Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

20.3 Propuesta de Terminos de Referencia. Un ejemplar impreso y una version digital. Articulo 21º.- Evaluacion y conformidad de los Terminos de Referencia. 21.1. Los Terminos de Referencia seran evaluados y se MORDAZA conformidad una vez absuelta las observaciones si las hubiere. 21.2. La vigencia de los Terminos de Referencia sera de un (01) ano, a partir de su notificacion. Articulo 22º.- Elaboracion del DIA, EIA-sd y EIA-d Las Declaraciones de Impacto Ambiental deben ser elaborados por consultoras ambientales individuales o colectivas debidamente registradas y habilitadas en el Registro de Consultoras Ambientales que actualmente conduce la DGAAA, en tanto el MINAM apruebe el registro de empresas autorizadas para elaborar estudios ambientales. Los Estudios de Impacto Ambiental deben ser elaborados por consultoras ambientales colectivas debidamente registradas y habilitadas en el Registro de Consultoras Ambientales que actualmente conduce la DGAAA, en tanto el MINAM apruebe el registro de empresas autorizadas para elaborar estudios ambientales. La eleccion y contratacion de la empresa consultora es de exclusiva responsabilidad del titular o proponente de la obra, actividad o proyecto bajo evaluacion.

- Antecedentes. - Una resena del MORDAZA legal aplicable. - Descripcion de la linea de base, a fin de caracterizar el estado del ambiente y los recursos naturales en el area de influencia de la accion propuesta. - Descripcion del proyecto, considerando su ambito y los aspectos que involucra en las fases de instalacion, construccion, operacion y cierre del proyecto. - La identificacion y caracterizacion y valorizacion economica de los impactos ambientales durante todo el ciclo de duracion de las actividades agrarias, agroindustrial o las que estan bajo competencia del Sector Agrario. - Una estrategia de manejo ambiental permanente, considerando un sistema de gestion regido por criterios de mejora continua que incluya segun el caso, el plan de manejo ambiental; el plan de vigilancia ambiental, el plan de seguimiento, control y monitoreo; el plan de contingencias; el plan de compensacion y el plan de cierre y/o abandono, cronograma y presupuesto. De acuerdo a la naturaleza del proyecto bajo evaluacion, esta estrategia debera incluir entre otros, medidas para garantizar: a) El uso racional del agua. b) La conservacion de la cobertura vegetal, evitando la deforestacion. c) La conservacion de los suelos y laderas, evitando su erosion, deterioro, salinizacion y perdida de fertilidad. d) La conservacion y aprovechamiento de los recursos naturales y la diversidad biologica, considerando los ecosistemas, las especies y el material genetico que albergan. e) La revalorizacion del conocimiento ancestral. f) La valorizacion biofisica de los servicios ambientales que proveen los bosques (conservacion de suelos, MORDAZA de agua, preservacion de aire y paisaje) y su valor economico, ambiental y social. g) La salud o seguridad de las personas. h) Zonas naturales especialmente sensibles o que contengan ecosistemas, bellezas escenicas y lugares con valor turistico. i) La existencia de Areas Naturales Protegidas. j) La existencia de lugares con valor antropologico, arqueologico, historico, y en general, los que constituyen el patrimonio cultural de la Nacion. k) El estado natural de los recursos de MORDAZA y fauna MORDAZA y la diversidad biologica en sus multiples modalidades. l) La infraestructura de servicios basicos. - Un plan de participacion ciudadana. - Un resumen ejecutivo que contenga en forma MORDAZA y sencilla, los aspectos centrales del EIA-sd o EIA-d, segun corresponda. Articulo 26º.- Procedimiento de aprobacion del EIAsd y EIA-d La evaluacion ambiental de los EIA-sd y EIA-d de las actividades bajo competencia del Sector Agrario esta sujeta a un procedimiento administrativo compuesto por las siguientes etapas: 1. MORDAZA del EIA-sd o EIA-d, conjuntamente con la Resolucion de Clasificacion aprobada por la DGAAA, segun corresponda. 2. Revision y evaluacion del EIA-sd o EIA-d. 3. Reporte del Plan de Participacion Ciudadana 4. Audiencia publica a criterio de la DGAAA para los EIA-sd y obligatoria para los casos de EIA-d. 5. Aprobacion o desaprobacion del EIA correspondiente y otorgamiento segun corresponda de la Certificacion Ambiental. Articulo 27º.- Plazos para el MORDAZA de evaluacion de la DIA, EIA-sd, EIA-d Sera de aplicacion los plazos establecidos en el Reglamento de la Ley del SEIA 27.1 El MORDAZA de evaluacion de la DIA, se lleva a cabo en un plazo de cuarenta (40) dias habiles contados a partir del dia siguiente de admitida la solicitud, que comprende: - Hasta veinte (20) dias habiles para la revision y evaluacion a cargo de la DGAAA; - Hasta diez (10) dias habiles para la subsanacion de observaciones a cargo del titular; y - Hasta diez (10) dias habiles para la expedicion de la Resolucion y Certificacion Ambiental respectiva.

SUBCAPITULO IV DE LA DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)
Articulo 23º.De la Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) Las actividades comprendidas en el ambito de competencias del Sector Agrario estan sujetas a la previa aprobacion de una DIA: 23.1 Siempre que el proyecto de inversion generara impactos ambientales negativos leves. 23.2. En los casos de ampliacion, modificacion o diversificacion, que no impliquen impactos ambientales negativos moderados o significativos, de la certificacion ambiental. Articulo 24º.- Contenido Basico de la DIA En concordancia con las normas del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA) y sin perjuicio de las normas, guias tecnicas y protocolos especificos que apruebe el Ministerio de Agricultura, para la elaboracion de las DIA de las actividades bajo competencia del Sector Agrario, sin caracter limitativo estos deberan contener los siguientes aspectos: - Antecedentes. - Resumen ejecutivo. - MORDAZA legal e institucional. - Linea Base, aspectos del medio fisico, biotico, social, cultural y economico. - Descripcion del Proyecto. - Identificacion, evaluacion y valoracion de los posibles impactos ambientales. - Medidas de prevencion, mitigacion y correccion. - Plan de Seguimiento y Control. - Plan de Contingencias. - Plan de Cierre o abandono. - Participacion Ciudadana. - Cronograma de Ejecucion. - Presupuesto de Implementacion. - Conclusiones y Recomendaciones. - Anexos.

SUBCAPITULO V DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)
Articulo 25º.- Contenido Basico del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd) y el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) En concordancia con las normas del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental y sin perjuicio de las normas, guias tecnicas y protocolos especificos que apruebe el Ministerio de Agricultura, para la elaboracion de los EIA-sd y EIA-d de las actividades bajo competencia del Sector Agrario, estos deberan contener los siguientes aspectos:

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