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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (30/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395191 Punto Suministro Barra de Entrega y Medición Factores Nodales de Potencia Factores Nodales de Energía Horas Punta Horas Fuera de Punta AYAVIRI Ayaviri 10 kV 1,0174 1,0778 1,0693 Ayaviri 22,9 kV 1,0174 1,0778 1,0693 AZANGARO Azángaro 22,9 kV 1,0119 1,0661 1,0560 Azángaro II 60 kV 1,0007 1,0568 1,0468 Azángaro I 60 kV 1,0007 1,0568 1,0468 Azángaro 13,8 kV 0,9542 1,0429 1,0321 JULIACA Juliaca 10 kV 1,0276 1,0957 1,0861 PUNO Puno 22,9 kV 1,0324 1,1072 1,0976 Puno 60 kV 1,0211 1,0974 1,0880 Artículo 2º.- Aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Electro Norte Medio S.A., Electronoreste S.A., Electronorte S.A., Electrocentro S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Electro Puno S.A. y Electro Sur Este S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 342082-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban Directiva de Pagos por Retribución al Estado RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 014-2009-PD-OSITRAN Lima, 24 de abril de 2009 VISTOS: El Informe Nº 014-GAF-OSITRAN, la Nota Nº 039-09- GAL-OSITRAN y, la versión fi nal del Proyecto de Directiva de Pagos por Retribución al Estado y del Proyecto de Resolución que lo aprueba; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2003-CD/OSITRAN del 12 de diciembre de 2003 se aprobó el Reglamento para el Pago de la Retribución al Estado; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 027- 2003-PD-OSITRAN del 24 de diciembre de 2003 se aprueba la Directiva de Pagos por Retribución al Estado; Que, a través del Informe Nº 003-2008-24732/OCI- OSITRAN, Evaluación de las Aportaciones por Regulación y Retribuciones al Estado de las Entidades Prestadoras periodo 2006-2007, el Órgano de Control Institucional de OSITRAN, presenta una serie de recomendaciones respecto a la modifi cación de la Directiva de Pagos por Retribución al Estado; Que, de acuerdo al Informe de vistos, es necesario actualizar y modifi car la Directiva de Pagos por Retribución al Estado, con la fi nalidad de mejorar los controles internos y solucionar los inconvenientes presentados en cuanto a su aplicación; y, para el efecto adjunta un proyecto de Directiva; Que, conforme al artículo 56º literal f) del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM, corresponde al Presidente de OSITRAN, aprobar las políticas de administración, personal, fi nanzas y relaciones institucionales, en concordancia con las políticas generales que establezca el Consejo Directivo; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 7 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 001-2008-JUS, la Entidad debe publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, las Resoluciones Administrativas que aprueban Reglamentos, Directivas, cuando sean de ámbito general, siempre que sean dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creación o normas complementarias; Que, conforme a lo dispuesto en el Manual de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2007-CD- OSITRAN, en el numeral 08 de las Funciones Generales de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 006-2007- CD-OSITRAN, corresponde a dicha instancia aprobar las políticas de administración, personal, fi nanzas y relaciones institucionales en concordancia con las políticas generales que establezca el Consejo Directivo; por lo que le corresponde al Presidente del Consejo Directivo emitir la presente Resolución; Por lo expuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva de Pagos por Retribución al Estado, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web institucional de OSITRAN la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS ZEVALLOS UGARTE Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA DE PAGOS POR RETRIBUCIÓN AL ESTADO DIR-GAF-001-2009 I. GENERALIDADES La Retribución al Estado, que en algunos casos toma el nombre de Canon o Fondo Vial, es la contraprestación que la SOCIEDAD CONCESIONARIA paga periódicamente a favor de EL CONCEDENTE, en los términos establecidos en los contratos de concesión. II. OBJETIVO Dictar las normas y establecer el proceso administrativo para la correcta aplicación y control de los Pagos por Retribución al Estado. III. BASE LEGAL 3.1 Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ley de Creación de OSITRAN). 3.2 Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada de los Servicios Públicos y modifi catorias. 3.3 Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN y modifi catorias. 3.4 Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores. 3.5 Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2003- CD/OSITRAN, del 12 de diciembre de 2003 que aprueba el Reglamento para el Pago de la Retribución al Estado por concesiones de infraestructura de transporte de uso público.