se requiere contar con la resolucion de delimitacion del area territorial intangible correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Tacna; Contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, al Establecimiento Penitenciario de Tacna de la Oficina Regional Sur MORDAZA, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su modificatoria por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- COMPRENDER, un area territorial intangible paralela al limite del terreno del Establecimiento Penitenciario de Tacna de la Oficina Regional Sur MORDAZA, en una extension de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibicion expresa de construir viviendas u otro MORDAZA de edificaciones dentro de ese perimetro.

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