Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2016 (24/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 24 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

594337

que llegó a un acuerdo con UPLAND OIL AND GAS L.L.C. para transferirle el cien por ciento (100%) de su participación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXIII, y solicitó a PERUPETRO S.A. dar inicio al proceso de modificación contractual con el propósito de formalizar dicha transferencia; Que, PERUPETRO S.A. emitió la Constancia de Calificación N° GGRL-CC-004-2016, de fecha 11 de febrero de 2016, otorgando a UPLAND OIL AND GAS L.L.C. la calificación para asumir a través de UPLAND OIL AND GAS L.L.C., SUCURSAL DEL PERÚ, el cien por ciento (100%) de participación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXIII; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 031-2016, de 29 de marzo de 2016, aprobó el proyecto de cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXIII, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2007-EM; por parte de BPZ EXPLORACIÓN & PRODUCCIÓN S.R.L. a favor de UPLAND OIL AND GAS L.L.C., SUCURSAL DEL PERÚ; y, la modificación del citado Contrato de Licencia, derivada de la referida cesión; elevándolo al Ministerio de Energía y Minas para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1°.- De la aprobación de la cesión de posición contractual Aprobar la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXIII, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2007-EM; por parte de BPZ EXPLORACIÓN & PRODUCCIÓN S.R.L. a favor de UPLAND OIL AND GAS L.L.C., SUCURSAL DEL PERÚ; y la modificación del citado Contrato de Licencia, derivada de la Cesión que se aprueba en el presente artículo. Artículo 2°.- De la autorización para suscribir la cesión de posición contractual Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas BPZ EXPLORACIÓN & PRODUCCIÓN S.R.L. y UPLAND OIL AND GAS L.L.C., SUCURSAL DEL PERÚ, con la intervención del Banco Central de Reserva del Perú, la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XXIII, que se aprueba en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1408499-9

Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1
DECRETO SUPREMO Nº 017-2016-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el Artículo 12° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; agrega que, las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el Artículo 11° del Texto Único Ordenado; Que, PERUPETRO S.A., SYNTROLEUM PERU HOLDINGS LIMITED, SUCURSAL DEL PERÚ y BPZ ENERGY INC., SUCURSAL PERÚ, celebraron un Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, el mismo que conforme a Ley fue aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2001-EM, de 13 de noviembre de 2001; elevado a Escritura Pública con fecha 30 de noviembre de 2001, ante la Notaria de Lima Dra. Carola Cecilia Hidalgo Morán; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2002-EM, de 23 de octubre de 2002, se aprobó la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, a efectos de incluir la ratificación de las garantías corporativas en el Contrato, así como la reducción en un treinta por ciento (30%) de los porcentajes de regalía para petróleo establecidos en los contratos en los que no se haya efectuado Descubrimiento Comercial de Petróleo; elevada a Escritura Púbica con fecha 23 de enero de 2003, por la Notaria Pública de Lima Dra. Carola Cecilia Hidalgo Morán; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-EM, de 12 de febrero de 2004, se aprobó la modificación y cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, mediante la cual SYNTROLEUM PERU HOLDINGS LIMITED, SUCURSAL DEL PERÚ, cedió el total de su participación en el Contrato a favor de NUEVO PERÚ LTD., SUCURSAL DEL PERÚ; elevada a Escritura Pública con fecha 18 de marzo de 2004, por el Notario de Lima Dr. Ricardo Fernandini Barreda; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2005EM, de 02 de febrero de 2005, se aprobó la cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, mediante la cual NUEVO PERÚ LTD., SUCURSAL DEL PERÚ, cedió el total de su participación en el Contrato a favor de BPZ ENERGY INC., SUCURSAL PERÚ; elevada a Escritura Pública con fecha 03 de febrero de 2005, por el Notario de Lima Dr. Ricardo Fernandini Barreda; Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2008-EM, de 27 de noviembre de 2008, se aprobó la modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, con el objeto de reflejar la transformación de la sucursal denominada BPZ ENERGY INC., SUCURSAL PERÚ, en una sociedad de responsabilidad limitada domiciliada en el país, denominada BPZ EXPLORACIÓN & PRODUCCIÓN S.R.L.; elevada a Escritura Pública con fecha 17 de diciembre de 2008, por el Notario de Lima Dr. Ricardo Fernandini Barreda;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.