Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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seguimiento de las acciones relacionadas a los procesos de recaudacion aduanera a nivel nacional. Asimismo, se encarga de proponer las normas que regulan los procesos de determinacion, recaudacion y extincion de la deuda aduanera y recargos, asi como de los respectivos procedimientos contenciosos y no contenciosos. Articulo 71-B°.- Funciones de la Division de Recaudacion Aduanera Son funciones de la Division de Recaudacion Aduanera: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. b) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. c) Realizar el seguimiento de las acciones relativas a los procesos de su competencia, asegurando su ingreso a las Cuentas Corrientes de los bene ciarios de la recaudacion. d) Realizar el seguimiento del deposito y abono de la recaudacion aduanera; asi como la centralizacion de la informacion de los documentos valorados emitidos, redimidos y recibidos en cancelacion de tributos. e) Registrar, controlar y custodiar las garantias previas a la numeracion de la Declaracion, y aquellas que respaldan las obligaciones de las Agencias de Aduana, Almacenes Aduaneros, Concesionarios Postales y otros operadores obligados; asi como solicitar la ejecucion de las mismas cuando corresponda. f) Determinar la deuda tributaria aduanera y multas administrativas como resultado de los procedimientos tramitados en la Gerencia; asi como asegurar su cobranza y solicitar la aplicacion de medidas cautelares previas, de corresponder. g) Resolver las solicitudes de fraccionamiento tributario por deudas generadas en la Intendencia, asi como en la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. h) Evaluar y hacer seguimiento de las cobranzas administrativas y coactivas a nivel nacional. i) Elaborar los proyectos de resoluciones de declaracion de la deuda de recuperacion onerosa y cobranza dudosa; asi como de la cali cacion de Buenos Contribuyentes para los regimenes aduaneros de admision temporal para reexportacion en el mismo estado y admision temporal para perfeccionamiento activo. j) Emitir cheques por devoluciones otorgadas por pagos indebidos o en exceso. k) Consolidar la informacion de las deudas de las empresas acogidas a las Leyes de Reestructuracion Patrimonial y de Promocion de la Inversion Privada en Empresas del Estado, asi como realizar el seguimiento de las mismas ante los representantes correspondientes. l) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. m) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Recaudacion Aduanera. Articulo 71-C°.- Division de Contabilidad de Ingresos Aduaneros La Division de Contabilidad de Ingresos Aduaneros es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Recaudacion Aduanera, encargada de elaborar la contabilidad de la institucion ­ Ente Captador, respecto de los ingresos aduaneros. Articulo 71-D°.- Funciones de la Division de Contabilidad de Ingresos Aduaneros Son funciones de la Division de Contabilidad de Ingresos Aduaneros: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. b) Elaborar y registrar la informacion contable de la institucion­ Ente Captador, en el ambito de su competencia. c) Analizar los saldos de cuentas por cobrar de los documentos pendientes de cobro de las Intendencias de Aduana. d) Formular, en el ambito de su competencia, el Balance de Comprobacion como Ente Captador, los

Estados Financieros y Presupuestarios, e informacion complementaria mensual y anual; asi como la informacion requerida para la Cuenta General de la Republica, en coordinacion con la unidad organica competente. e) Conciliar entre las Intendencias de Aduana y la Direccion General del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, las cuentas de enlace, depositos contables, resoluciones emitidas y remitidas por devoluciones, cheques girados y pagados, segun corresponda, por las cobranzas por encargo, Restitucion Simpli cada de Derechos Arancelarios, Notas de Credito Negociable, cheques devueltos regularizados y otros a nivel nacional. f) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. g) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Recaudacion Aduanera. (...) CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE SOPORTE Articulo 78°.Intendencia Nacional de Administracion La Intendencia Nacional de Administracion es un organo dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna, encargado de controlar la programacion, preparacion, ejecucion y supervision de los procesos de contratacion de bienes, servicios u obras hasta su culminacion; de los servicios y del mantenimiento de equipos e infraestructura; asi como normar la gestion de los almacenes a nivel nacional y administrar los almacenes bajo su cargo. Articulo 79°.- Funciones de la Intendencia Nacional de Administracion Son funciones de la Intendencia Nacional de Administracion: a) Supervisar la formulacion y actualizacion de politicas, planes, programas y estrategias y proponerlos a la Alta Direccion para su aprobacion; asi como aprobar las que le correspondan. b) Emitir opinion tecnica y proponer las normas relacionadas a su competencia; asi como aprobar las que le correspondan. Asimismo, disponer su seguimiento y evaluacion. c) Supervisar la administracion del abastecimiento y control de bienes y servicios, la ejecucion de obras en concordancia con el Plan Anual de Contrataciones y con la disponibilidad presupuestal, con excepcion de las competencias asignadas a otros organos, asi como administrar el mantenimiento de los bienes de la institucion. d) Suscribir los contratos de adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras y adendas, con excepcion de las competencias asignadas a otros organos. e) Proponer los informes tecnicos derivados de la Ley de Contrataciones del Estado, asi como aprobar los que le corresponda. f) Supervisar el cumplimiento del Plan Anual de Contrataciones, asi como los servicios y el mantenimiento de equipos e infraestructura de la SUNAT. g) Supervisar la gestion de los almacenes a su cargo. h) Refrendar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia y derivar a las instancias pertinentes para su atencion, cuando corresponda. i) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna. Articulo 80°.- Gerencia Administrativa La Gerencia Administrativa es una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Administracion, encargada de conducir la programacion, preparacion, ejecucion y supervision de los procesos de contratacion de bienes, servicios u obras hasta su culminacion, asimismo controla la ejecucion de los contratos suscritos con los proveedores.

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