Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2013 (24/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013

505631
Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 25 de octubre de 2013, el Estado de Emergencia en el distrito de Morococha, de la provincia de Yauli, en el departamento de MORDAZA, declarado mediante Decreto Supremo N° 095-2013-PCM. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, el Gobierno Local involucrado, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECl, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Educacion, el Ministerio del Interior, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion de Riesgo de Desastres - CENEPRED, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, el Instituto Geologico Minero y Metalurgico INGEMMET, la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE, y demas entidades publicas competentes, continuaran ejecutando las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda; asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas que pudieran verse afectadas, siendo la principal, la reubicacion de la poblacion de la antigua localidad de Morococha; acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sera responsable de continuar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta, rehabilitacion, asi como de reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente, con la finalidad de que estas se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por la Ministra de Salud, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Energia y Minas, por la Ministra de Educacion, y por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio del Interior MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1004681-3

(60) dias calendario por peligro inminente de movimiento en masa; y para la ejecucion de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion, destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en la MORDAZA afectada; asi como, entre otras acciones ejecutar la reubicacion de la poblacion asentada en MORDAZA de peligro; Que, el Presidente de la Plataforma de Defensa Civil del Gobierno Regional de MORDAZA, con el Oficio N° 453-2013-CRJ/ PRDC-PR de fecha 14 de octubre de 2013, solicita la prorroga del Estado de Emergencia, sustentando que tiene un avance del 65% de las acciones realizadas, para reducir y minimizar el alto riesgo y peligro inminente existente en la antigua localidad de Morococha, y aun entre otras acciones principales, falta ejecutar el traslado de la Municipalidad y de la poblacion de dicho distrito a la nueva MORDAZA de Morococha; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, mediante Informe N° 016-2013INDECI/11.0 de fecha 22 de octubre de 2013, teniendo en consideracion lo solicitado por el Presidente de la Plataforma de Defensa Civil del Gobierno Regional de MORDAZA, las Actas de Coordinacion en el MORDAZA del Decreto Supremo N° 0952013-PCM de fechas 03 y 10 de octubre, del 06, 12, 20 y 26 de setiembre de 2013 respectivamente, y al Informe Tecnico N° A6636 "Peligro geologico en la localidad de Morococha (Antigua Morococha) - Agosto 2013", se pronuncia senalando que permanecen las condiciones de alto riesgo al que se encuentra expuesta la poblacion de la antigua localidad de Morococha, por peligro inminente ante movimiento y hundimiento de masas de tierra, desprendimiento de rocas y otros factores, situacion que se agrava por la presencia de precipitaciones pluviales en temporadas de lluvia y estar ubicado en MORDAZA de alta sismicidad y no mitigable, por lo que se requiere la continuacion de la ejecucion de medidas inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y las acciones de respuesta y rehabilitacion correspondientes, principalmente la inmediata reubicacion de dicha poblacion; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, al Gobierno Local involucrado, en coordinacion con el lnstituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Educacion, el Ministerio del Interior, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion de Riesgo de Desastres - CENEPRED, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, el Instituto Geologico Minero y Metalurgico INGEMMET, la Oficina de Infraestructura Educativa -OINFE, y demas entidades publicas competentes, continuaran ejecutando las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda; asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas que pudieran verse afectadas, siendo la principal, la reubicacion de la poblacion de la antigua localidad de Morococha; acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo N° 0952013-PCM y subsistiendo las condiciones de emergencia y peligro inminente en la MORDAZA afectada, es necesario prorrogar la vigencia del Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones de respuesta y rehabilitacion correspondiente, principalmente a la reubicacion inmediata de la poblacion ubicada en la antigua Morococha para la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente; asi como, se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECl la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.