Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2012 (20/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2012

d) Elaborar la informacion de caracter presupuestal para las entidades que indiquen las normas vigentes. e) Elaborar las consultas en materia presupuestal que resulten necesarias. f) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. g) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. h) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Plani cacion Presupuestal. Articulo 99-I°.- Division de Proyectos de Inversion Publica La Division de Proyectos de Inversion Publica es una unidad organica, de MORDAZA nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Plani cacion Presupuestal, encargada de gestionar y brindar asistencia tecnica para la viabilidad de Proyectos de Inversion Publica incluidos en los planes institucionales. Articulo 99-J°.- Funciones de la Division de Proyectos de Inversion Publica Son funciones de la Division de Proyectos de Inversion Publica: a) Elaborar el proyecto de Programacion Multianual de Inversion Publica de la SUNAT. b) Elaborar estudios de preinversion de los Proyectos de Inversion Publica que se le encarguen y gestionar su viabilidad, de acuerdo a lo establecido por el Sistema Nacional de Inversion Publica. c) Brindar asistencia tecnica en las materias de su competencia. d) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. e) Elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. f) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. g) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Plani cacion Presupuestal. Articulo 99-K°.- Gerencia de Organizacion y Procesos La Gerencia de Organizacion y Procesos es una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, encargada de formular y evaluar los documentos de gestion institucional, de la promocion de la simpli cacion administrativa, la gestion por procesos y la modernizacion de la gestion institucional. Articulo 99-L°.- Funciones de la Gerencia de Organizacion y Procesos: Son funciones de la Gerencia de Organizacion y Procesos: a) Elaborar y actualizar el Mapa de Macroprocesos Institucional, en coordinacion con las unidades organicas y organos, segun corresponda. b) Formular y proponer las metodologias, procedimientos y normas para la mejora de los procesos institucionales, asi como elaborar y proponer proyectos de opinion tecnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. c) Promover la mejora de procesos a cargo de los organos y unidades organicas; asi como brindar la orientacion y asistencia tecnica requerida. d) Realizar estudios de modernizacion de la gestion institucional y redimensionamiento de operaciones, en coordinacion con los organos y unidades organicas competentes, de acuerdo a las prioridades establecidas en los planes institucionales. e) Formular y actualizar los documentos de gestion institucional: ROF, CAP, MOF y MORDAZA, en coordinacion y con el apoyo de los organos y/o unidades organicas involucradas.

f) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. g) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia. h) Atender las consultas formuladas por las unidades organicas relacionadas a los documentos de gestion institucionales de su competencia. i) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento. Articulo 102°.- Intendencia Nacional de Recursos Humanos La Intendencia Nacional de Recursos Humanos es un organo dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna, encargado de conducir el Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos en la SUNAT. Articulo 103°.- Funciones de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos Son funciones de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos: a) Supervisar el MORDAZA de formulacion y actualizacion de las politicas, planes, programas, proyectos y estrategias sobre recursos humanos, en concordancia con los planes institucionales y proponerlos a la Alta Direccion para su aprobacion. b) Supervisar la formulacion del presupuesto correspondiente a la Intendencia Nacional de Recursos Humanos para la elaboracion del presupuesto institucional. c) Gestionar los procesos operativos relacionados con la administracion de recursos humanos, asi como supervisar, en el ambito de su competencia, las acciones desarrolladas por las unidades organicas desconcentradas. d) Conducir y supervisar los procesos del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos; asimismo, suscribir los contratos de trabajo del personal. e) Supervisar la gestion de las relaciones laborales con los trabajadores de manera individual y/o colectiva. f) Aprobar las resoluciones de liquidacion de bene cios sociales y pensiones, reconocimiento de tiempo de servicio y de grati caciones de los trabajadores y pensionistas de la SUNAT, en los casos que corresponda. g) Emitir opinion tecnica y proponer las normas relacionadas a su competencia; asi como aprobar las que le correspondan. h) Supervisar la administracion del sistema de gestion de la seguridad y salud en el trabajo de la SUNAT, asi como las politicas y reglamentos senalados por la normatividad vigente i) Supervisar el procedimiento sancionador de caracter laboral y elevar las propuestas de sanciones, asi como recomendar las acciones contenciosas necesarias. j) Elevar las propuestas de alianzas estrategicas y/o convenios en materias de su competencia. k) Refrendar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos aplicados en el ambito de su competencia y derivar a las instancias pertinentes para su atencion, cuando corresponda. l) Cumplir otras funciones, que en el ambito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Administracion Interna. Articulo 104°.- Gerencia de Administracion de Personal La Gerencia de Administracion de Personal es una unidad organica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, encargada de supervisar la administracion de la informacion de los recursos humanos y de ejecutar las acciones que permitan una adecuada administracion salarial, provision de bene cios sociales, y pensiones, asi como evaluar las propuestas de mejoras a las compensaciones y bene cios que los trabajadores perciban de la SUNAT. Articulo 105°.- Funciones de la Gerencia de Administracion de Personal Son funciones de la Gerencia de Administracion de Personal:

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