Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

Servicios urbanos Actividades operativas publicas prestadas directamente por la autoridad competente o concesionada para satisfacer necesidades colectivas en los centros poblados urbanos y rurales Suelo MORDAZA Aquel que no cuenta con habilitacion urbana. Ademas, esta destinado o es susceptible de serlo para fines agrarios, ganaderos, forestales y de fauna MORDAZA y actividades analogas. Suelo MORDAZA Aquel que se cuenta con obras de habilitacion MORDAZA y que esta destinado o son susceptibles de ser destinados para fines de vivienda, comercio, industria, equipamiento o cualquier otra actividad urbana. Suelo urbanizable Aquel suelo MORDAZA cuyas caracteristicas lo hacen susceptible de aprovechamiento en la fundacion o crecimiento de los centros poblados, mediante procesos de habilitacion urbana. Territorio Base fisica, sociocultural, economica, politica, dinamica y heterogenea, formada por las areas urbanas y rurales, e integrante interactiva del sistema ambiental. Estructuralmente el territorio esta conformado por el suelo, subsuelo y sobresuelo. MORDAZA Cuando en la presente ley se hace referencia a MORDAZA, entiendase que corresponde tanto a los centros poblados urbanos como a los centros poblados rurales. Uso del suelo Destino dado por la poblacion al territorio, tanto MORDAZA como rural, para satisfacer sus necesidades de vivienda, de esparcimiento, de produccion, de comercio, culturales, de circulacion y de acceso a los servicios. Uso potencial del suelo Destino propuesto para su area del territorio por un programa de desarrollo regional sustentable y el consecuente desarrollo territorial. Desde el punto de vista agronomico el uso potencial se refiere a los sistemas de produccion aconsejables para lograr la mejor productividad permanente, preservando la integridad del recurso. Vulnerabilidad Es el grado de debilidad que presenta una sociedad, frente a las amenazas que la afectan y su capacidad de sobreponerse luego del momento de la afectacion. Se relaciona con los bajos niveles economicos y de bienestar de la poblacion, escasa organizacion social, bajos estandares educativos, y caracteristicas culturales e ideologicas que dificultan la reduccion de riesgos. 654554-14

por excepcion la disposicion de bienes necesarios para fines de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en areas urbanas que almacenen materiales que representan un riesgo para la poblacion; Que, mediante Resolucion de la Comandancia General del Ejercito Nº 026 de fecha 18 de enero de 2008, se aprobo la relacion de inmuebles que pueden ser objeto de administracion y/o disposicion en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29006 y su Reglamento, dentro de los cuales se encuentra el predio denominado "Fuerte Militar MORDAZA MORDAZA Rubio"; Que, en merito a la citada Ley, el Servicio de Ingenieria del Ejercito del Peru-SINGE del Ministerio de Defensa, mediante Oficio Nº 973-2009 T-12.j.2/10.00, de fecha 09 de setiembre de 2009, inicio las gestiones para el levantamiento de reserva parcial y posterior transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru de un area de 319 680,97 m² del predio denominado "Fuerte Militar MORDAZA MORDAZA Rubio"; Que, la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, mediante Informes Nros 756-2009/SBN-GO-JAR-B5, 9022009/SBN-GO-JAR-B5, y 618-2010/SBN-GO-JAR-B5 de fechas 17 de setiembre de 2009, 06 de noviembre de 2009, y 25 de agosto de 2010, respectivamente, manifiesta que es procedente el levantamiento de la reserva parcial respecto del area de 314 026,60 m², conformada por: · El predio de 92 357,83 m², ubicado en parte del predio constituido por el actual Poligono de Tiro, que formo parte del Fundo Munoz, en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12400170 del Registro de Predios de Lima; y · El predio de 221 668,77 m², ubicado colindante al predio denominado Poligono Nacional de Tiro con acceso por la Prolongacion de la Avenida MORDAZA MORDAZA, en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12395562 del Registro de Predios de Lima; Que, los predios descritos en el considerando anterior forman parte de un area de mayor extension de 1 423 647,64 m² que se encuentra reservada para fines de defensa nacional, conforme a la reconstruccion realizada de lo dispuesto mediante Resolucion Suprema N° 142 del 22 de noviembre de 1962, modificada con Resolucion Suprema N° 52 del 22 de junio de 1963; Que, la Jefatura de Adjudicaciones mediante Informe Nº 996-2009/SBN-GO-JAD de fecha 09 de diciembre de 2009, otorgo su conformidad para la transferencia del area de 314 026,60 m² a favor del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru; Que, con fecha 22 de enero de 2010, el Comandante General del Ejercito aprueba el Informe Tecnico Nº 001/T12.j.2/10.00 de fecha 20 de enero de 2010, el cual da la sustentacion tecnica para la solicitud del levantamiento de reserva y transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru del predio sub materia; Que, el area de 314 026,60 m² materia del presente caso, sera destinada al Proyecto de Vivienda denominado "La Alameda del Rimac" ­ MORDAZA, como parte del Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y en concordancia con la finalidad y procedimientos de la Ley Nº 29006 y su Reglamento; Que, el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29006, establece que el levantamiento de reserva y transferencia, seran aprobados por Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el levantamiento de reserva parcial y la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29006 y Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el levantamiento de reserva parcial del area de 314 026,60 m², conformada por los predios inscritos en las Partidas Nros 12400170 y

Transfieren inmuebles en propiedad a favor del Ministerio de Defensa con la finalidad de ser destinados a la realizacion del Proyecto de Vivienda "La Alameda del Rimac"
RESOLUCION SUPREMA N° 007-2011-VIVIENDA MORDAZA, 16 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disposicion de inmuebles del Sector Defensa, autorizo al Ministerio de Defensa y a sus Organos de Ejecucion (Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea) a realizar actos de administracion y disposicion, a titulo oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su finalidad o no se encuentren considerados en sus planes estrategicos, destinando los recursos que se obtengan para fines de bienestar de su personal, considerando asimismo,

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