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595045 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2016 El Peruano / TÍTULO V DEFENSA DEL SISTEMA DISCIPLINARIO POLICIAL Artículo 83.- Sentencias judiciales Toda sentencia, medida cautelar o defi nitiva, expedida por el Poder Judicial en contra de lo resuelto por los órganos disciplinarios, deberá ser puesta en conocimiento del Inspector General del Sector Interior a efectos que éste, de considerarlo necesario, determine: a. Acciones de mejora en los procedimientos disciplinarios; b. Formular propuestas de modifi cación al marco normativo vigente; c. Disponer la investigación de presuntas conductas funcionales indebidas; y, Promover las denuncias que sean necesarias ante los órganos competentes del Poder Judicial en contra de los jueces que resolvieron contraviniendo el ordenamiento jurídico vigente. Estas denuncias serán judiciales, administrativas o disciplinarias; y, de ser el caso, deberán ser coordinadas con el Procurador Público respectivo. Artículo 84.- Colaboración con la Procuraduría Pública El Inspector General del Sector Interior dispone la colaboración de todos los integrantes del Sistema Disciplinario Policial con los procuradores públicos que defi enden las resoluciones emitidas por los órganos del Sistema ante el Poder Judicial. 1409580-4 Modifican el “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014 - 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0703-2016-IN Lima, 26 de Julio 2016 VISTOS, el Informe N° 000090-2016/IN/DGPP/DMDI, de la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto; el Ofi cio N° 002166-2016/IN/DGPP, de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe N° 001425-2016/IN/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; Que, el citado proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprueba la “Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021” como principal instrumento orientador de la gestión pública en el Perú; Que, dicha Política Nacional establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y efi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, asimismo, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021 señala que todas las entidades públicas del Poder Ejecutivo nacional, los Organismos Autónomos, los Gobiernos Regionales y Locales están llamados a formular planes y emprender acciones de modernización de su gestión a fi n de mejorar el desempeño al servicio de los ciudadanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 125- 2013-PCM, se aprueba el “Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016”, en el cual se dispone que todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno ejercen las competencias y cumplen las funciones que les son asignadas por la normativa, alineando su actuación a las políticas, normas y lineamientos dictados por los sistemas funcionales y administrativos y desarrollan en el marco de las potestades que les otorgan sus leyes orgánicas las políticas, normas y lineamientos específi cos para su ámbito de intervención; Que, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 0758-2014-IN/DGPP se aprueba el “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014 -2016”, cuya fi nalidad es orientar, articular e impulsar el proceso de modernización de la gestión pública en el Ministerio del Interior, bajo un enfoque orientado a una gestión para resultados; Que, la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto, como órgano encargado de conducir, implementar y supervisar los procesos de modernización y desarrollo organizacional en el ámbito sectorial dentro del marco del sistema administrativo de modernización de la gestión pública, y en coordinación con los órganos responsables de ejecutar las metas del Plan de Modernización de la Gestión Institucional mencionado en el considerando precedente, propone la modifi cación del mismo en la parte relativa a sus acciones estratégicas, a fi n de alcanzar mejores niveles de cumplimiento en el proceso de implementación de los objetivos específi cos y acciones estratégicas, durante el seguimiento y evaluación del referido Plan; Que, asimismo, en el Informe N° 000090-2016/ IN/DGPP/DMDI, la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto precisa que en el presente año no se van a realizar las acciones vinculadas al Sistema Integrado de Monitoreo y Evaluación (SIME), contempladas en el Objetivo Específi co 6 del Plan de Modernización de la Gestión Institucional, por lo que a fi n de realizar una evaluación en base a metas reales y alcanzables resulta pertinente excluir del referido Plan el Objetivo Específi co 6 y todas sus acciones estratégicas vinculadas al SIME; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014- 2016”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0758- 2014-IN/DGPP, conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el Objetivo Específi co 6 del numeral VII. Acciones Estratégicas del Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014-2016, así como el literal O.E.6 del Cuadro Resumen del Plan de Modernización antes referido, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1409115-1