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583210 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2016 / El Peruano 27. Así, queda esclarecido que estamos frente a una conferencia de prensa y un campeonato ambos transmitidos en el mencionado enlace de amplia difusión, en el cual ha participado Verónica Rebeca Escobal Ordóñez, donde aparecen elementos que promocionan su candidatura, en tal sentido, se procederá a determinar si su participación vulneró el artículo 42 de la LOP, esto es, si su actuación estuvo enmarcada en la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, conductas prohibidas y sancionadas por la mencionada ley. Dicho de otro modo, lo que ahora corresponde valorar es si alguno de los supuestos prohibitivos que contiene esta norma -en lo aplicable a los candidatos- se confi guró en los citados hechos. 28. Del primer video descrito, se visualiza la siguiente alocución: Greco Quiroz Díaz: Sí tenemos una candidata en el valle Chicama, para mí es un honor que sea nuestra madrina, me refi ero a Verónica Escobal Ordóñez, quien, como madrina de este club Boca Junior, me refi ero a Verónica Escobal Ordóñez, quien ha tenido esta deferencia con nosotros, quien nos ha donado estos lindos uniformes que el día domingo muchachos ustedes tienen que sacar el pecho con estos uniformes y hacer quedar bien a la madrina ya saben, así que el domingo Boca Junior tiene que estar ahí (…). Uno de los presentes: (…) en cuanto el Dr. Greco, me comentó que había una posibilidad de que la madrina apoye a los demás clubes, nos pusimos contentos (…) pues sé que los clubes necesitan apoyo, ya sea con pelota o indumentaria deportiva, No me queda más que decirle, señora Verónica, que el deporte aquí en Casa Grande siempre la tendremos presente. Candidata: Estoy muy feliz estar compartiendo esta mañana con ustedes y, sobre todo, estar apoyando al deporte ya que los chicos necesitan oportunidades para salir (…). También le estoy obsequiando al señor Saúl [refi riéndose al Sr. Saúl Raico presidente de la Liga Distrital de fútbol de Casa Grande], para hoy día tan solo he traído para usted, pero el domingo estoy viniendo ya con todas las demás pelotas, las cuatro, al presidente de la Liga, las cuatro pelotas como símbolo de que voy a cumplir el domingo estaré acá para cumplir con los demás clubes a cada uno entregarle [las pelotas] para el benefi cio del deporte. Bueno, eso es todo, muchas gracias por la acogida, porque yo me siento una de ustedes, mis padres han sido cooperativistas, mi padre ha sido (…) cooperativista. En la entrevista realizada luego de la conferencia de prensa se escucha la siguiente alocución: Candidata: Yo me siento muy feliz de estar colaborando acá con todos los chicos, yo sé que es un problema el no tener implementos, materiales, pero cada vez que me lo han solicitado, yo gustosa, me gusta apoyar. Periodista: Le escuchamos a usted que el día domingo también va a estar acá, amadrinando el campeonato. Candidata: Sí, exacto, y le voy a traer a cada club, sé que soy madrina del Boca Juniors, pero a cada club le voy a traer su cuatro pelotas para promover así el deporte y cerrando el “play de honor” y voy a amadrinar el campeonato. Periodista: Como parte de la campaña que viene realizando, a saber, la donación del uniforme, sabemos que usted está participando en una elección electoral, a raíz de ese punto de vista, ¿qué es lo que usted le diría a la comunidad del Valle Chicama?, ¿cuál sería el ofrecimiento que le puede hacer? Candidata: Ahorita estoy en el tema deportivo, no sé si es electoral. 29. De la misma fuente, se aprecia un segundo video donde la candidata se encuentra en el estadio de Casa Grande, donde se visualiza el comentario del usuario de la cuenta de Facebook, que hace referencia a que la candidata cumplió con la promesa de obsequiar cuatro pelotas a cada equipo y a la liga distrital. En la entrevista, se aprecia que la candidata menciona que está “incursionando en la política” y ha “recibido un respaldo total”, ya que “reconocen” que es “emprendedora”. 30. Como se advierte de las propias expresiones en la conferencia de prensa y entrevista realizada a Verónica Rebeca Escobal Ordóñez, queda claro que regaló bienes de naturaleza económica y prometió regalar más, dado que obsequió uniformes al presidente del Club Boca Juniors de Casa Grande, así como pelotas al presidente de la liga distrital de fútbol de Casa Grande, además, prometió regalar pelotas a cada equipo de la liga. 31. Así, conforme a los considerandos expuestos, queda claro que Verónica Rebeca Escobal Ordóñez entregó pelotas y uniformes, así como prometió entregar pelotas a todos los clubes, en el marco en un proceso electoral, en un evento que contiene elementos proselitistas, conducta que está prohibida y es sancionada en el artículo 42 de la LOP, que señala que las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral, están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, prohibición que se extiende también a los candidatos a cualquier cargo público de origen popular. 32. De lo expuesto, ha quedado probado que Verónica Rebeca Escobal Ordóñez incurrió en la conducta prohibida prevista en el artículo 42 de la LOP, ya que la entrega de bienes de naturaleza económica (uniformes y pelotas) efectuada en un evento que contiene elementos proselitistas, es abiertamente transgresora de los principios de equidad, igualdad y competitividad que busca cautelar la norma y que, por ella, es catalogada como grave y sancionada con la exclusión. Por las consideraciones expuestas, y en aplicación del principio de independencia de la función jurisdiccional y el criterio de conciencia que nos asiste como miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, nuestro VOTO es por que se declare INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Wendy Julissa Alva Yépez, personera legal de Fuerza Popular; y SE CONFIRME la Resolución Nº 0010-2016-JEE-TRUJILLO/JNE, del 28 de marzo de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, que declaró la exclusión de Verónica Rebeca Escobal Ordóñez como candidata al Congreso de la República para el distrito electoral de La Libertad, por la organización política Fuerza Popular, en el marco de las elecciones generales 2016. S.S. AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO Samaniego Monzón Secretario General 1367578-2 Declaran nula la Res. N° 007-2016-JEE- TACNA/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, e improcedente exclusión de candidato al Congreso de la República por el distrito electoral de Tacna, por el partido político El Frente Amplio Por Justicia, Vida y Libertad RESOLUCIÓN Nº 0353-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00421 TACNA JEE TACNA (EXPEDIENTE Nº 00028-2016-058) ELECCIONES GENERALES 2016 RECURSO DE APELACIÓN