TEXTO PAGINA: 35
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395185 la Partida Registral N° 46624866 del Registro de Predios de Lima; a un precio de S/. 26´040,467.31 (Veintiséis millones, cuarenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 31/100 Nuevos Soles. Artículo 3°.- La transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución, se aprueba a efectos de que la empresa Consorcio Collique GyM Besco S.A., ejecute sobre el terreno materia de transferencia un Megaproyecto de Construcción de Viviendas Sociales, en el plazo de 5 años contados a partir de la obtención de la licencia de habilitación urbana y de la licencia de construcción, pudiendo ser ampliado, a solicitud del postor ganador, por el Fondo MIVIVIENDA S.A. por razones debidamente justifi cadas. Artículo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, con intervención del Fondo MIVIVIENDA S.A., otorgará la escritura pública de transferencia correspondiente a favor de Consorcio Collique GyM Besco S.A que se inscribirá en el Registro de Predios. Dicho documento de transferencia deberá contener expresamente el plazo para la ejecución del proyecto, el precio del terreno valorizado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como el otorgamiento de las garantías, a fi n de asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la propuesta de la empresa adjudicataria, de lo contrario se aplicarán las penalidades y sanciones, conforme a lo previsto en las Bases del Concurso Público Nº 06-FMV/ GC-2008 “Nuevo Hábitat – Comas” / Lima. Artículo 5º.- El Fondo MIVIVIENDA S.A. se encargará de verifi car el cumplimiento de ejecución del Proyecto de Construcción de Viviendas Sociales a cargo de la empresa adjudicataria, según los plazos, obligaciones y condiciones establecidas en el contrato de transferencia y en su propuesta técnica. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 342713-5 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Modifican el Manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 106-2009-INDECI 21 de abril de 2009 VISTOS: el Memorando Nº 429-2009-INDECI/10.3 de fecha 2 de abril de 2009, a través del cual la Dirección Nacional de Prevención propone y sustenta la modifi catoria del Manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 251-2008-INDECI de fecha 28 de junio de 2008 y modifi cado por Resolución Jefatural Nº 006 -2009-INDECI/10.3. de fecha 9 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, y forma parte de sus funciones, la de normar, coordinar, orientar y supervisar el planeamiento y Ia ejecución de la Defensa Civil; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 251-2008- INDECI de fecha 26 de junio de 2008, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 28 de junio de 2008, se aprobó el Nuevo Manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC, incluyendo sus 22 Anexos; Que, considerando que los establecimientos de salud constituyen objetos de inspección de singular importancia dado su naturaleza, el Manual de Ejecución de ITSDC ya derogado, incluía entre sus Anexos una Lista de Verifi cación para Establecimientos de Salud; sin embargo, en el nuevo Manual de Ejecución de ITSDC, no se ha incluido un Anexo relacionado a Establecimientos de Salud, haciéndose necesario por los mismos fundamentos, la aprobación de un Formato de Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil para Establecimientos de Salud, debidamente actualizado en función a las normas y formatos hoy vigentes; Que, asimismo para efectos de una adecuada difusión y aplicación del formato propuesto, el INDECI ha formulado una Guía para la elaboración del Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle a Establecimientos de Salud, el mismo que cuenta con la conformidad de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, otorgada mediante Ofi cio Nº 0423-2009-DGIEM/MINSA de fecha 30 de marzo de 2009, haciéndose necesaria su aprobación; Que, a fi n de asegurar que los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil cuenten con todas las herramientas necesarias para realizar una adecuada verifi cación del cumplimiento de las normas de seguridad en Defensa Civil en los Establecimientos de Salud, se hace necesario la incorporación de los Anexos 10.1 y 11.1 en el Manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, antes mencionados; Que, por otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 006-2009-INDECI de fecha 9 de enero de 2009, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de enero de 2009, se modifi có el Anexo 20 del Manual de Ejecución de ITSDC, que corresponde al “Formato de Certifi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle”. Asimismo, se aprobó la incorporación de los Anexos 20.1, “Guía para el llenado del Certifi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle” “CITSDC-D”, incluido su Apéndice l “Ubicación de Campos en el Formato de Inspección Técnica de Defensa Civil de Detalle”, y Apéndice 2 “Ejemplo de llenado de Formulario de Certifi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle”; del Anexo 20.2 “Guía para el procedimiento de distribución, emisión, control, seguimiento y registro de los Certifi cados de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle” y del Anexo 20.3 “Guía para el procedimiento para la emisión de duplicados de Certifi cados de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle, nuevos Certifi cados por Cambio de Razón Social y/o Nombre Comercial, entre otros”; Que, durante la vigencia del mencionado Manual y los Anexos referidos en el considerando precedente, se ha identifi cado la necesidad de modifi car dichos Anexos con el objeto de adecuarlos con mayor efectividad a las normas establecidas en el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil – ITSDC; Con las visaciones de la Sub Jefatura, Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Dirección Nacional de Prevención; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y ampliatorias y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de lNDECl, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR e INCORPORAR como parte del Manual de Ejecución de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por Resolución