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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395184 procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 338021-1 VIVIENDA Aprueban transferencia a título oneroso de terreno ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, a favor del Consorcio Collique GyM Besco S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2009-VIVIENDA Lima, 29 de abril de 2009 VISTO: El Expediente Técnico del Concurso Público Nº 06- FMV/GC-2008, convocado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. para la ejecución del Megaproyecto de construcción de vivienda sociales en el Terreno denominado “Nuevo Hábitat – Comas”/ Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26912, modifi cada por los Decretos de Urgencia Nº 091-2000, Nº 020-2001, Nº 072- 2001 y Nº 008-2002 y las Leyes Nº 27089 y Nº 27511, se creó el Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, con la fi nalidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada de vivienda, mediante la creación de mecanismos de fi nanciamiento con participación del sector privado; Que, mediante Ley Nº 28579 se dispuso la conversión del Fondo MIVIVIENDA en una sociedad anónima denominada Fondo MIVIVIENDA S.A., la misma que se encuentra regida por dicha Ley y su Estatuto Social, aprobado por Acuerdo de Directorio de FONAFE Nº 004-2005/016-FONAFE, y está adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, conforme al literal k) del artículo 6° de su Estatuto Social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene como función, entre otras, organizar y realizar concursos y subastas de inmuebles de su propiedad o de propiedad de personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, para el desarrollo de proyectos inmobiliarios; Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A. convocó mediante Concurso Público Nº 06-FMV/GC-2008, para la ejecución del Megaproyecto de Construcción de Viviendas Sociales en el terreno denominado “Nuevo Hábitat – Comas”/ Lima, el mismo que está constituido por dos terrenos ubicados a la altura del kilómetro 13.75 de la Carretera Panamericana Norte (entre las Avenidas El Porvenir, Collique y Víctor Andrés Belaúnde y la calle M. Gonzáles) Distrito de Comas, Lima; cada uno con un área de 321,939.50 m2 y 320,934.53 m2 respectivamente, los cuales constan inscritos en un caso en la fi cha 340391 y Partida Nº 42646350 y en el otro a fojas 13, 14 y 15 del Tomo 1078 y la Partida Nº 46624866 del Registro de Predios de Lima, de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, mediante acuerdo adoptado en el acto realizado el 29 de agosto de 2008, el Comité Especial otorgó la Buena Pro del Concurso Público citado al Consorcio Collique GyM Besco S.A.; Que, el numeral 8.2.6 de las Bases indica que los postores que deseen reservarse el derecho de impugnar el resultado del Concurso Público, deberán consignarlo en el Acta que levantará el Notario Público; de los antecedentes recibidos se observa que en la referida Acta se consignó la reserva del derecho de impugnación del postor Consorcio DH Mont S.A.C. & CG & M S.A.C., quien en fecha 03 de septiembre del 2008 presentó escrito con los fundamentos de su recurso de apelación; siendo desestimada la referida impugnación y ratifi cado el otorgamiento de la buena pro al consorcio ganador, mediante Acuerdo Nº 01-21D-2008 adoptado en sesión de directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A. celebrada el 17 de setiembre de 2008, por lo que el resultado quedó consentido, habiéndose realizado la publicación respectiva en el Diario Ofi cial El Peruano el día 18 de septiembre de 2008, de conformidad con el numeral 8 de las Bases; Que, estando a los acontecimientos suscitados en la desocupación de los inmuebles concursados, el Fondo MIVIVIENDA S.A. ha solicitado se expida la Resolución Suprema que apruebe la transferencia del terreno ubicado a la altura del Km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las Avenidas Víctor Andrés Belaúnde y la calle M. Gonzáles en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, con un área de 321,939.50 m2 e inscrito en la Ficha N° 340391 que continúa en la Partida Registral N° 42646350 del Registro de Predios de Lima; reservándose , para un momento posterior, la transferencia del terreno ubicado a la altura del Km. 13.75 de la carretera Panamericana Norte, entre las Avenidas El Porvenir y Collique en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, con un área de 320,934.53 m2 e inscrito en las fojas 13, 14 y 15 del Tomo 1078 y continúa en la Partida Registral N° 46624866 del Registro de Predios de Lima; Que, al amparo de lo establecido en la Tercera Disposición Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda – Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, precisado por el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 006-2002- VIVIENDA, el Estado por Resolución Suprema aprobará la transferencia a título oneroso del terreno objeto del concurso público debiendo consignar expresamente las condiciones de pago del postor ganador y el plazo para la ejecución del proyecto,; Que, la adjudicataria de la Buena Pro, Consorcio Collique GyM Besco S.A tendrá un plazo de 5 años para la ejecución del proyecto contenido en su oferta ganadora, habiendo elegido efectuar el pago del terreno objeto de esta Resolución, ascendente a S/. 29´001,239.81 Nuevos Soles , en la oportunidad en que se fi rme la escritura pública del contrato de compraventa, mediante la entrega de uno o más cheques de gerencia emitidos por un banco local bajo fe notarial; De conformidad con la facultad prevista en el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, así como lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título oneroso del terreno ubicado a la altura del Km. 13.75 de la Panamericana Norte, entre la Avenida Víctor Andrés Belaúnde y la calle M. Gonzáles, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, con un área de 321,939.50 m2 e inscrito en la Ficha Nº 340391 y continúa en la Partida Registral Nº 42646350 del Registro de Predios de Lima, a favor del Consorcio Collique GyM Besco S.A en la suma de S/. 29´001,239.81 (Veintinueve millones un mil dos cientos treinta y nueve con 81/100 Nuevos Soles.) Artículo 2º.- Resérvese para un momento posterior la transferencia del terreno ubicado a la altura del Km. 13.75 de la Panamericana Norte, entre las Avenida El Porvenir y Collique en el distrito de Comas, provincia y Departamento de Lima, con un área de 320,934.53 m2 e inscrito a fojas 13, 14 y 15 del Tomo 1078 que continúa en