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El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513944 2013 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Carta Nº 004-2013-COECCTRDS/CR del Consejero Regional por la Provincia de Huaura, Ing. Marcial Alcibíades Palomino García Milla; por la cual, solicita que se agende en la próxima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional la aprobación del Dictamen y/o Informe Final de la “Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Recreación, Deportes y Salud”, a la que se derivara mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 039-2013-CR/GRL el Ofi cio Nº 015-2013-BECO- CRPB-CR-GRL de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que dispone la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima”. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 191 de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al Artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal. Que, el Artículo 13 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas. Que, por Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR/RL, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que, en su Artículo 2 establece que el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fi scalizadoras, investigadoras, de fi scalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053, Ley que modifi ca la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Está integrado por los nueve Consejeros Regionales representantes de las provincias del Gobierno Regional de Lima elegidos de acuerdo a ley. En los documentos ofi ciales, el Consejo se denomina Consejo Regional de Lima. Que, el Artículo 21 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR/RL, establece que las comisiones son grupos de trabajo especializado de Consejeros Regionales, cuya función principal es el seguimiento y fi scalización del funcionamiento de los órganos del Gobierno Regional y de los sectores que componen la Administración Pública dentro del ámbito territorial del Gobierno Regional de Lima. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y acuerdos de Consejo Regional y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o material. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 018- 2013-CR/GRL se aprobó la conformación de las nueve (09) Comisiones Ordinarias de Trabajo del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima para el periodo 2013. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 039-2013-CR/GRL se derivó a la “Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Recreación, Deportes y Salud” el Ofi cio Nº 015-2013-BECO-CRPB- CR-GRL de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que dispone la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima”. Que, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 30 de Abril del 2013, en las instalaciones del Consejo Regional ubicado en la ciudad de Huacho; se dio cuenta de la Carta Nº 004-2013-COECCTRDS/CR del Consejero Regional por la Provincia de Huaura, Ing. Marcial Alcibíades Palomino García Milla; por la cual, solicita que se agende en la próxima Sesión Extraordinaria del Consejo Regional la aprobación del Dictamen y/o Informe Final de la “Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Recreación, Deportes y Salud”, a la que se derivara mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 039-2013-CR/GRL el Ofi cio Nº 015-2013-BECO- CRPB-CR-GRL de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que dispone la “Institucionalización de la Campaña del Buen Inicio del Año Escolar en el Ámbito del Gobierno Regional de Lima”. Que, la Constitución Política del Perú, establece en su artículo 16º que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas, y en el artículo 17º prevé que la educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias y que en las instituciones del Estado, la educación es gratuita. Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 79º y 80º literal a) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado, asimismo dentro de sus funciones está la de defi nir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con la regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específi cas de equidad. Que, por su parte el artículo 10º Inc. 2) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son competencias compartidas, de acuerdo al artículo 36º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, al siguiente: literal a) Secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo. Que, los artículos 5 y 45 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, es misión del Gobierno Regional de acuerdo a su competencia exclusiva, compartida y delegada, en el marco de las políticas Nacionales y Sectoriales, contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. En los literales a), h) y p) del artículo 47 de la misma Ley, se establece que el Gobierno Regional tiene como funciones específi cas en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación de formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región; promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos; integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada, (…) en los social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; y, evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia educativa y apoyar las acciones de evaluación y medición que desarrolla el Ministerio de Educación, así como contribuir al desarrollo de la política de acreditación y certifi cación de la calidad educativa en el ámbito de su competencia; Que, al respecto el Gobierno Regional de Lima busca construir oportunidades educativas de calidad para que todos nuestros niños, niñas y adolescentes puedan formarse bajo acciones competentes, creativas, como personas capaces de razonar de manera lógica, haciendo uso del saber científi co, matemático y de pensar sobre su propia realidad, de manera plena, responsable y respetuosa en una sociedad multicultural, evitando seguir con el sedentarismo educativo, de parte de los componentes que forman el SISTEMA EDUCATIVO REGIONAL; Que, es importante la participación de las distintas entidades públicas y privadas, así como de la Sociedad Civil, que tendrán el objetivo de contribuir con un inicio del año escolar dándole un nuevo brillo a la calidad educativa, al respecto, entidades pública locales, regionales y nacionales del ámbito del Gobierno Regional de Lima, en coordinación con la policía nacional implementaran diversas acciones estratégicas, que desarrollarán una política inclusiva desde el momento en que los educandos se dirijan a los centros educativos, brindando seguridad dentro y fuera de las aulas a fi n de que sean tratados con respeto, evitando el abuso de los transportistas,