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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481339 a) Conducir la formulación y actualización de propuestas de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. b) Formular el proyecto de presupuesto de los programas y actividades a su cargo. c) Supervisar la administración de la información de los recursos humanos de la SUNAT y de los integrantes de las modalidades formativas laborales. d) Veri¿ car el cumplimiento de la programación anual de vacaciones de los trabajadores de la SUNAT y los descansos remunerados de los integrantes de las modalidades formativas laborales. e) Supervisar el proceso de control de asistencia de los trabajadores y de los integrantes de las modalidades formativas laborales. f) Elevar la propuesta de modi¿ cación de los instrumentos del subsistema de gestión de la compensación de los trabajadores de la SUNAT. g) Aprobar las planillas de remuneraciones, pensiones, subvenciones y otras, según corresponda, así como visar las resoluciones de liquidación de bene¿ cios sociales y pensiones, reconocimiento de tiempo de servicio y de grati¿ caciones de los trabajadores y pensionistas de la SUNAT, en los casos que corresponda. h) Revisar y elevar las propuestas de opinión técnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo, así como emitir opinión técnica cuando corresponda. i) Proponer la suscripción de alianzas estratégicas y/o convenios, en materias de su competencia. j) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. k) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Recursos Humanos. Artículo 105-A°.- División de Información de Personal La División de Información de Personal es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Administración de Personal, encargada de administrar la información relacionada a los recursos humanos de la SUNAT Artículo 105-B°.- Funciones de la División de Información de Personal Son funciones de la División de Información de Personal: a) Elaborar y proponer acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias, en el ámbito de su competencia. b) Establecer los mecanismos de registro, consolidación, archivo y consulta de la información relacionada con los diferentes procesos del sistema administrativo de gestión de recursos humanos y de los integrantes de las modalidades formativas laborales; asimismo, emitir las constancias y certi¿ cados dentro del ámbito de su competencia. c) Administrar el sistema de identi¿ cación de los trabajadores y de los integrantes de las modalidades formativas laborales. d) Administrar los legajos del personal activo, pasivo, pensionistas y de los integrantes de modalidades formativas laborales, así como veri¿ car la autenticidad de los documentos que correspondan. e) Elaborar los proyectos de opinión técnica, emitir los que correspondan, y proyectar las normas relacionadas a las actividades a su cargo. f) Elaborar y elevar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios con entidades en materias de su competencia. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. h) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Administración de Personal. Artículo 105-C°.- División de Compensaciones y Benefi cios La División de Compensaciones y Bene¿ cios es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Administración de Personal, encargada de proponer mejoras a las compensaciones y bene¿ cios que los trabajadores perciban de la SUNAT, así como proyectar las resoluciones de liquidación de bene¿ cios sociales y pensiones, reconocimiento de tiempo de servicio y de grati¿ caciones de los trabajadores y pensionistas de la SUNAT, en los casos que corresponda. Artículo 105-D°.- Funciones de la División de Compensaciones y Benefi cios Son funciones de la División de Compensaciones y Bene¿ cios: a) Elaborar y elevar el proyecto de Presupuesto Anual de Egresos por concepto de remuneraciones, pensiones y subvenciones de los integrantes de las modalidades formativas laborales. b) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. c) Elaborar y elevar el Presupuesto Analítico de Personal, así como el proyecto de presupuesto de los programas y actividades a su cargo. d) Proyectar las resoluciones de liquidación de bene¿ cios sociales y pensiones, reconocimiento de tiempo de servicio y de grati¿ caciones de los trabajadores y pensionistas de la SUNAT, en los casos que corresponda. e) Proponer y administrar el subsistema de gestión de la compensación. f) Elaborar los proyectos de opinión técnica, emitir los que correspondan, y proyectar las normas relacionadas a las actividades a su cargo. g) Elaborar y elevar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios con entidades en materias de su competencia. h) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Administración de Personal. Artículo 105-E°.- División de Planillas y Pensiones La División de Planillas es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Administración de Personal, encargada de procesar las planillas de pagos del personal activo, cesado y jubilado y de la subvención de las modalidades formativas laborales de la SUNAT. Artículo 105-F°.- Funciones de la División de Planillas y Pensiones Son funciones de la División de Planillas y Pensiones: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias, en el ámbito de su competencia. b) Emitir las constancias, certi¿ cados o documentación a los trabajadores, pensionistas o integrantes de las modalidades formativas laborales, vinculadas a las remuneraciones y/o subvenciones. c) Gestionar el cumplimiento de la programación anual de vacaciones de los trabajadores de la SUNAT y del descanso remunerado de los integrantes de las modalidades formativas laborales. d) Administrar el proceso de control de asistencia de los trabajadores y de los integrantes de las modalidades formativas laborales. e) Elaborar la propuesta de la planilla de remuneraciones, pensiones, liquidaciones de bene¿ cios sociales, subvenciones y otras planillas. f) Elaborar los proyectos de opinión técnica y emitir las que correspondan, y proyectar las normas relacionadas a las actividades a su cargo. g) Elaborar y elevar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios con entidades en materias de su competencia. h) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Administración de Personal.