Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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b) Disenar e implementar la red nacional de inteligencia aduanera, asi como realizar su seguimiento, coordinando, evaluando y retroalimentando su funcionamiento. c) Evaluar las denuncias sobre fraude aduanero. d) Realizar investigaciones de MORDAZA y otras actividades relacionadas dentro del ambito de su competencia para obtener informacion sobre fraudes aduaneros. e) Programar acciones de control aduanero. f) Coordinar acciones con otras entidades nacionales e internacionales sobre los asuntos de su competencia. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. h) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Investigaciones Aduaneras. Articulo 66°.- Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales La Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales es una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera, encargada de conducir los programas y acciones orientados a la prevencion, deteccion y represion del contrabando, tra co ilicito de mercancias y otras modalidades de delitos aduaneros y/o fraude aduanero. Articulo 67°.- Funciones de la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales Son funciones de la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales: a) Conducir la formulacion y actualizacion de propuestas de politicas, planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. b) Revisar y elevar las propuestas de opinion tecnica y de normas relacionadas a los procesos de su competencia. c) Conducir la ejecucion de los programas de acciones preventivas, inmediatas y masivas, en el ambito de su competencia. d) Conducir la de nicion de los recursos necesarios para el desarrollo de sus funciones, asi como de la distribucion de los recursos que le son asignados. e) Dirigir las coordinaciones con otras entidades nacionales e internacionales, en el ambito de su competencia. f) Conducir el MORDAZA de determinacion de la deuda tributaria aduanera, recargos y las sanciones previstas por la Ley General de Aduanas, la Ley de los Delitos Aduaneros, y otras normas pertinentes, como producto de las acciones de control de su competencia. g) Conducir las acciones de comunicacion de indicios de comision de delitos aduaneros y otros ilicitos penales. h) Elevar a la Intendencia los proyectos de creacion, fusion, traslado y desactivacion de puestos de control jo o movil, a nivel nacional. i) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. j) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera. Articulo 67-A°.- Division de Control Fronterizo y Coordinacion Territorial La Division de Control Fronterizo y Coordinacion Territorial es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales, encargada de la elaboracion de propuestas normativas asi como de la coordinacion y evaluacion de las acciones de prevencion y represion del contrabando, tra co ilicito de mercancias y otras modalidades de delitos aduaneros, a nivel nacional. Articulo 67-B°.- Funciones de la Division de Control Fronterizo y Coordinacion Territorial Son funciones de la Division de Control Fronterizo y Coordinacion Territorial: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias.

b) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. c) Coordinar, monitorear y evaluar las acciones de prevencion y represion del contrabando, tra co ilicito de mercancias y otras modalidades de delitos aduaneros, asi como las acciones bilaterales con las Administraciones de Aduana de otros paises y las acciones conjuntas con otras entidades nacionales, dentro del ambito de su competencia. d) Disenar las politicas y normas relativas a medios de control electronico, medios de defensa personal, canes y otras herramientas, dentro del ambito de su competencia. e) Elaborar las propuestas relativas a la asignacion de los recursos necesarios para el desarrollo de sus funciones, asi como de la distribucion de los recursos que son asignados a la Gerencia. f) Coordinar acciones con otras entidades nacionales e internacionales orientadas a la proteccion de la sociedad, dentro del ambito de su competencia. g) Comunicar a los organos competentes los casos de indicios de comision de delitos aduaneros y otros ilicitos penales; realizando las acciones complementarias previstas en la normatividad correspondiente. h) Elaborar los proyectos de creacion, fusion, traslado y desactivacion de puestos de control jo o movil, a nivel nacional. i) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. j) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales. Articulo 67-C°.- Division de Acciones Inmediatas y Masivas La Division de Acciones Inmediatas y Masivas es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales, encargada de ejecutar las acciones inmediatas y masivas de prevencion y represion del fraude aduanero. Articulo 67-D°.- Funciones de la Division de Acciones Inmediatas y Masivas Son funciones de la Division de Acciones Inmediatas y Masivas: a) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. b) Ejecutar acciones preventivas de control aduanero, en el ambito de su competencia. c) Ejecutar operativos, inspecciones, veri caciones y otras acciones inmediatas orientadas a reprimir el fraude aduanero. d) Determinar, como resultado de sus acciones de control, la deuda tributaria aduanera, recargos y las sanciones previstas por la Ley General de Aduanas, la Ley de los Delitos Aduaneros y otras normas pertinentes; asi como remitir la deuda generada a la unidad organica competente para su cobro. e) Determinar responsabilidad solidaria, solicitar la aplicacion de medidas cautelares previas asi como el levantamiento de secreto bancario, y otras medidas relacionadas a sus acciones de control. f) Comunicar a los organos competentes los casos de indicios de la comision de delitos aduaneros y otros ilicitos penales, realizando las acciones complementarias previstas en la normatividad correspondiente. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. h) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Prevencion del Contrabando y Operaciones Especiales. Articulo 68°.- Gerencia de Fiscalizacion Aduanera La Gerencia de Fiscalizacion Aduanera es una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Prevencion del Contrabando y Fiscalizacion Aduanera, encargada de conducir las acciones referidas a la scalizacion aduanera posterior mediante auditorias, asi como a los procedimientos

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