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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395183 Promoción del Empleo, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina de Informática dirigirá sus esfuerzos para el logro de las metas específi cas previstas en el Plan Operativo Informático - POI 2009, siendo responsable del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos y metas consideradas en la programación de sus planes, informándose sobre sus resultados al Titular del Sector. Artículo 3º.- Hacer de conocimiento a la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Plan Operativo Informático - POI 2009, para los fi nes correspondientes. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.mintra.gob.pe, y en el portal del Estado Peruano en la misma fecha en que se publique la presente resolución, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística e Informática. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 342459-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Corporación Eurofhap S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de La Molina, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1338-2009-MTC/15 Lima, 25 de marzo de 2009 VISTOS: Los Expedientes registrados N° 2009-003851, 2009- 006020 y 2009-006477 de fechas 12 de febrero del 2009; 10 de marzo del 2009 y 16 de marzo respectivamente, presentados por CORPORACION EUROFHAP S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 -modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 250-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante los Expedientes registrados con Nos 2009-003851, 2009- 006020 y 2009-006477 de fechas 12 de febrero del 2009, 10 de marzo del 2009 y 16 de marzo de 2009, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa CORPORACION EUROFHAP S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005- MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa CORPORACION EUROFHAP S+.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en Avenida Separadora Industrial N° 1980 Urbanización Residencial Monterrico, Distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa CORPORACION EUROFHAP S.A.C, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 05 de enero del 2010 Segunda Inspección anual del taller 05 de enero del 2011 Tercera Inspección anual del taller 05 de enero del 2012 Cuarta Inspección anual del taller 05 de enero del 2013 Quinta Inspección anual del taller 05 de enero del 2014 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORPORACION EUROFHAP S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 29 de enero del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 29 de enero del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 29 de enero del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 29 de enero del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 29 de enero del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se