Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

410149

c) DPO: Desviacion de los presupuestos o valorizacion de las obras financiadas o construidas por los usuarios o interesados. La multa para el indicador DPO, correspondera a la aplicacion de la siguiente formula:

Multa DPO
Donde: DPO = N = n = IDO =

DPO 100

IDO N n

valor absoluto del DPO obtenido. Poblacion Tamano de la muestra Importe calculado por OSINERGMIN (S/.)

d) DPA: Desviacion de plazos de atencion sobre aportes y devolucion de las contribuciones reembolsables. La multa para el indicador DPA, correspondera a la aplicacion de la siguiente formula:

Multa DPA
Donde: FOA -

DPA 100 FOA CRP

Factor por Omision Administrativa = determinado por la diferencia del sobregiro bancario (20%) y la tasa de descuento (12%), resultando 8%, la que sera aplicada al importe total de las contribuciones reembolsables denominado CRP.

Dentro de este contexto, se ha considerado necesario contar con una Escala de Multas que permita implementar lo dispuesto en el referido Procedimiento y que este orientada a ser objetiva, disuasiva y racional, determinando los montos que se impondra como sancion a las empresas infractoras. En ese sentido, OSINERGMIN ha elaborado la Escala correspondiente que comprende las respectivas sanciones por desviacion de los indicadores de la Gestion Comercial para la supervision de las contribuciones reembolsables y su devolucion. Asimismo, se ha establecido sanciones por incumplir con remitir informacion o enviarla fuera del plazo establecido o de manera inexacta. Con este esquema de escala de multas se lograra el cumplimiento de los alcances del referido Procedimiento, a traves de una eficiente accion sancionadora, sin considerar ademas que ello significara constituir por si misma, una medida correctiva de aquellas actividades que perjudican el correcto desempeno del servicio publico de electricidad. Finalmente, debemos mencionar que la Ley Nº 27632, que modifica la Ley Nº 27332, en lo relativo a la Funcion Normativa de OSINERGMIN establece que esta funcion comprende la facultad de tipificar las infracciones por incumplimiento del MORDAZA legal y de los contratos de conexion. En ese sentido, al MORDAZA de esta Ley, es que debe procederse a incluir dentro de la Escala de Multas y Sanciones, aprobada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD, lo relativo a las sanciones por infracciones al "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de la normatividad sobre contribuciones reembolsables en el servicio publico de electricidad".

439731-3 FE DE ERRATAS RESOLUCION OSINERGMIN Nº 261-2009-OS/CD
Mediante Oficio Nº 1278-2009-GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion OSINERGMIN Nº 261-2009-OS/CD, publicada en nuestra edicion del dia 17 de diciembre de 2009. DICE: Articulo 2º.- Plan Quinquenal de inversiones Apruebese el Plan Quinquenal de Inversiones de la concesion de gas natural de MORDAZA y Callao, de acuerdo a lo establecido en el informe Nº 461-2009-GART, el cual forma parte de la Resolucion OSINERGMIN Nº 207-2009OS/CD. Articulo 3º.- Valor MORDAZA de Reemplazo Fijese el Valor MORDAZA de Reemplazo de la concesion de MORDAZA y Callao en US$ 130,34 Millones, correspondiente a las inversiones existentes en la concesion al mes de setiembre del 2008 y valorizados a precios de setiembre del 2008, de acuerdo a lo establecido en el informe Nº 4612009-GART. Este valor se actualizara segun la formula indicada en el articulo 13º de la presente Resolucion. DEBE DECIR: Articulo 2º.- Plan Quinquenal de inversiones Apruebese el Plan Quinquenal de Inversiones de la concesion de gas natural de MORDAZA y Callao, de acuerdo a lo establecido en el informe Nº 555-2009-GART, el cual forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Valor MORDAZA de Reemplazo Fijese el Valor MORDAZA de Reemplazo de la concesion de MORDAZA y Callao en US$ 130,34 Millones, correspondiente a las inversiones existentes en la concesion al mes de setiembre del 2008 y valorizados a precios de setiembre del 2008, de acuerdo a lo establecido en el informe Nº 5552009-GART. Este valor se actualizara segun la formula indicada en el articulo 13º de la presente Resolucion. - En la pagina 407968; encabezado del Unico Cuadro del Articulo 5º;

CRP

= Contribuciones Reembolsables a VNR contraidas por la concesionaria durante el periodo supervisado.

e) DMI: Desviacion del monto de intereses La multa para el indicador DMI, correspondera a la aplicacion de la siguiente formula:

Multa DPO
Donde: DMI N n MIO = = = =

DMI 100

MIO N n

valor absoluto del DMI obtenido. Poblacion Tamano de la muestra Monto total de intereses calculado por OSINERGMIN (S/.)

IV) Aplicacion de Multas Para todos los indicadores y la aplicacion de sus respectivas multas, las tolerancias tienen valor cero (0). Para el calculo de las multas, se debera considerar los resultados de los indicadores con cuatro (4) decimales. Asimismo, en el caso de las multas por los respectivos indicadores, estas se aplicaran anualmente. En este sentido, si el importe de las multas no alcanzara el valor de media (½) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), se aplicara la multa por el importe de media (½) Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Finalmente, la aplicacion de las sanciones y multas es independiente de la obligacion de las concesionarias de subsanar los incumplimientos encontrados.

EXPOSICION DE MOTIVOS
Mediante la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1822007-OS/CD, OSINERGMIN aprobo el "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de la normatividad sobre contribuciones reembolsables en el servicio publico de electricidad", a traves del cual mediante una muestra representativa se establece determinados indicadores que permiten evaluar la gestion comercial respecto a la evaluacion de las contribuciones reembolsables y su devolucion, considerando su incidencia en el usuario del servicio publico de electricidad.

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