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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (07/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de octubre de 2009 404116 Nº 462-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de mayo de 2009, el Ofi cio Nº 001-2009-UPACSAC-DIR/P recibido con fecha 24 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 002-2009- UPACSAC-DIR/P recibido con fecha 24 de junio de 2009, el Acuerdo Nº 267-2009-CONAFU de fecha 18 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 1260-2009-CONAFU-P de fecha 10 de agosto de 2009, el Ofi cio Nº 677-2009-CONAFU-CDAA recibido con fecha 21 de agosto de 2009 y el Acuerdo Nº 387- 2009-CONAFU de la sesión del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU de fecha 24 de agosto de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo; en concordancia con el inciso b) del artículo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas a propuesta de los promotores; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece: “En las universidades en el régimen de la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, la Comisión Organizadora estará conformada por tres miembros: a) Un Presidente, b) Un Vicepresidente Académico, c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la universidad según corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y fi nancieras”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, se establece: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35º y 36º de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora vaca por: a) Renuncia.”; Que, por Resolución Nº 148-2006-CONAFU de fecha 13 de junio de 2006, se resuelve aceptar la propuesta de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C. y reconocer a la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., la cual estará integrada por los siguientes profesionales: Fortunato Basilides Sánchez Ramírez, David Víctor Portillo Pomalaza y Hernando Martín Campos Martínez, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente; Que, por Ofi cio Nº 047-2008-UPAB-CO/P(e) recibido con fecha 30 de junio de 2008, el doctor David Víctor Portillo Pomalaza, Presidente encargado de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) – Modifi cado de la referida Universidad, incluyendo la propuesta de la conformación de la nueva Comisión Organizadora de dicha Universidad, para su respectiva evaluación; Que, por Resolución Nº 421-2008-CONAFU de fecha 16 de octubre de 2008, se resuelve conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., la misma que estuvo integrada por los siguientes profesionales: Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Hipólito Macalopu Inga y Carlos Arturo Abramonte Ato, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por escrito recibido con fecha 11 de febrero de 2009, el Magíster Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Presidente de la Comisión encargada de evaluar el PDI Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presenta el Informe Final realizado por la Comisión, manifestando que se ha presentado la propuesta para el cargo de los integrantes de la Comisión Organizadora de la referida Universidad proponiendo a los profesionales doctor David Víctor Portillo Pomalaza, doctora Gloria Isabel Rocha Rivero y al magíster Hernando Martín Campos Martínez, para ocupar el cargo de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente, de los cuales se reemplazó a la doctora Gloria Isabel Rocha Rivero por el doctor Domingo Percy Ortega Chacón, quien cumple con los requisitos exigidos por Ley, por lo que la Comisión Califi cadora es de la opinión que se reconozca al doctor David Víctor Portillo Pomalaza, doctor Domingo Percy Ortega Chacón, y al magíster Hernando Martín Campos Martínez para ocupar el cargo de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C.; Que, por Resolución Nº 103-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, se resuelve aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presentado por el Doctor David Víctor Portillo Pomalaza, en calidad de Presidente encargado de la Comisión Organizadora de la referida Universidad; Que, por Ofi cio Nº 462-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de mayo de 2009, la Comisión de Trabajo de la Consejería de Asuntos Académicos manifi esta que existiendo opinión favorable de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el PDI Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., para el reconocimiento de los integrantes de la Comisión Organizadora de la mencionada Universidad corresponde al Pleno del CONAFU declarar la vacancia del Presidente y Vicepresidente Académico y reconocer al doctor David Víctor Portillo Pomalaza, doctor Domingo Percy Ortega Chacón y al magíster Hernando Martín Campos Martínez para ocupar el cargo de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente, de la nueva Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., según lo indicado en el informe de la Comisión Califi cadora; Que, por Ofi cio Nº 001-2009-UPACSAC-DIR/ P recibido con fecha 24 de junio de 2009, el doctor Hernando Martín Campos Martínez, Presidente del Directorio de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., solicita se declare la vacancia del cargo del Presidente de la Comisión Organizadora de la referida Universidad, al haber presentado el doctor Fortunato Basilides Sánchez Ramírez su carta de renuncia a dicho cargo; Que, por Ofi cio Nº 002-2009-UPACSAC-DIR/P recibido con fecha 24 de junio de 2009, el doctor Hernando Martín Campos Martínez, Presidente del Directorio de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presenta la propuesta de la nueva Comisión Organizadora de la referida Universidad; Que, en el ítem 13 del TUPA-2008 del CONAFU, se establece el pago de la tasa por concepto de reconocimiento o designación de los miembros de las Comisiones Organizadoras por vacancia de cargos; Que, en sesión de fecha 18 de junio de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 267-2009-CONAFU aprobó por UNANIMIDAD: 1) Aceptar la renuncia del doctor Fortunato Basilides Sánchez Ramírez como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., 2) Declarar la vacancia de los señores Fortunato Basilides Sánchez Ramírez y David Víctor Portillo Pomalaza, quienes ocupaban los cargos de Presidente y Vicepresidente Académico, respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., 3) Devolver el expediente a la Consejería de Asuntos Académicos a fi n de determinar si corresponde solicitar a la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., el pago por concepto de reconocimiento de la Comisión Organizadora ya que fue evaluada conjuntamente con el PDI Modifi cado, siendo de esta manera se Procederá a aceptar la propuesta de la Promotora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., y reconocer a la nueva Comisión Organizadora