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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de octubre de 2010 427183 RESUELVE: Primero.- REEMPLAZAR las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 204.020:1983 ROTULADO DE LOS PRODUCTOS PESQUEROS ENVASADOS Reemplazada por la NTP 209.038:2009 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado NTP 201.045:1984 JAMÓN. Requisitos Reemplazada por la NTP 201.006:1999 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Embutidos con tratamiento térmico después de embutir o enmoldar. Defi niciones, clasifi cación y requisitos Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 204.020:1983 ROTULADO DE LOS PRODUCTOS PESQUEROS ENVASADOS NTP 041.004:1974 NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN CIENTÍFICA DE LOS MARISCOS COMÚNMENTE RECONOCIDOS EN EL PERÚ PARA FINES COMERCIALES NTP 201.045:1984 JAMÓN. Requisitos NTP 370.001:1986 CABLES DE ENERGÍA Y AISLADOS CON PAPEL IMPREGNADO Y CUBIERTA DE PLOMO CON TENSIONES HASTA Eo/E = 26/36 kv NTP 311.267:1983 ENVASES DE PLÁSTICO. Determinación de los componentes solubles para envases hasta de 1 litro de capacidad NTP 311.265 1982 PLÁSTICOS. Dispersiones acuosas de polímeros y copolímeros. Determinación de residuo a 105 ºC . NTP 311.209 1982 PLÁSTICOS. Películas, láminas y laminados. Determinación de la facilidad de limpieza NTP 231.188:1984 ALGODÓN ABSORBENTE NO ESTÉRIL. Muestreo e inspección NTP 319.039:1983 PLAGUICIDAS. Carbaril técnico. Requisitos. Determinación del contenido de 1 naftol Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 552148-1 Aprueban Adendas a Normas Técnicas Peruanas de gestión y aseguramiento de la calidad y de conductores eléctricos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 22-2010/CNB-INDECOPI Lima, 22 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigentes, establece en su artículo 16º que las Normas Técnicas Peruanas que tengan errores evidentes serán revisadas por el Comité Técnico de Normalización, quien elaborará, de ser el caso, una Adenda; Que, toda vez que las actividades de elaboración y revisión de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización: a) Gestión y aseguramiento de la calidad y b) Conductores eléctricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron los Proyectos de Adenda a las Normas Técnicas Peruanas (PNTP/AD) en las fechas indicadas: a) Gestión y aseguramiento de la calidad, 02 PNTP/AD 1, el 8 de setiembre de 2010. b) Conductores eléctricos, 01 PNTP/AD 1, el 14 de setiembre del 2010. Que, los Proyectos de Adenda a las Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas; Que, la Comisión acorde a lo informado por los mencionados Comités, confi rmó la necesidad de aprobar las Adendas a las Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 22 de setiembre de 2010, RESUELVE: APROBAR como Adendas a las Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 9001/AD 1:2010 SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. Requisitos. 1ª Edición NTP-ISO 10002/AD1:2010 GESTIÓN DE LA CALIDAD. Satisfacción del cliente. Directrices para el tratamiento de las quejas en las organizaciones. 1ª Edición NTP-IEC 60502-1/AD1:2010 Cables de energía con aislamiento extruido y sus accesorios para tensiones nominales desde 1 kV (Um = 1,2 kV) hasta 30 kV (Um = 36 kV). Parte 1: Cables para tensiones nominales de 1kV (Um = 1,2 kV) y 3 kV (Um = 3,6 kV). 1ª Edición Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 552148-2