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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2013 (04/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Sábado 4 de mayo de 2013 494175 ser conforme, el número de la resolución se consignará en el FUHU. 30.2 En caso de observaciones en la Verifi cación Administrativa y Técnica de ser el caso, se procederá con lo previsto en el respectivo Reglamento. 30.3 El FUHU, su anexo “F” y los documentos técnicos respectivos debidamente sellados y visados, por duplicado, serán entregados al interesado para su inscripción en el Registro de Predios. Artículo 31.- Subdivisión de lote urbano con obras En caso se solicite la subdivisión de un lote que cuente con obras de habilitación urbana inconclusas, dichas obras deberán ser ejecutadas y recepcionadas en el mismo procedimiento, siendo de aplicación lo precisado en los artículos 29 y 30, en lo que corresponda. CAPÍTULO IV LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA Subcapítulo I Obtención de Licencia de Habilitación Urbana para la Modalidad B Artículo 32.- Requisitos y procedimientos para obtener la Licencia de Habilitación Urbana - Modalidad B con fi rma de profesionales responsables 32.1 En caso que el administrado requiera solicitar Licencia de Habilitación Urbana en la Modalidad B, según lo indicado en el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento, iniciará el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva, además de los documentos que se indican en el artículo 25, los siguientes: a) Certifi cado de Zonifi cación y Vías. b) Certifi cados de Factibilidad de Servicios de agua, alcantarillado y de energía eléctrica, según lo dispuesto en el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento. c) Declaración Jurada de inexistencia de feudatarios. d) Documentación técnica, por triplicado, fi rmada por el solicitante y los profesionales responsables del diseño, de acuerdo a lo siguiente: - Plano de ubicación y localización del terreno con coordenadas UTM - Plano perimétrico y topográfi co - Plano de trazado y lotización con indicación de lotes, aportes, vías y secciones de vías, ejes de trazo y habilitaciones colindantes, en caso sea necesario para comprender la integración con el entorno; plano de pavimentos, con indicación de curvas de nivel cada metro, - Plano de ornamentación de parques, referentes al diseño, ornamentación y equipamiento de las áreas de recreación pública, de ser el caso; - Memoria descriptiva; Los planos deberán estar georeferenciados al Sistema Geodésico Ofi cial, según lo establecido en la Ley Nº 28294, Ley que Crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios y su Reglamento. e) Copia del Planeamiento Integral aprobado, cuando corresponda. f) Estudio de Impacto Ambiental aprobado, según sea el caso. g) Certifi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos en aquellos casos en que el predio esté comprendido en el listado de bienes inmuebles y ambientes considerados como patrimonio cultural monumental y arqueológico. h) Anexo “D” del FUHU adjuntando la copia del comprobante de pago correspondiente a la Verifi cación Administrativa. i) Estudio de mecánica de suelos con fi nes de pavimentación. 32.2 En caso se trate de una Habilitación Urbana a ejecutarse en etapas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley, se podrá solicitar una licencia por cada etapa en base a un proyecto integral, cuya aprobación tendrá una vigencia de diez (10) años. Cada etapa deberá cumplir con los aportes gratuitos y obligatorios correspondientes. 32.3 El cargo de presentación del FUHU, la documentación técnica Anexo D, debidamente sellados con la recepción y número de expediente asignado; y la copia del comprobante de pago de la Verifi cación Administrativa constituirán la Licencia Temporal para Habilitación Urbana, la cual autoriza el inicio de las obras preliminares, entendiéndose por éstas a todos los trabajos preparatorios, incluyendo las obras provisionales (caseta de ventas y/o módulo piloto), que se requieran para implementar la obra previo al proceso de movimiento de tierras y excavación. 32.4 La Municipalidad en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados desde la presentación del expediente, realizará la Verifi cación Administrativa y la elaboración del Informe respectivo. De ser conforme, el número de la resolución se consignará en el FUHU. 32.5 En caso de observaciones en la Verifi cación Administrativa se procederá según lo previsto en el respectivo Reglamento. 32.6 Finalizada la Verifi cación Administrativa sin observaciones, se otorgará la licencia defi nitiva dentro del plazo previsto, debiendo el funcionario municipal, designado para tal fi n, sellar y fi rmar todos los documentos y planos, así como emitir la resolución correspondiente, la cual debe consignarse en el FUHU-Licencia. 32.7 Transcurrido el plazo señalado en el numeral 32.4 sin pronunciamiento por parte de la Municipalidad, se aplica el silencio administrativo positivo de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 29060, correspondiendo a la Municipalidad otorgar la Licencia. 32.8 El FUHU y su anexo “D” por duplicado, con el número de la Resolución de autorización, conjuntamente con los documentos técnicos de sustento, debidamente sellados y visados, serán entregados al interesado. 32.9 El inicio de la ejecución de obras autorizadas está sujeto a: a) Comunicación de la fecha de inicio de obra b) Suscripción del cronograma de visitas de inspección, constituido por las Verifi caciones Técnicas; c) El pago de la Verifi cación Técnica, monto que no podrá ser menor al 40% de la Tasa Municipal establecida como costo de la Licencia de acuerdo al artículo 10º de la Ley. Subcapítulo II Obtención de Licencia de Habilitación Urbana para las Modalidades C y D con Comisión Técnica Artículo 33.- Requisitos y procedimientos para solicitar Licencia de Habilitación Urbana - Modalidades C y D con evaluación previa de proyecto por la Comisión Técnica 33.1 En caso que el administrado requiera solicitar Licencia de Habilitación Urbana en las Modalidades C y D, iniciará el procedimiento presentando a la Municipalidad respectiva: a) Requisitos para la Modalidad C: Presentación de los documentos que se indican en los artículos 25 y 32 a excepción del literal h) del numeral 32.1, el Estudio de Impacto Vial aprobado según corresponda y copia de los comprobantes de pago por revisión de proyecto. b) Requisitos para la Modalidad D: Presentación de los documentos que se indican en los artículos 25 y 32 a excepción del literal h) del numeral 32.1, el Estudio de Impacto Vial aprobado para las obras contempladas en los literales a) y c) del numeral 17.3 del artículo 17 y copia de los comprobantes de pago por revisión de proyecto. 33.2 Se presentará con el expediente solo una copia de la documentación técnica. Las dos (02) copias adicionales serán presentadas después que la Comisión Técnica emita dictamen conforme y que la Municipalidad lo comunique al administrado, 33.3 Iniciado el trámite, el profesional responsable de la Municipalidad, dispone de cinco (05) días hábiles para