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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395180 16. ALVA LOZANO, TANIA MARISOL, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de septiembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE TRUJILLO 17. CELIS ZAVALA, OSCAR MAXIMO, conmutarle de 05 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de septiembre de 2009. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUANUCO 18. DURAN TRUJILLO, HUGO, conmutarle de 10 años a 06 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 01 de diciembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE AREQUIPA 19. GONZALES AGUILAR, JULIA MERCEDES, conmutarle de 04 años a 02 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 03 de abril de 2010. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE JULIACA 20.VILLAVICENCIO VILCAPAZA, REYMI VITALIANO o VILLAVICENCIO VILCAPAZA, REYME VITALIANO, conmutarle de 15 años a 08 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de mayo de 2010. 21. FLORES MENDOZA, YIN ALBERTO, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 02 de mayo de 2011. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 342713-3 Acceden a pedido de extradición activa de encausada por delitos contra la seguridad pública y contra la tranquilidad pública y disponen su presentación a la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 095-2009-JUS Lima, 29 de abril de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 33-2009/ COE-TC del 24 de abril de 2009, sobre la solicitud de extradición activa de la encausada GILMA MONTENEGRO VALLEJOS, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp. Nº 26546-06); CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 22 de abril de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la encausada GILMA MONTENEGRO VALLEJOS, por los Delitos contra la Seguridad Pública - comercialización de armas, y contra la Tranquilidad Pública - Paz Pública - asociación ilícita para delinquir, en agravio del Estado Peruano (Expediente N° 23-2009); Que, mediante el Informe Nº 33-2009/COE-TC del 24 de abril de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa de la referida encausada; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y el Tratado de Extradición vigente entre la República del Perú y la República del Ecuador, suscrito en la ciudad de Quito el 4 de abril del 2001, ratifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 099-2001-RE, publicado el 21 de diciembre de 2001; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la encausada GILMA MONTENEGRO VALLEJOS, formulada por el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por los Delitos contra la Seguridad Pública - comercialización de armas y contra la Tranquilidad Pública - Paz Pública - asociación ilícita para delinquir, en agravio del Estado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República del Ecuador, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 342713-4 Acceden a pedido de extradición activa de acusado por delitos contra el patrimonio y contra la libertad y disponen su presentación al Reino de España RESOLUCIÓN SUPREMA N° 096-2009-JUS Lima, 29 de abril de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 29-2009/ COE-TC del 31 de marzo de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del procesado RAMIRO TARRILLO CORONEL, formulada por la Sala de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (Exp. Nº 203- 99); CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 24 de marzo de 2005, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del acusado RAMIRO TARRILLO CORONEL, por el Delito contra el Patrimonio - robo agravado, en agravio de la Agencia Principal del Banco Interbank, Banco Central de Reserva, Policía Nacional del Perú y la empresa Civise, y contra la libertad- secuestro, en agravio de Enrique Edgardo Rodríguez Rázuri, Graciela Enriqueta Sánchez Cruzado y Teresa Cruzado Castañeda (Exp. N° 18-2009);