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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de agosto de 2011 448644 Órgano de Gobierno aprobó la Directiva Nº 003-2010- CE PJ “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de Selección de Personal del Poder Judicial”. Segundo: Que, como parte integrante de la directiva en mención, se designó en el artículo 14º una Comisión Permanente de Selección de Personal encargada de llevar a cabo el concurso para cubrir plazas vacantes de la Gerencia General del Poder Judicial, la misma que quedó integrada por el Gerente General del Poder Judicial, quien lo preside, el Gerente de Personal y Escalafón, y el Gerente de Planifi cación. Tercero: Que, dentro de ese contexto y habiéndose procedido a la revisión de la Directiva Nº 003-2010-CE-PJ denominada “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de Selección de Personal en el Poder Judicial”, se ha visto por conveniente incluir algunas modifi caciones en la conformación de la comisión. En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Ayar Chaparro Guerra, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo 14º de la Directiva Nº 003-2010-CE-PJ “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de Selección de Personal en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 020- 2010-CE-PJ de fecha 20 de enero de 2010, en los siguientes términos: “Artículo 14º La Comisión Permanente de Selección para la cobertura de plazas vacantes de la Gerencia General del Poder Judicial, se conforma con los siguientes miembros: - Gerente de Personal y Escalafón Judicial; quien la preside. - Gerente de Administración y Finanzas - Gerente de Planifi cación”. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CESAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 679906-2 Establecen disposiciones para la realización del Sexto Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, a realizarse en la ciudad de Tarapoto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 209-2011-CE-PJ Lima, 10 de agosto de 2011 VISTA: La propuesta del señor Presidente del Poder Judicial, para la realización del Sexto Congreso Nacional de Jueces; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de acuerdo con el artículo 138° de la Constitución Política del Estado, el Poder Judicial ejerce la potestad de impartir justicia a través de sus órganos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes. En tal sentido, sus labores de impartición de justicia se realizan a través de las Salas Supremas, Salas Superiores, Juzgados Especializados y/o Mixtos, Juzgados de Paz Letrados y Juzgados de Paz. Segundo: Que, de acuerdo con el artículo 139°, inciso 2, de la Constitución Política del Estado, la independencia es un principio en el ejercicio de la función jurisdiccional, y a la vez un derecho, de manera que resulta fundamental su fortalecimiento, procurando la impartición de un servicio de justicia efi ciente, predecible y transparente; Tercero: Que, la realización de los principios y el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales del Poder Judicial requiere coordinación permanente en la gestión con sus jueces y claridad en la política de la institución, requisitos a partir de las cuales se han realizado los primeros cinco congresos nacionales de jueces y se han establecido sus ejes temáticos. Cuarto: Que, es fundamental la continuidad de los congresos nacionales de jueces del Poder Judicial y la conformación de una comisión que formule propuestas del programa y metodología del Sexto Congreso Nacional de Jueces correspondiente al presente año. Siendo indispensable la participación de autoridades administrativas, autoridades jurisdiccionales y trabajadores de este Poder del Estado. Quinto: Que, asimismo, resulta conveniente delegar al Presidente del Poder Judicial la facultad de dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para el desarrollo del referido certamen. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, inciso 26°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha. RESUELVE: Artículo Primero.- Realizar el Sexto Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, que se llevará a cabo en la ciudad de Tarapoto, Departamento de San Martín, los días 24, 25 y 26 de octubre del año en curso. Artículo Segundo.- Disponer que en el Sexto Congreso Nacional de Jueces participen: - El señor Presidente del Poder Judicial. - Los señores Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la República. - Los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. - Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país. - Un Juez Superior, un Juez Especializado o Mixto, un Juez de Paz Letrado y un Juez de Paz de cada una de las Cortes Superiores, elegidos en Sala Plena y Junta de Jueces respectivamente. - Un trabajador jurisdiccional de cada Corte Superior, en calidad de invitado. Artículo Tercero.- Conformar la comisión encargada de la organización del Sexto Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, integrada por los doctores: - Jorge Alfredo Solís Espinoza, Juez Supremo y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien la presidirá. - Luis Alberto Vásquez Silva, Juez Superior y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. - Darío Palacios Dextre, Juez Especializado y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. - Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Jefe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial. - Mario Huerta Rodríguez, Gerente General del Poder Judicial. - Joel Segura Alania, Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República. - Luis Alberto Mera Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.