Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 40412 de fecha 26 de setiembre de 2007 seguido por la empresa COMPANIA MOLINERA DEL CENTRO S. A. debidamente representado por su apoderado don MORDAZA MORDAZA SANSUR, por el cual solicitan la Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Industria Liviana "I-2" del terreno con un area de 3,572.00 m2, constituido por el lote 116A de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194°, numeral 5) del Articulo 195° de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, mediante Acuerdo N° 04, tomado en Sesion N° 03-08-CTDHU/MDA de fecha 28 de Marzo de 2008 la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas dictamino FAVORABLE el proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso Industria Liviana "I-2" del terreno con un area de 3,572.00 m2, constituido por el lote 116A de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciendose como deficit de Aportes; Otros Fines con un area de 69.32 m2; Parques Zonales con un area 173.29 m2 y Renovacion MORDAZA con un area de 103.97 m2; los cuales deberan de redimirse en dinero, previo a la Recepcion de Obra de conformidad con la Ordenanza N° 836-MML; Que, mediante Liquidacion N° 016-2011-MDA/GDUSGHUE de fecha 04 de Agosto de 2011, se calculo el deficit de aporte de Otros Fines del area de 69.32 m2 correspondiente al 2% del terreno designado para el uso de Industria Liviana "I-2" conforme a la tasacion del perito externo Arq. MORDAZA MORDAZA Mellado, la cual asciende a la suma de S/. 31,453.95 y por Licencia de Habilitacion MORDAZA, la suma ascendente a S/. 2,132.47, haciendo un total de S/. 33,586.42; y mediante Recibo Nº 0008847188 de fecha 15/08/11, pagada en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion total de dicha Liquidacion; Que, mediante Informe N° 472-2011-MDA/GDUSGHUE-DEHE de fecha 13 de Octubre de 2011, emitido por el Area Tecnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones por el cual informa que el presente tramite de Habilitacion MORDAZA Nueva es procedente; y que el administrado han cumplido con presentar la documentacion y cancelar los pagos estipulados por el MORDAZA vigente; ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPITULO II DEL ARTICULO 79° DE LA LEY ORGANICA

DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASI COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 26878 LEY GENERAL DE HABILITACIONES URBANAS, ORDENANZA Nº 836-MML, EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Y ORDENANZA Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 031-2011-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion, suscrita por el profesional responsable, Arq. MORDAZA MORDAZA Mellado, el proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Industria Liviana "I-2" del terreno con un area de 3,572.00 m2, constituido por el lote 116A de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa COMPANIA MOLINERA DEL CENTRO S. A representado por su apoderado don MORDAZA MORDAZA SANSUR, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la notificacion de la presente resolucion y bajo responsabilidad de la culminacion de las obras faltantes de Habilitacion MORDAZA en el terreno de 3,572.00 m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: DISENO AREA BRUTA: 3,572.00 m2 AREA UTIL: 2,961.76 m2 AREA DE VIA CARACTER REGIONAL: 106.23 m2 AREA DE VIAS: 504.01 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El area afecta a aportes es la resultante del Area Bruta descontando el Area de Vias de Caracter Regional (3,572.00 m2 - 106.23 m2 = 3,465.77 m2) y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonificacion "I-2" ­ Industria Liviana, son las siguientes:

APORTES Parques Zonales Renovacion MORDAZA Otros Fines

ORDENANZA Nº 836-MML % 5 3 2 (m2) 173.29 103.97 69.32

PROYECTO DEFICIT (m2) (m2) ---------------------173.29 103.97 69.32

* El deficit de Aportes correspondiente a Otros Fines fue redimido en dinero segun lo indicado en el MORDAZA considerando. * Para el caso del deficit de los aportes de Parques Zonales y Renovacion MORDAZA no se ha acreditado la cancelacion, por tanto se deja el lote unico como garantia de pago para dichos aportes debiendose pagar MORDAZA de la Recepcion de Obra. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado por SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicandole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y termino de las obras. ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Para la ejecucion de pista y vereda debera tenerse en cuenta el Estudio de Suelos con fines de Pavimentacion elaborado por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA debiendo considerar los siguientes aspectos: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, sera necesario

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